CREACIÓN MAESTRIA EN RED PROCESOS
LOCALES DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO RURAL (PLIDER)
Resolución AU-11/07
Expediente 3158/05
BAHIA
BLANCA, 20 de setiembre de 2007
VISTO:
El artículo 29º inc. d) de la Ley 24521 de Educación Superior, en el que se establece como atribución de las instituciones universitarias la creación de carreras universitarias de grado y posgrado;
La Resolución MCyE 1168/97 de la Presidencia del 11 de julio de 1997, en la que se establecen los estándares y criterios para la acreditación de carreras de postgrado;
Los artículos 48º inciso g) y 55º inciso f) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, en los que se establecen las atribuciones de la Asamblea Universitaria;
El Reglamento del Departamento de Estudios de Posgrado de la UNS aprobado por Resolución 679/00 del Consejo Superior Universitario;
El proyecto presentado por el Departamento de Geografía y Turismo mediante resolución DGyT-264/06 y por el Departamento de Agronomía mediante resolución CD-182/06 fundamentando la creación de la carrera de posgrado Maestría PLIDER - Procesos Locales de Innovación y Desarrollo Rural, compartida entre la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales de la Universidad Nacional de La Plata y la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de Mar del Plata;
Los convenios Específicos de Cooperación Interinstitucional firmados por los Consejos Departamentales de Agronomía y Geografía y Turismo de la Universidad Nacional del Sur a través de las Resoluciones CD-082/06 y DGYT-092/06;
Los dictámenes de la Comisión de Posgrado de la Secretaría General de Posgrado del 17 de abril de 2007 y de la Comisión de Posgrado del Consejo Superior Universitario del 2 de mayo de 2007;
La Resolución del Consejo Superior Universitario Nº 223/07 en la que se propone a la Asamblea Universitaria la creación de la Maestría en “Procesos Locales de Innovación y Desarrollo Rural (PLIDER)”; y
CONSIDERANDO:
Que el plan de formación propuesto tiende a satisfacer la necesidad de contar con recursos humanos altamente capacitados en procesos locales de innovación y desarrollo rural;
Que la creación de la Maestría PLIDER procura responder a demandas de instituciones que trabajan para el desarrollo rural a través del acompañamiento de la actividad agropecuaria;
Que la tramitación del expediente siguió todas las instancias reglamentarias y los Departamentos involucrados dieron cumplimiento a los requisitos solicitados por las distintas comisiones que analizaron el proyecto en cada una de las instancias;
Que el Departamento de Estudios de Posgrado, en su carácter de dependencia académica centralizada que organiza, coordina, supervisa, evalúa y decide en todas las instancias que involucren estudios cuaternarios, emitió dictamen favorable a la propuesta;
Que la participación en un programa en Red con temáticas interdisciplinarias amplía las posibilidades de los egresados de esta Universidad;
Que la integración del cuerpo docente para el dictado de la maestría con profesores de las unidades académicas participantes y especialistas internacionales calificados, indica que existe una complementación y articulación interinstitucional de los recursos humanos, lo que hará posible aprovechar el potencial académico de cada uno de los integrantes de la red;
Que mediante los convenios firmados entre las unidades académicas participantes y la Universidad de Toulouse Le Mirail (Francia), el Institud Nacional de la Recherche Agronomique (INRA, Francia), el Institut de Recherche Pour le Developpement (IRD, Francia) y el Instituto de Tecnología Agropecuaria (INTA), se contribuye a una complementación y acercamiento entre los grupos de investigación nacionales e internacionales;
Que se ha integrado el Laboratorio AGRITERRIS que abarca todas las unidades académicas participantes de este proyecto (Resoluciones DGYT-289/06 del Departamento de Geografía y Turismo y CD-214/06 del Departamento de Agronomía);
Que la Maestría PLIDER se ha comenzado a dictar exitosamente en la Universidad Nacional de La Plata;
Que en la sede la Universidad de Mar del Plata, la Maestría PLIDER cuenta con el reconocimiento oficial provisorio de la Comisión Nacional del Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), según el dictamen del 12 de marzo de 2007 en su Sesión 243;
Que el cálculo de ingresos y gastos prevé que la financiación del dictado de la Maestría se hará con fondos provenientes del cobro de la matrícula a los alumnos, previéndose el otorgamiento de becas a aquellos que no pudieran afrontar las mismas;
Que la propuesta presentada no origina previsiones presupuestarias específicas;
POR ELLO,
La Asamblea Universitaria en acuerdo tomado en su sesión extraordinaria de fecha 19 de setiembre de 2007
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Crear la carrera de posgrado Maestría en Red Procesos Locales de Innovación y Desarrollo Rural (PLIDER) en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, cuyo dictado e implementación serán compartidos entre las Universidades Nacionales de La Plata, Mar del Plata y del Sur.
ARTICULO 2º).- Otorgar a los egresados de las carrera creada el título de Magíster en Procesos Locales de Innovación y Desarrollo Rural (PLIDER) de nivel de posgrado.
ARTICULO 3º).- La carrera creada responderá al perfil y alcances definidos en el Anexo de la presente resolución.
ARTICULO 4º).- Pase a Rectorado para la gestión y trámites de obtención de validez nacional al título creado. Por su intermedio al Consejo Superior Universitario, para su conocimiento y demás efectos. Tome razón la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua, los Departamentos de Geografía y Turismo y Agronomía. Cumplido, publíquese y archívese.
DR. PEDRO MAIZA
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
BETINA RECAMAN
SECRETARIA 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
RESOL. AU-11/07
PERFIL Y ALCANCES
PERFIL DEL
MAGISTER
La preparación
académica está dirigida a la formación de un profesional con competencia para:
ù
La
consolidación de una formación con una visión crítica acompañada de las
herramientas operacionales que propongan transformaciones de los territorios
rurales que afectan la articulación entre la acción colectiva y la acción
pública.
ù
La formación
de profesionales con habilidades para implementar en el terreno una
ingeniería de la actividad agropecuaria
con base en ciencias humanas y en ciencias biotécnicas para entender y evaluar
un diagnóstico sobre los procesos humanos espaciales, ecológicos y técnicos en
vista a un desarrollo sustentable, agro-ecológico y al análisis técnico-económico
de los sistemas productivos de las explotaciones agropecuarias y de los
territorios rurales.
ù
La respuesta a
las demandas del personal de terreno de las ONG que trabajan para el desarrollo
rural a través del acompañamiento de la actividad agropecuaria.
ALCANCES DEL
TITULO
Los egresados de
la Maestría estarán en condiciones de actuar como:
ù
Agentes de
extensión agropecuaria en vista al desarrollo rural.
ù
Agentes de
desarrollo rural o animadores territoriales con una capacidad de facilitación
en los aspectos técnicos agropecuarios y forestales.
ù
Docentes de
instituciones secundarias o universitarias trabajando en pro de la capacitación
para el desarrollo rural.
ù
Responsables
de agencias de desarrollo interesados en las habilidades de intervención de los
agentes de terreno de su equipo.
ù
Investigadores
sobre temas relacionados con el desarrollo rural o más globalmente con las
transformaciones de los espacios y de las sociedades rurales.
En consecuencia,
las alternativas de inserción laboral del egresado incluyen los gobiernos
locales, organismos públicos nacionales y provinciales, organizaciones no
gubernamentales de desarrollo, las agencias de desarrollo rural, las
asociaciones empresariales locales, Inter.-comunales y regionales, el ámbito
académico y la consultoría privada.
DR. PEDRO MAIZA
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
BETINA RECAMAN
SECRETARIA 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA