ORGANIZACION ADMINISTRATIVA - VIVIENDAS DEL BARRIO UNIVERSITARIO
Resolución R-356/89.
Expediente S-642/85.
BAHIA BLANCA, 12 junio 1989.
VISTO:
Los antecedentes obrantes en el expediente N°642/85, y el informe de la Subsecretaria de Asuntos Administrativos de fs. 27/28; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario impulsar medidas destinadas a solucionar los problemas derivados de la existencia de especies vegetales que afectan las estructuras edilicias del Barrio Universitario;
Que de los informes obrantes en el Expediente N°642/85 resulta factible podar, talar o reemplazar las especies vegetales dañinas, siempre que esta tarea se haga con la debida prudencia y bajo la supervisión de especialistas en forestación y construcciones;
POR ELLO,
El Rector de la Universidad Nacional del Sur
RESUELVE:
ARTICULO 1°). Crear una Comisión encargada de verificar los daños causados a viviendas del Barrio Universitario por diversas especies vegetales y discernir sobre las alternativas de poda, tala o reemplazo de las mismas, según sea lo más aconsejable en cada caso.
ARTICULO 2°). Designar para integrar la Comisión creada en el artículo 1° al ingeniero agrónomo Horacio José ITURRIOS en representación del Departamento de Agronomía al ingeniero Héctor MALLER por la Dirección de Construcciones; y al Director de Intendencia, señor Julio CASSANO.
ARTICULO 3°). Establecer que la poda y/o extracción de los árboles se hará únicamente con el consentimiento del vecino y en aquellos casos en que se comprobare fehacientemente que están causando daños a las viviendas.
ARTICULO 4°). Establecer que los vecinos que se opongan a la poda y/o reemplazo de los árboles que estén dañando sus viviendas, deberán asumir todos los riesgos emergentes y el costo de los arreglos. En cada uno de estos casos, se labrará un acta que será refrendada por el ocupante y los integrantes de la Comisión.
ARTICULO 5°). Establecer que cada árbol que se extraiga deberá ser reemplazado por otras tres especies, que se plantarán en distintos lugares dentro del perímetro del Barrio Universitario, respetandose las correspondientes normas de forestación. La Subsecretaría de Asuntos Administrativos deberá gestionar ante la Municipalidad del Partido de Bahía Blanca, a traves del Vivero Municipal, el suministro de aquellas especias arbóreas.
ARTICULO 6°). Regístrese. Pase al Departamento de Agronomía para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección de Construcciones, el Departamento de Intendencia, la Dirección de Personal y la Subsecretaría de Asuntos Administrativos. Cumplido, resérvese.
Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA
Rector
Cr. OSCAR DANTE GARCIA
Secretario General Técnico