GRADUADOS DIPLOMAS
Resolución R-140/93
Expediente 50/83
BAHIA BLANCA, 31 marzo 1993.
VISTO:
Que próximamente la Universidad procederá a la entrega de diplomas correspondientes al título de posgrado ""Especialista en Sindicatura Consursal"" a Contadores Públicos graduados en dicha carrera, creada por Resolución de la Asamblea Universitaria Nro.2/92; y
CONSIDERANDO:
La propuesta formulada por el Consejo Departamental del Departamento de Ciencias de la Administración, unidad academica a cuyo cargo corresponde el control de gestión de la carrera, según lo establece la resolución de creación, consistente en la implementación de un "derecho por provisión de diploma de acreditación del título de postgrado";
Que dicho Consejo fundamenta la medida en el hecho de que la Universidad ha creado la carrera para dar así cumplimiento a las exigencias de la Ley de concursos; que ha gestionado y logrado la homologación del título por parte del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y otorga mediante la provisión del diploma un aval académico al alumno;
Que por su parte, el Departa mento ha participado activamente en la creación y funcionaíniento de la carrera organizando los cur sos con juntamente con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires; ha aportado el personal docente mediante el nombramiento de profesores que tuvieron a su cargo el dictado de las diversas unidades temáticas; ha intervenido en la tramitación de la creación de la carrera y ha brindado el apoyo administrativo necesario;
Que lo expuesto precedentemente implica erogaciones que hacen necesario implementar una contribución que alivie las carencias presupuestarias de esta Casa de Estudios;
POR ELLO
El Rector de la Universidad Nacional del Sur
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°). Fijar un derecho por provisión de diploma del título de posgrado de '"ESPECIALISTA EN SINDICATURA CONCURSAL" consistente en la suena de CINCUENTA PESOS ($ 50,00) por cada diploma a otorgar.
ARTICULO 2°). El importe recaudado como consecuencia de lo esta blecido en el artículo anterior se destinará presupuestariamente en el rubro del Cálculo de recursos "Otros Derechos" y será ingresado por Tesorería en oportunidad en que el graduado firme su diploma.
ARTICULO 3°). Establecer, que los fondos obtenidos se transferirán 50% al Departamento de Ciencias de la Administración y 50% al Rectorado.
ARTICULO 4°). Regístrese y pase a la Dirección de Economía y Finanzas para su conocimiento y de más efectos; tomen razón la Dirección General de Alumnos y Estudio; el Departamento de cíencias de la Administración; cumplido, archívese.
Ing. Qco. CARLOS E. MAYER
Rector
Ing. OSVALDO A. CURZIO
Secretario General Académico