DIPLOMAS

SUSCRIPCIÓN SUBSECRETARIO DE POSGRADO / MODIF. ART. 2º Y 3º RES. CSU-372/13

 

Resolución CSU-125/23

Expte. 2124/1998

 

BAHIA BLANCA, 16 de marzo de 2023

 

VISTO:

La resolución CSU-372/13, mediante la cual se establece que los diplomas correspondientes a las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico sean suscriptos por la Autoridad de Gestión de la Secretaría de Posgrado y Educación Continua, salvo en el caso en que expresamente por acuerdo de los Departamentos involucrados, se declare un departamento cabecera;

 

La resolución CSU-003/23, por la que se establece la nueva estructura organizativa del Rectorado de la UNS; y

 

CONSIDERANDO:

Que por artículo 6° de la resolución CSU-003/23 se crea la Subsecretaría de Posgrado, con dependencia de la Secretaría General Académica;

 

Que por artículos 9° y 10 de la resolución mencionada se suprimen la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua y el cargo de Secretario General de Posgrado y Educación Continua, respectivamente;

 

Que por artículo 12 se crea el cargo de Subsecretaria/o de Posgrado;

 

Que, por lo expuesto, corresponde modificar los articulados de la resolución CSU372/2013, reemplazando la figura de Autoridad de Gestión de la Secretaría de Posgrado y Educación Continua por la de Autoridad de Gestión de la Subsecretaría de Posgrado;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, en su reunión del 15 de marzo de 2023, lo aconsejado por su Comisión de Comisión de Enseñanza;

 

Que lo aprobado se enmarca en el Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico Institucional aprobado por Res. CSU-325/12.

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Modificar el artículo 2º de la resolución CSU-372/2013, de acuerdo al siguiente detalle:

Donde dice:

“ARTÍCULO 2º: Establecer que los diplomas correspondientes a las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico sean suscriptos por la Autoridad de Gestión de la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua, salvo en el caso en que expresamente, por acuerdo de los Departamentos involucrados, se declare un departamento cabecera”.

 

Debe decir:

“ARTÍCULO 2º: Establecer que los diplomas correspondientes a las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico sean suscriptos por la Autoridad de Gestión de la Subsecretaría de Posgrado, salvo en el caso en que expresamente, por acuerdo de los Departamentos involucrados, se declare un departamento cabecera”.

 

ARTÍCULO 2º: Modificar el artículo 3º de la resolución CSU-372/2013 de acuerdo al siguiente detalle:

Donde dice:

“ARTÍCULO 3º: Establecer como unidad académica de las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico a la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua y por ende como responsable de las correspondientes estadísticas”

 

Debe decir:

“ARTÍCULO 3º: Establecer que la Subsecretaría de Posgrado será responsable académica de las carreras de posgrado dependientes de más de un departamento académico y, por ende, estará a cargo de las correspondientes estadísticas”

 

ARTÍCULO 3º: Registrar en los sistemas informáticos dependientes de la Secretaría General Académica lo establecido en la presente resolución, con el fin de adecuar las bases de datos correspondientes.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese a la Secretaría General Académica y a la Subsecretaría de Posgrado. Tomen razón los Departamentos Académicos. Gírese a la Dirección General de Gestión Académica, la Dirección de Títulos y Egresados y a la Dirección General de Sistemas de Información a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DR. JAVIER OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO