TEXTOS ORDENADOS

En oportunidad de que un aspecto reglamentario propio del ente haya sufrido múltiples modificaciones, ampliaciones o seccionamientos en su cuerpo original, es necesario ordenarlo para hacer entendible con fluidez y secuencialmente la norma.

Muy común es el hecho de que alteraciones consten en diversos expedientes, por ello con una recopilación exhaustiva, se facilita la tarea -según el tema- con la utilización de los índices que anualmente se confeccionan depuradamente.

Es conveniente que la numeración original sea respetada a los efectos de no provocar potenciales errores referenciales.

En aquellos casos que se provoquen derogaciones de artículos o capítulos íntegros, se asienta ello, evitándose corrimientos en la numeración.

Una medida que hace a una buena administración es acompañar un índice en donde se indique qué artículo sufrió o no alteraciones, qué resoluciones modificaron la estructura original, en qué expediente obran y por último cualquier observación que sea necesaria.