MAESTRIA EN DERECHO Y TITULO ACADEMICO MAGISTER EN DERECHO (MODIF. RES.AU-8/07)

 

 Resolución AU-10/08

Expte. XEXP – 14/2007.

 

BAHIA BLANCA, 05 de junio de 2008.-

 

 

VISTO:

Que la resolución del Ministerio de Educación Nº 1168/97, en su anexo, artículo 1º dispone: “Carreras de Posgrado: Se reconoce los siguientes tipos de carreras de posgrado: Especialización, Maestría, Doctorado”;  

 

El artículo 1º de la resolución AU 08/07; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que el referido artículo dispone: “Crear la carrera de Magíster en Derecho” y el título académico de “Magíster en Derecho”, en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur (…)”;

 

            Que los pares evaluadores designados al efecto de evaluar la carrera por parte de la CONEAU han dictaminado, con fecha 14 de diciembre de 2007, en el expediente Nº 10.063/07 que tramita ante el Ministerio de Educación de la Nación, que debería adecuarse la denominación de la carrera a la normativa ministerial como requisito para obtener la acreditación del título;

 

            Que el error en el que se ha incurrido ha sido involuntario, pues la modalidad del plan de estudios, los objetivos, la carga horaria y demás aspectos organizativos de la carrera se corresponden con los estándares exigidos por la resolución Ministerial  Nº 1168/97 para una carrera de Maestría;

 

POR ELLO,

La Asamblea Universitaria, en su sesión extraordinaria  del día 04 de junio de 2008,

 

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 1º de la resolución AU 08/07, el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

ARTICULO 1º).-: “Crear la carrera de “Maestría en Derecho” y el título académico de “Magíster en Derecho”, en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, en un todo de acuerdo con la propuesta elevada por el Departamento de Derecho en su Programa de Maestría en Derecho obrante en los Exptes. CSU 3799/06, 13/07, 14/07, y con las disposiciones del Departamento de Estudios de Posgrado”.

 

ARTICULO 2º: Regístrese. Pase  a  Rectorado  para  la  gestión y  trámites  de obtención de validez nacional del título de posgrado creado en el Artículo 1º y por su intermedio al CSU, y al Departamento de Derecho. Publíquese. Archívese.

 

DR. PEDRO MAIZA

PRESIDENTE

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

LORENA GARCIA

SECRETARIA 1º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA