SUSPENDE
ELECCIONES 2020 RENOVACIÓN DE AUTORIDADES UNS / PRORROGA DE MANDATOS
Resolución
AU-11/20
Expte-.1447/2019
BAHIA BLANCA, 19 de Noviembre de 2020.
VISTO:
Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder
Ejecutivo Nacional N° 297, 325, 355, 408, 459, 493, 520, 576, 605, 641, 677,
714, 754, 792 y 814 emitidos durante el presente año, en el marco de la
pandemia del virus SARS-Cov-2;
El Estatuto de la Universidad Nacional del Sur;
El Reglamento Electoral de la UNS aprobado por
Resolución CSU-136/2020;
El Reglamento de Funcionamiento de la Asamblea
Universitaria aprobado por Resolución AU-5/2002;
El Acta 218 de la Junta Electoral de fecha 28 de
setiembre de 2020;
La Resolución CSU-444/20 del Consejo Superior
Universitario; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de las medidas de aislamiento y/o
distanciamiento social, preventivo y obligatorio, no se encuentran dadas las
condiciones necesarias para desarrollar adecuadamente el proceso electoral en
lo que resta del año 2020;
Que resulta necesario reprogramar el proceso
electoral de la UNS hasta que puedan realizarse adecuadamente las elecciones;
Que, en miras a ese objetivo, la Junta Electoral ha
solicitado informes a distintas dependencias de la UNS para poder evaluar con
más detalle el impacto de la pandemia sobre las principales variables a
considerar en un eventual cronograma electoral 2021;
Que la Junta Electoral depende jerárquicamente del
Consejo Superior Universitario, órgano que aprueba su normativa y fija el
Cronograma Electoral de la UNS;
Que, en virtud de esa relación, la Junta Electoral
ha solicitado al Consejo Superior Universitario que disponga que en 2020 no se
realicen elecciones para renovación de autoridades en la UNS, y que se lleven a
cabo las gestiones que sean necesarias para prorrogar los mandatos de las
autoridades en ejercicio de sus funciones;
Que, en consecuencia, el Consejo Superior
Universitario ha resuelto solicitar a la Asamblea Universitaria la suspensión
de las elecciones que debían realizarse en el corriente año, hasta que sea
posible realizarlas;
Que es atribución estatutaria de la Asamblea
Universitaria “Ejercer todo acto de competencia superior no previsto en este
Estatuto” (art. 48, inciso h);
Que la postergación de las elecciones y la prórroga
de los cargos electivos, si bien se imponen por razones de fuerza mayor,
afectan el ejercicio de los derechos a elegir y a ser elegidos, que son
esenciales en el gobierno democrático de la Universidad, razón por la cual
deben reducirse al mínimo plazo posible;
Que en este momento y bajo las presentes
circunstancias no es posible determinar cuándo será posible realizar las
elecciones, por lo que corresponde suspenderlas hasta que sea factible su
concreción;
Que en cuanto a la prórroga de los cargos electivos,
su reducción al plazo mínimo posible debe contemplar el tiempo que insumiría el
proceso electoral;
Que la Asamblea Universitaria aprobó sobre tablas en
su sesión extraordinaria del 18/11/20 el proyecto elevado por el Consejo
Superior Universitario mediante Res. CSU-444/20;
POR ELLO,
LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Suspender las elecciones para la
renovación de autoridades en la Universidad Nacional del Sur que debían
realizarse en 2020.
ARTÍCULO 2º: Delegar en Consejo Superior
Universitario la potestad de convocar a
elecciones hasta que sea posible realizarlas
ARTÍCULO 3º: Prorrogar los mandatos de las actuales
autoridades de la Universidad Nacional del Sur hasta las fechas que en cada
caso se indican:
a) Asambleístas titulares y suplentes que integran
la Asamblea Universitaria, hasta el miércoles 2 de junio de 2021;
b) Consejeras/os titulares y suplentes del Consejo
Superior Universitario y de los Consejos Departamentales, hasta el lunes 16 de
agosto de 2021;
c) Directoras/es Decanas/os hasta el lunes 16 de
agosto de 2021.
ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese a los órganos
de gobierno de la Universidad y a la
comunidad universitaria. Pase al Consejo Superior Universitario a sus efectos.
Cumplido, archívese.
SANTIAGO MAIZ
PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA