CONSEJO UNIVERSITARIO PAUTAS ADMINISTRATIVAS


Disposición N° 1/93.


BAHIA BLANCA, 28 octubre 1993.


VISTO:

La necesidad de unificar la forma de presentacion de asuntos que por su naturaleza deben ser tratados en el Consejo Universitario; y


CONSIDERANDO:

Las recomendaciones dispuestas por la Asamblea Universitaria en sus Resoluciones 6/89 y 8/90;

Que es objetivo de la Secretaría General del Consejo Universitario agilizar el tratamiento de los asuntos en Comisión, para lo cual se requiere la homologación en la forma de presentación e información contenida;

Que sin perjuicio de una consideración minuciosa del cumplimiento de las reglamentaciones en vigencia, es necesario realizar un control inicial de la forma de presentación de los asuntos para su tratamiento en el Consejo Universitario;


POR ELLO,

El Secretario General del Consejo Universitario

DECRETA


ARTICULO 1°). Todo asunto ingresado al ámbito de esta Secretaría debe ser presentado con su correspondiente expediente.

ARTICULO 2°). Toda Resolución Departamental debe contener la fecha de reunión en la que se trató el tema y la correspondiente firma del Director y Secretario Académico del Departamento.

ARTICULO 3°). Para la solicitud de autorización de asuntos relativos a nombramientos docentes, se deberán cumplir las siguientes pautas minimas:

3.1: CONCURSO PROFESORES

a) Informe Direccion de Personal sobre el estado de los cargos a concursar.

b) Resolución solicitud Consejo Departamental.

c) Curriculum resumido del Jurado con indicación de la posicion en el sistema científicotecnológico y universitario y modo de acceso al cargo.

d) Resolucion Consejo Departamental designando veedores.

3.2: NOMBRAMIENTO PROFESORES ORDINARIOS

Tramitar por Expediente individual

a) Acta de cierre de inscripcion.

b) Acta del Jurado.

c) Resolución Consejo Departamental proponiendo el nombramiento.

d) Comunicacion efectuada a los concursantes sobre el resultado.

3.3: CONTINUACION EN EL DOCENCIA ACTIVA (ART. 75)

a) Nota solicitud.

b) Informe de la Direccion General de Personal indicando situación previsional o plazo requerido para que el candidato alcance los máximos beneficios jubilatorios.

c) Plan de trabajo en docencia e investigación.

d) Informe de la Comisión Departamental pertinente.

e) Resolución del Consejo Departamental con indicación del plazo por el cual se lo propone (maximo 2 años o 3 años, según el caso).

f) Indicación de la partida presupuestaria a afectar.

3.4: PROFESORES EXTRAORDINARIOS

Pautas establecidas en el Anexo de la Res. CU118/93.

3.4.a: PROFESORES HONORARIOS (Art. 14°).

a) Informe del area.

b) Curriculum Vitae del candidato.

c) Información sobre la naturaleza de la vinculación.

d) Resolución del Consejo Departamental con indicación del resultado de la votación (la propuesta debera contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros).

3.4.b: PROFESORES CONSULTOS O EMERITOS (Art. 20°).

a) Informe del área.

b) Curriculum Vitae del candidato.

c) Análisis de la trayectoria del candidato segun Art. 18°.

d) Resolución del Consejo Departamental con indicacion del resultado de la votación (la propuesta deberá contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros).

3.4.c: PROFESORES VISITANTES (Art. 27°).

a) Informe del area

b) Detalle de las actividades a realizar.

c) Justificación Academica.

d) Curriculum Vitae del candidato.

e) Resolución del Consejo Departamental respectivo

ARTICULO 4°).- Todo proyecto de Convenio o Acuerdo con otra Institución debe ser presentado con:

a Resolución del Consejo Departamental correspondiente.

b Estudio de costos presuntos (ocultos)

c Verificacion sobre la existencia de Convenios "Marco".

d Informe del Asesor Letrado.

ARTICULO 5°). Toda solicitud relativa a Plan de Estudios debe contar con información sobre:

a Resolucion y propuesta del Consejo Departamental respectivo.

b Informe de la Comision Curricular.

c Proyecto de Incumbencias Profesionales (cuando corresponda).

d Fecha a partir de la cual tiene vigencia.

ARTICULO 6°). Toda solicitud de auspicio de la UNS a Congresos, Jornadas o Eventos debe contar:

a Resolucion del Consejo Departamental afin.

b Programa del evento, detallando participantes y alcances.

c Medios tecnicos, equipamiento e instalaciones requeridas.

d Informe de la Asociacion o Consejo Profesional correspondiente (en los casos de actividades que no se relacionen directamente con algún Departamento Academico).

ARTICULO 7°). Toda solicitud de Subsidios debe contener:

a Indicacion de la partida presupuestaria a afectar.

b Beneficiarios (nombre y apellido, documentos, cargo, etc.)

ARTICULO 8°). En caso de incumplimiento de la presente disposicion, se devolveran a los Departamentos Academicos las actuaciones, a fin de que se ajusten en su presentación a la misma.

ARTICULO 9°). Regístrese, pase a Rectorado para su conocimiento. Hecho, gírese a los distintos Departamentos Academicos a sus efectos. Cumplido, archívese.



Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario