CONVENIO DE COOPERACION CON LA FAAP Y CENAP
Resolucion R606/91.
Expediente SCyT1098/90.
BAHIA BLANCA, 11 noviembre 1991.
VISTO:
El proyecto de convenio de cooperación general a suscribirse entre la FUNDACION ARMANDO ALVARES PENTEADO (FAAP), Centro de Perfeccionamiento Profesional (CENAP), de San Pablo, Brasil y la UNIVERSIDAD NACIONAI DEL SUR; y
CONSIDERANDO:
Que cuenta con el aval del Consejo Departamental de Ingeniería (fs. 12);
Que el señor Asesor Letrado informa a fs. 21 que no existen objeciones legales que formular con respecto al convenio;
Que el Consejo Universitario en su reunión del 24 de octubre del año en curso autorizó la suscripción del convenio según consta a fs. 23;
POR ELLO;
El Rector de la Universidad Nacional del Sur
RESUELVE:
ARTICUlO 1°). Suscribir un Convenio de Cooperación General er,tre la Fl)NDACION ARMANDO ALTARES PENTEADO (FAAP), Centro de Perfeccionamiento Profesional (CENAP) San Pablo Brasil, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR.
ARTICULO 2°). Regístrese y comuniquese.
Ing. Qco. CARDOS E. MAYER
Rector
Ing. OSVALDO A CURZIO
a/c. Sec. Gral. Ciencia y Tecnología.