PERSONAL
SAC / IMPUESTO A LAS
GANANCIAS
Decreto 1253/2016
Deducción Especial. Incremento.
Fecha de
publicación 14/12/2016
Buenos Aires, 13/12/2016
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — A los fines de la determinación del impuesto a las
ganancias correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario
del año 2016, increméntase en PESOS QUINCE MIL
($ 15.000) el importe de la deducción especial calculada conforme lo
dispuesto por el tercer párrafo del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de
Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2° — Lo dispuesto en el artículo 1° tendrá efectos
exclusivamente para aquellos sujetos que obtengan rentas mencionadas en los
incisos a), b) y c) del Artículo 79 de la referida norma, cuando la mayor
remuneración y/o haber bruto mensual, devengada entre los meses de julio y
diciembre del año 2016, no supere la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL
($ 55.000).
ARTÍCULO 3º — La presente medida regirá a partir del día de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4 — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos
Peña. — Alfonso de Prat Gay.