CEMS

REGLAMENTO PARA INGRESO AL POLIMODAL (MOD. RES. CSU-735/00 y CSU-675/04)

 

Resolución CSU- 934/05

Expte.2007/98

 

BAHIA BLANCA; 20 de diciembre de 2005

 

VISTO:

            La Res. CSU-689/05 que fija una nueva fecha de finalización del ciclo lectivo 2005 para los establecimientos dependientes del CEMS; y

 

CONSIDERANDO:

            Que la Res. CSU-675/04 hace referencia a fechas que han sido superadas por la resolución mencionada en los Vistos;

 

            Que surge la necesidad de realizar adecuaciones a la realidad coyuntural;

            Que de la lectura de las Resoluciones CSU-735/00 y CSU-675/04  surgen situaciones a corregir para proceder el cumplimiento pleno de sus objetivos;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión del 14 de diciembre de 2005, lo aconsejado por su Comisión de Establecimentos Secundarios y Terciarios;

 

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Modificar la reglamentación (Res. CSU-735/00 y CSU-675/04) para el ingreso al nivel polimodal de los Establecimientos dependientes del CEMS (Escuelas Superior de Comercio, Normal Superior y de Agricultura y Ganadería) según Anexo de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º: Pase a la Secretaría General Académica, al CEMS y por su intermedio a las Escuelas Superior de Comercio, Normal Superior y de Agricultura y Ganadería. Cumplido; archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

ANEXO RES. CSU-934/05

 

ARTICULO 1º: Modificar la Res. CSU-675/04 (artículo 1º)  por el siguiente texto:

 

Artículo 1º: Reemplazar el artículo 2º, parte I del Anexo I de la Res. CSU-735/00 por el siguiente texto:

 

ARTÍCULO 2º: Las vacantes existentes en las distintas modalidades de Nivel Polimodal se cubrirán según se indica en los incisos siguientes:

 

Inciso 1º: Finalizar el cursado y acreditación de los espacios curriculares del 9no. Año en la fecha establecida por resolución del Consejo Superior Universitario. Para el ciclo lectivo 2005 esta fecha es 16 de diciembre de 2005.

 

Inciso 2º: Durante la semana siguiente a la fecha indicada en el inciso anterior, cumplimentar las siguientes acciones:

 

2 a. Que el profesor defina la evaluación del 3er. trimestre y la anual para su espacio curricular.

 

2 b. Que los Auxiliares Docentes controlen las calificaciones.

 

2 c. Que las mismas sean transcriptas a la FIP (Ficha de Información Pedagógica).

 

2 d. Que se notifique de las calificaciones a padres y alumnos.

 

2 e. Que se calcule el promedio anual del 9no. Año y el promedio general del 3er. Ciclo de la EGB de los alumnos que no adeuden contenidos a recuperar en los turnos de diciembre a marzo.

 

2 f. Que la Secretaría de la Escuela de EGB "Ezequiel Martínez Estrada" remita los listados por curso, con los respectivos promedios, a la Secretaría del CEMS.

 

2g. Que la Secretaría del CEMS confecciones con ellos un listado (denominado en este anexo como "LISTADO A") ordenado por el promedio general del 3er. Ciclo de la EGB. Los alumnos que tengan igualdad en promedios generales se ordenarán en base a los criterios siguientes:

 

a)     el promedio obtenido en el 9no. Año de la EGB.

 

b)     Si la paridad aún persiste, se ubicarán en primer término aquellos alumnos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha sorteo de la Lotería Nacional o la Pcia. de Bs. As. que elija la Secretaría del CEMS. A continuación se ubicarán los alumnos que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número anterior a las tres últimas cifras del primer premio. Los alumnos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan, se ubicarán por orden alfabético de sus apellidos.

 

2h. Que la Secretaría del CEMS remita el "LISTADO A" a las Secretarías de las Escuelas y que exponga copias del mismo en una pared del 1er. piso del edificio de 11 de Abril 445.

 

INCISO 3º: De los alumnos incluidos en el LISTADO A.

 

3a.)  La Secretaría de cada Escuela formalizará en el horario de 8:00 a 16:00 hs. las inscripciones de los alumnos incluidos en el "Listado A", tomando como 1er. día del cronograma adjunto el segundo lunes siguiente a la finalización del cursado y acreditación mencionados en el inciso 1º (para el ingreso al ciclo lectivo 2006, como 1er. día se tomará el 26 de diciembre de 2005):


 

 

 

 

Entrega y recepción de planillas de solicitud de

SEGMENTO

 

Inscripción entre los egresados de la EGB de la UNS

DE

DIAS

que ocupen el siguiente orden de mérito:

INSCRIPCION

 

 

 

 

 

DESDE

HASTA

 

 

 

 

1ro

104°

2do

105°

140°

3ro

141°

170°

4to

171°

El último de la lista


 

 

3b. Las inscripciones se registrarán en una sola modalidad. Vencido el plazo de inscripción y hasta el término de la primera semana a       contar desde el inicio de clases del

 

 

ciclo lectivo siguiente, los cambios de una modalidad a otra, sólo se aceptarán en calidad de permuta.

