CREACIÓN CARRERA DE POSGRADO “MAESTRIA EN INGENIERIA DE PROCESOS PETROQUÍMICOS”

Resolución AU-11/04

Expediente  531/04

Bahía Blanca , 5 de agosto de 2004.

VISTO:

         El Expediente EXP-834:0000531/2004 iniciado por el Departamento. de Ingeniería Química en el que se propone la creación de la carrera de Maestría en Ingeniería de Procesos Petroquímicos,

        Los dictámenes favorables del Departamento de Estudios de Posgrado con fecha 23 de Abril de 2004, y de la Comisión de Posgrado y Enseñanza del Consejo Superior Universitario con fecha 26 de Mayo de 2004,

        La Resolución CSU-335/04 del Consejo Superior Universitario de fecha 11 de Junio de 2004 que eleva a la Asamblea Universitaria la propuesta de creación de la carrera de Posgrado Maestria en Ingeniería de Procesos Petroquímicos,

        El Reglamento del Departamento de Estudios de Posgrado de la UNS, aprobado por Resolución CSU-679/00 del Consejo Superior Universitario,

  El artículo 48º inciso g) y 55 inciso f) del Estatuto de la UNS; en los que se establece las atribuciones de la Asamblea Universitaria, así como el Art. 13° del Reglamento de funcionamiento de este cuerpo, y

        El dictamen de la Comisión de la Asamblea Universitaria que evaluó los antecedentes, aconsejando la creación de la carrera en el ámbito de la UNS, y

 

CONSIDERANDO:

        Que la expansión y modernización de la industria química y petroquímica nacional, y en particular del Polo Petroquímico de Bahía Blanca y el uso de tecnologías de producción y toma de decisiones de última generación, determina una importante necesidad de capacitación continua de recursos humanos, tanto en el ámbito universitario como en las empresas.

        Que es necesario formar recursos humanos con sólida preparación teórica y práctica en el enfoque y herramientas de Ingeniería de Sistemas de Procesos, que brinde al egresado una mejor inserción en la actividad industrial moderna,

        Que es importante promover la ejecución de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico con sólidas bases científicas y una fuerte inserción en problemas industriales,

        Que existe interés de profesionales de la región en la creación de una Maestría con las características de la presente,

        Que los contenidos de los cursos ofrecidos cubren una amplia temática para la formación superior de profesionales para desarrollar tareas en la industria química y petroquímica,

        Que el Departamento de Ingeniería Química cuenta con un cuerpo de docentes con capacidad para el dictado de los cursos propuestos y para la dirección de Tesis de Posgrado,

        Que el Departamento de Ingeniería Química posee antecedentes para mantener programas de Posgrado en el tiempo,

        Que el proyecto reúne las condiciones de organización y régimen académico (cursos, carga horaria, profesores) que se ajustan a la reglamentación vigente, para asegurar la acreditación por parte del Consejo Nacional de Acreditación y Evaluación Universitaria (CONEAU).

        Que el Consejo Superior Universitario en su reunión del 2 de Junio de 2004 aprobó lo recomendado por su Comisión de Posgrado, y

        Que la creación de la nueva carrera no implicará erogaciones extraordinarias ya que el Departamento. de Ingeniería Química no solicita nuevos cargos para el dictado de las asignaturas correspondientes a la citada carrera,

POR ELLO,

La Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria;

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Crear la carrera de Posgrado Maestría en Ingeniería de Procesos Petroquímicos en el ámbito de la UNS.-

ARTICULO 2º).- Otorgar a los egresados de la carrera creada en el Artículo 1º el título de Magíster en Ingeniería de Procesos Petroquímicos

 

ARTICULO 3º) - Se recomienda modificar la redacción del párrafo 8, fs. 52 del Expte. 531/04 que debería decir “de acuerdo a lo resuelto por el Consejo Superior Universitario, los posgrados en la UNS pueden ser arancelados.”-

 

ARTICULO 4º).- Regístrese. Pase al Consejo Superior Universitario a sus efectos. Cumplido, gírese al Departamento de Ingeniería Química y a Rectorado para la gestión y trámites de obtención de validez nacional al título creado en el artículo 2º. Cumplido, publíquese y archívese.-

 

LIC. MARIA DEL C. VAQUERO DE TRELLINI

PRESIDENTE

ASAMBLEA UNIVERSITARIO

JAVIER REYES

SECRETARIO 1º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA