DECLARACIÓN DEL
CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL ANTE EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN EN EL CASO DEL REPRESOR LUIS MUIÑA
Consejo Interuniversitario Nacional
Declaración
9 de mayo de 2017.
El Consejo Interuniversitario Nacional manifiesta
su profunda preocupación y rechaza los recientes fallos de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación (CSJN) que, en un caso, habilitan la prisión domiciliaria
para genocidas y, en otro caso, consideran aplicable el “2 por 1” a los
condenados por delitos de lesa humanidad, contrariando la jurisprudencia de la
propia Corte, amparada en el derecho internacional de los Derechos Humanos.
En tal sentido, el CIN declara:
1. Los fallos sobre delitos de lesa
humanidad deben regirse por los estándares específicos del derecho
internacional, constituyen delitos imprescriptibles, inadmistiables
y no aplicables a un indulto, y rigen para estos delitos las convenciones
internacionales que el país ha firmado.
2. En ese marco, en línea con las
declaraciones de numerosos juristas, manifestamos un enérgico repudio al fallo
por mayoría en favor del condenado represor Luis Muiña,
por ignorar el carácter de lesa humanidad del delito y no cumplir con el
principio internacional de pena adecuada. La aplicación de una ley penal más
benigna en causas de lesa humanidad implica una conmutación de la pena, solo
admisible si hay un cambio en la valoración social de la sentencia.
3. Los fallos de la CSJN en causas de
delitos de lesa humanidad y temas trascendentes deben contar con un amplio consenso
entre sus ministros, lo que no ocurrió en este caso. Por lo tanto, este fallo
es precario y puede modificar la doctrina.
El CIN resuelve:
1. Promover que fiscales y jueces
rechacen los recursos que presenten imputados y condenados de delitos de lesa
humanidad, para beneficiarse de la derogada ley del 2×1, dado que el fallo en
cuestión no es vinculante. No hay ninguna norma que obligue a fiscales y jueces
de tribunales inferiores a fallar en el mismo sentido.
2. Propender a una nueva integración
de la Corte Suprema con al menos un especialista en derecho penal, ya que la
actual CSJN dejó de contar con especialistas en la materia.
3. Apoyar los pedidos de juicio
político contra los ministros de la CSJN Rosenkrantz,
Highton y Rosatti.
4. Denunciar que este fallo de la
CSJN constituye una violación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ante el
Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
5. Promover la declaración de inconstitucionalidad
de la aplicación de la ley del 2×1 (Ley N° 24390) para casos de delitos de lesa
humanidad.
6. Manifestar la profunda
preocupación por los últimos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación sobre causas relativas a delitos de lesa humanidad: la prescriptibilidad de los reclamos civiles por daños y
perjuicios, el incumplimiento de la CSJN de las decisiones de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos y, finalmente, la prisión domiciliaria de
condenados.
Por todo ello, en nombre del
permanente posicionamiento institucional del CIN en defensa de los derechos
humanos, entendemos que no es posible una reconciliación sin memoria, verdad y
justicia, y reafirmamos nuestro compromiso con la profundización de la
democracia, contra la impunidad y por la construcción de una sociedad más justa
e igualitaria.
Consejo Interuniversitario
Nacional
9 de mayo de 2017