 

3c. La Secretaría de cada Escuela no aceptará inscripciones una vez cubierto el cupo establecido para cada modalidad.

 

3d. Cuando en un segmento de inscripción, el número de vacantes de una modalidad sea inferior a la cantidad de alumnos que estén incluidos en el segmento, la inscripción en el segmento será con carácter CONDICIONAL hasta que, a la finalización del plazo de inscripción de  dicho segmento, se proceda a la inscripción definitiva hasta cubrir las vacantes, sobre la base del orden de mérito del "Listado A".

El resto de los alumnos inscriptos como condicionales en el segmento, que no ingresen en la modalidad, se deben inscribir en otra modalidad que tenga vacantes en el plazo de inscripción del segmento siguiente. De tratarse del último segmento, la inscripción se realizará el día siguiente.

 

3e. Los alumnos ingresantes incluidos en el  "Listado A", conservarán, en principio, el turno al que concurrían en el 9no. año de la EGB. Si las plazas en un turno no fueran suficientes, a los efectos de la ubicación en el turno, se tendrá en cuenta el orden de mérito resultante de dicho listado.

 

INCISO 4: De los alumnos que terminen de aprobar todos los contenidos del 3er. Ciclo de la EGB en el turno de evaluación de diciembre.

 

4 a) Dentro de los dos días siguientes a la finalización del período de recuperación del turno de diciembre, la Secretaría de la Escuela de Educación General Básica “Ezequiel Martínez Estrada” remitirá a la Secretaría del CEMS los listados ordenados por curso, con los respectivos promedios anuales del 9no. año y el promedio general del 3er. Ciclo de la EGB en el turno de diciembre (para el ingreso al ciclo lectivo 2006 estos listados se remitirán entre los días 13 y 14 de febrero de 2006)

 

4 b) Dentro de los dos días siguientes a la recepción de los listados del párrafo anterior (inciso 4 a ,   la Secretaría del CEMS confeccionará un listado (denominado en este anexo “LISTADO B”) con los alumnos que hubieran terminado de aprobar todos los contenidos del 3er Ciclo de la EGB en el turno de evaluación de diciembre, ordenado por orden de mérito sobre la base del promedio general del 3er. Ciclo de la EGB (para el ingreso al ciclo lectivo 2006 lo prescripto en este inciso se cumplirá entre los días 15 y el 16 de febrero de 2006). Los alumnos que tengan igualdad en promedios generales se ordenarán en base a los criterios siguientes:

 

1. promedio obtenido en el 9no. año de la EGB.

2.si la paridad persiste, se ubicarán en primer término, aquellos alumnos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha sorteo de la Lotería Nacional o de la Pcia. de Buenos Aires que elija la Secretaría del CEMS. A continuación se ubicarán los alumnos, por orden alfabético, que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número anterior a las tres últimas cifras del primer premio. Los alumnos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan, se ubicarán por el orden alfabético de sus apellidos.

 

4 c) La Secretaría del CEMS remitirá “EL LISTADO B” a la Secretaría de las Escuelas, y expondrá copias del mismo en una pared del primero piso del edificio de 11 de Abril 445.

 

INCISO 5°: De los alumnos incluidos en el “LISTADO B”

 

5 a) Desde el primer viernes y el segundo lunes siguientes a la finalización del período de recuperación del turno diciembre  la Secretaría de cada escuela formalizará en el horario de 8 a 16 horas en las modalidades que tuvieran vacantes, la inscripción en forma condicional de los alumnos incluidos EN EL LISTADO B hasta cubrir las vacantes de cada modalidad, (para el ingreso al Ciclo Lectivo 2006 esta inscripción se realizará entre los días 17 y 20 de febrero de 2006).

 

Vencido el plazo del párrafo anterior, si el número de vacantes de una modalidad fuera inferior a la cantidad de inscripciones condicionales, las vacantes se cubrirán siguiendo el orden de mérito del LISTADO B, en caso contrario, esas inscripciones serán automáticamente definitivas. La Secretaría de la Escuela tendrá un día para avisar telefónicamente a los inscriptos condicionales que no ingresen, para que formalicen en ese plazo, en las Secretarías de las Escuelas en el horario de 8 a 16 horas, otra inscripción en modalidades que a esa fecha tengan vacantes.

Los alumnos ingresantes incluídos en el LISTADO B conservarán en principio, el turno al que concurrían en el noveno año de la EGB. Si las plazas en un turno no fueran suficientes, a los efectos de la ubicación en el turno, se tendrá en cuenta el orden de mérito resultante de dicho listado.

 

5 b) Al día siguiente de transcurridos los plazos indicados en el inciso "5 a" anterior, la Secretaría de cada Escuela, elevará a la Secretaría del CEMS, la nómina de inscriptos en cada modalidad.

 

INCISO 6°) De los alumnos que no hayan aprobado los contenidos del 3er. Ciclo de la EGB luego de finalizado el turno de evaluación de diciembre.

 

6 a) Dentro de los dos días siguientes a la finalización del período de recuperación del turno de diciembre, la Secretaría de la Escuela de Educación General Básica “Ezequiel Martínez Estrada” remitirá a las Secretarías de las otras Escuelas, un listado con los alumnos que a esa fecha no hayan aprobado el 3er. Ciclo de la EGB. (lo que se realizará el día 22 de febrero de 2006).

 

6 b) El segundo miércoles siguiente a la finalización del período de recuperación del turno de diciembre, la Secretaría de cada Escuela formalizará, en el horario de 8 a 16 horas, las inscripciones con carácter CONDICIONAL  de los alumnos que adeuden contenidos del 3er Ciclo de la EGB, en una sola modalidad que a esa fecha tenga vacantes. Luego elevará a la Secretaría del CEMS, la nómina de esos inscriptos condicionales ordenados por modalidad (para el ingreso al ciclo lectivo 2006, esta inscripción se realizará el día 22 de febrero de 2006).

 

6 c) La Secretaría de cada Escuela procederá a transformar la inscripción condicional del inciso anterior en definitiva una vez finalizado el período de evaluación del turno de marzo para alumnos hayan aprobado el 3er. Ciclo de la EGB. Si fuera necesario, se utilizará un orden de mérito similar al que se menciona en el inciso 4 b del anexo de la presente resolución, para seleccionar quiénes cubrirán las vacantes de cada modalidad.

 

Estos alumnos conservarán, en principio, el turno al que concurrían en el 9no. año de la EGB. Si las plazas en un turno no fueran suficientes, a los efectos de la ubicación en el turno, se seguirá el orden de mérito que se menciona en el inciso 4 b.

 

Artículo 3°: Modificar la Res. CSU-735/00, reemplazando la PARTE II – De los egresados de otras escuelas de Educación General Básica (artículos 5°, 6° y 7°), del ANEXO I, por el siguiente texto:

ANEXO I  PARTE II – De los egresados de otras escuelas de Educación General Básica.

 

Artículo 5°.- Haciendo reserva de una cantidad similar al exceso de inscriptos condicionales que todas las modalidades tengan en sus vacantes, serán cubiertas con egresados de otras Escuelas de EGB.

Entre el segundo jueves y el segundo viernes siguientes a la finalización del período de recuperación del turno de diciembre la Secretaría de cada Escuela formalizará durante un plazo de tres días, en el horario de 8 a 16 horas, la inscripción CONDICIONAL de los alumnos provenientes de otras Escuelas de EGB que a esa fecha hubieran aprobado el 3er. Ciclo de la EGB. (para el ingreso al ciclo lectivo 2006, esta inscripción se formalizará desde el día 23 de febrero de 2006).

 

La Secretaría de cada Escuela transformará las inscripciones condicionales en definitivas hasta cubrir las vacantes de cada modalidad, siguiendo un orden de mérito confeccionado con el promedio general del 3er. Ciclo de la EGB. En caso de igualdad entre promedios generales se tendrá en cuenta:

 

a)     el promedio obtenido en el 9no. año de la EGB.

b)     Si la paridad persiste, se ubicarán en primer término aquellos alumnos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha sorteo de las Lotería Nacional o de la Pcia. de Buenos Aires, de la lotería que elija la Secretaría de la Escuela. A continuación se ubicarán los alumnos que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número anterior a la cifra sorteada. Los alumnos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan, se ubicarán por el orden alfabético de sus apellidos.

En el caso de la Escuela de Agricultura y Ganadería, teniendo en cuenta su proyecto educativo integrado al Trayecto Técnico Productivo Agropecuario, ante igualdad de promedios generales y de 9° año, se dará prioridad a los alumnos provenientes de escuelas rurales o de escuelas de EGB articuladas con escuelas agropecuarias.

 

Artículo 2°: Agregar como segundo párrafo del ARTICULO 1°, PARTE I, DEL ANEXO I de la Resolución CSU-735/00 el siguiente texto:

 

    La Escuela Normal Superior “Vicente Fatone” afectará, de los cuatro cursos de Nivel Polimodal que tiene adjudicados por la Res. CSU-607/99, 2 (dos) cursos al dictado de la modalidad de orientación de Humanidades y Ciencias Sociales, y los otros 2 (dos) cursos al dictado de la modalidad de orientación de Comunicación, Artes y Diseño.

 

ARTICULO 4°: Derogar los artículos 3° y 4°, PARTE I, del Anexo I y los artículos 5º, 6º y 7º de la Parte II  de la Res.735/00.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO