CONVENIO DE COOPERACION CON LA FAAP Y CENAP


Resolucion R606/91.

Expediente SCyT1098/90.


BAHIA BLANCA, 11 noviembre 1991.


VISTO:

El proyecto de convenio de cooperación general a suscribirse entre la FUNDACION ARMANDO ALVARES PENTEADO (FAAP), Centro de Perfeccionamiento Profesional (CENAP), de San Pablo, Brasil y la UNIVERSIDAD NACIONAI DEL SUR; y


CONSIDERANDO:

Que cuenta con el aval del Consejo Departamental de Ingeniería (fs. 12);

Que el señor Asesor Letrado informa a fs. 21 que no existen objeciones legales que formular con respecto al convenio;

Que el Consejo Universitario en su reunión del 24 de octubre del año en curso autorizó la suscripción del convenio según consta a fs. 23;


POR ELLO;

El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:


ARTICUlO 1°). Suscribir un Convenio de Cooperación General er,tre la Fl)NDACION ARMANDO ALTARES PENTEADO (FAAP), Centro de Perfeccionamiento Profesional (CENAP) San Pablo Brasil, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR.


ARTICULO 2°). Regístrese y comuniquese.



Ing. Qco. CARDOS E. MAYER

Rector

Ing. OSVALDO A CURZIO

a/c. Sec. Gral. Ciencia y Tecnología.