POSGRADO
CREA LA “ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA FAMILIAR Y
GENERAL INTEGRAL (EMFYGI)”
Resolución
AU- 27/23
Expte.1330/2023.
Bahía Blanca, 4 de diciembre de 2023.
VISTO:
La resolución DCS-155/23 mediante la que
el Consejo Departamental de Ciencias de la Salud solicita la creación de la
carrera de posgrado “Especialización en Medicina Familiar y General Integral (EMFyGI)”; y su título correspondiente de “Especialista en
Medicina Familiar y General Integral”;
El art. 29º inc. d) de la Ley de
Educación Superior 24.521, donde se establececomo
atribución de las instituciones universitarias la creación de carreras de grado
y de posgrado;
El art. 48ºinc. g) del Estatuto de la
UNS en donde se establece como atribuciónde la
Asamblea Universitaria la creación de carreras y títulos a propuesta del CSU;
El Reglamento de estudios de posgrados
profesionales vigente en la UNS aprobado por resolución CSU-567/11;
La resolución CSU-559 que eleva a la Asamblea
Universitaria la propuesta de creación de la carrera de posgrado mencionada ; y
CONSIDERANDO:
Que es relevante que la universidad
brinde carreras de posgrado de especialización profesional que ofrezcan a los
graduados la posibilidad de profundizar conocimientos y ampliar y certificar su
capacitación profesional;
Que en el proyecto de creación se
incluyen: la disciplina o el área interdisciplinaria, el título a otorgar, los
antecedentes, la relevancia, el plan de estudios, las condiciones para la admisión
a la carrera, la forma de evaluación y aprobación de las materias, la nómina de
cursos que lo componen, la modalidad de la evaluación final, la conformación
del cuerpo docente, la designación del Comité Académico de Dirección y el
Reglamento de la Especialización en Medicina Familiar y General Integral, de
acuerdo a lo requerido por la resolución CSU-567/11;
Que el proyecto de creación contempla la
financiación autónoma de la especialización y la disponibilidad de los recursos
necesarios para su implementación;
Que el citado proyecto reúne las
condiciones generales mínimas y la carga horaria fijadas por la reglamentación
vigente, tanto por el organismo nacional de acreditación de carreras y títulos
(CONEAU), como por las regulaciones internas;
Que el proyecto cumple con los
requisitos establecidos por la RESOL-2019-2643- APN-MECCYT, en cuanto a los
estándares de especializaciones universitarias asistenciales básicas;
Que la EMFyGI
es una de las especialidades médicas prioritarias para fortalecer la estrategia
de Atención Primaria de la Salud, y no obstante es elegida a nivel nacional
solo por el 4 % de las/os médicas/os que realizan una especialización;
Que, en la Provincia de Buenos Aires,
hasta el año 2022 esta especialización se realizaba en las residencias médicas
como carrera no universitaria;
Que el fortalecimiento de la formación
de posgrado en Medicina Familiar y General Integral mediante la creación de
Especializaciones Universitarias es de interés estratégico tanto para el
Ministerio de Salud de la Nación, como para los Ministerios de Salud
provinciales;
Que la propuesta formativa admite la
integración de la carrera universitaria con la formación práctica de
residencias médicas, así como otras estrategias que garanticen la práctica
supervisada pertinente;
Que esta propuesta se enmarca en el eje
estratégico 4: integración en la región de incumbencia, 4.2: Fortalecimiento de
la Relación de la UNS con sus Graduados; POR ELLO,
La Asamblea Universitaria en su
sesión extraordinaria del 29 de noviembre, RESUELVE:
ARTICULO 1º: Crear la “Especialización
en Medicina Familiar y General Integral (EMFyGI)” en
el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, con nivel de posgrado profesional.
ARTICULO 2º: Otorgar a los/as
egresados/as de la especialización creada en el Art. 1º el título de
“Especialista en Medicina Familiar y General Integral”, cuyo perfil figura en
el anexo.-
ARTICULO 3º: Girar las presentes
actuaciones al CSU a fin de que éste intervenga en la aprobación del reglamento
de la especialización referida en el Art. 1º.—
ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese al
Sr. Rector, por su intermedio al Consejo Superior Universitario y al
Departamento de Ciencias de la Salud. Elévese al Ministerio de Educación para
la gestión y trámites de obtención de validez nacional del título creado.
Gírese al Departamento de Estudios de Posgrado a sus efectos. Publíquese y
archívese
MARIA MARIA
IBAÑEZ MARTIN
Vicepresidente 1º ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
Resolución AU-27/23
CARRERA:
Especialización en Medicina Familiar y General Integral
TITULO: Especialista
en Medicina Familiar y General Integral
NIVEL: Posgrado
Profesional
DURACIÓN: Los cursos se
desarrollarán a lo largo de 3 (tres) años calendario, totalizando una carga
horaria total de 5.288 horas.
PERFIL
DEL GRADUADO:
El perfil de los/las egresado/as será el
de un especialista que comprenda la salud como derecho universal y esencial de
las personas. Que sea competente en el cuidado integral y continuo de la
persona, su familia y la comunidad. Debe ser capaz de realizar un abordaje
clínico y epidemiológico del proceso salud, enfermedad, atención y cuidado,
estableciendo vínculos de responsabilidad compartida con la familia y el equipo
de salud en el marco de desarrollo de valores éticos, bajo una sólida
conciencia social. Así como también, propiciar las actividades docentes, de
gestión e investigación que garanticen la educación continua y de construcción
de nuevos saberes y conocimiento.--