CREA EL CENTRO DE SALUD COLECTIVA
DEL SUR / DPTO. CIENCIAS DE LA SALUD
Resolución AU- 11/14
Expte. 3727/13.
BAHIA
BLANCA, 21 de agosto de 2014
VISTO:
La resolución del CSU (Res. CSU-186/13) por la que se eleva a la Asamblea la propuesta de creación del Centro de Salud Colectiva del Sur;
La resolución del Consejo Departamental de Ciencias de la Salud (DCS-399/2013);
El artículo 7° del estatuto de la Universidad Nacional del Sur; y
CONSIDERANDO:
Que es facultad de la Asamblea Universitaria la creación de centros a propuestas del Consejo Superior Universitario, según la normativa vigente que reglamenta el artículo 7° del Estatuto de la UNS (Res. CSU-443/01);
Que la propuesta de creación del Centro de Salud Colectiva del Sur cumple con las exigencias establecidas en el artículo 7° del Estatuto universitario y su correspondiente reglamentación (Res. CSU-443/01);
Que dicho Centro tiene un carácter interdisciplinario que permitirá reunir en su estructura a un número importante de docentes, como asimismo de becarios, tesistas y alumnos avanzados del Departamento de Ciencias de la Salud y de otras Unidades Académicas de la UNS para el desarrollo de actividades de investigación y de extensión en el campo de la salud;
Que los grupos que integrarán el Centro ya han venido desarrollando numerosas y múltiples acciones relacionadas con la investigación, difusión y transferencia del conocimiento científico en temas y problemas relacionadas con la Salud;
Que en el proyecto se incluyen debidamente los fines, funciones y reglamento del Centro de Salud Colectiva del Sur;
POR ELLO,
La
Asamblea Universitaria, en la sesión extraordinaria del 20 de agosto de 2014,
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°: Crear el Centro de Salud
Colectiva del Sur, el cual funcionará en el ámbito del Departamento de Ciencias
de la Salud de la UNS.-
ARTÍCULO
2°: Pase al CSU para la aprobación
del Reglamento (fs. 4-6 y modificatorias obrantes a fs. 171 y 172 del Expte. 3727/2013).-
ARTÍCULO
3°: Regístrese. Comuníquese al Sr.
Rector y por su intermedio al Consejo Superior Universitario para su
conocimiento y demás efectos. Tome razón el Departamento de Ciencias de la
Salud. Publíquese y archívese
.
DR. RENÉ ALBOUY
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS
SECRETARIO 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA