CREA EL INSTITUTO DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y BIOMÉDICAS DEL SUR (INBIOSUR) COMO UNIDAD EJECUTORA (UE) DE DOBLE DEPENDENCIA UNS-CONICET EN EL DPTO. DE BIOLOGÍA, BIOQUÍMICA Y FARMACIA.-

 

 

Resolución AU-12/13

Expte. 3050/2012

 

BAHIA BLANCA, 09 de mayo de 2013.

 

VISTO:

La resolución CSU- 761/12 por la que el Consejo Superior Universitario eleva a la Asamblea Universitaria la propuesta de creación del Instituto de Ciencias Biológicas y Biomédicas del Sur (INBIOSUR) como Unidad Ejecutora (UE) de doble dependencia UNS-CONICET en el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia;

 

La aprobación por el Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y Farmacia con resolución 642/12 del proyecto de creación del INBIOSUR;

 

La resolución CSU-443/01 que reglamenta la creación de institutos en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur;

Los artículos 7º y 48º inc. g) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur que faculta a la Asamblea Universitaria para crear institutos en el ámbito de la misma; y

 

CONSIDERANDO:

Que para la elaboración de esta propuesta se han seguido las pautas establecidas para Unidades Ejecutoras para el CONICET y el convenio marco entre este organismo y la UNS (Resolución CSU 335/07);

 

Que de la propuesta elevada surge el interés de estimular las actividades que el instituto propone como objetivos (fomentar el fortalecimiento de los recursos humanos, la interdisciplinaridad, las vinculaciones nacionales e internacionales, la transferencia tecnológica al medio y las actividades de extensión);

 

Que se incluirán las distintas investigaciones que se realizan en diversas disciplinas básicas de la biología y en ramas aplicadas de la bioquímica y la farmacia, en las cuales el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia tiene tanto grupos formados y con trayectoria como grupos en formación;

 

Que este Instituto pueda cobijar en un futuro docentes investigadores de otros Departamentos de la Universidad Nacional del Sur, en especial a los del Departamento de Ciencias de la Salud, considerando que las investigaciones podrían ser interdisciplinarias dadas las implicancias médicas de algunas de las líneas de investigación del futuro instituto;

 

Que en la formulación del proyecto se consultaron a docentes e investigadores del Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia, cuyos aportes y sugerencias fueron incorporados al documento;

 

Que esta nueva Unidad Ejecutora reuniría, al momento de su formación, veinticinco (25) investigadores (17 CONICET/UNS y 8 UNS);

 

Que se consolidan áreas existentes y se implementarán nuevas líneas de investigación que contribuirán al fortalecimiento de los programas de formación de recursos humanos;

 

Que se pretende la ampliación de la estructura edilicia a 2000 m2 y la incorporación de equipamiento;

 

Que se definen áreas temáticas entre las cuales se encuentran botánica, zoología, endocrinología básica y clínica, inmunología y toxicología, hematopoyesis experimental, entre otras;

 

Que se describen convenios de cooperación, producción desde el año 2006 (publicaciones y presentaciones a congresos), proyectos financiados y en ejecución así como equipamiento existente por nodo geográfico;

 

Que dado que parte del equipamiento con que contará la nueva Unidad Ejecutora se ha adquirido con fondos para Mejoramiento de la Enseñanza (FOMEC) y con el Programa para Mejoramiento de las carreras de Farmacia y Bioquímica (PROMFYB), los mismos deberán seguir estando disponibles para las distintas actividades docentes del Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia;

 

Que gran parte de los recursos humanos del Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia están interesados en formar parte del citado instituto;

 

POR ELLO:

La Asamblea Universitaria, en la sesión extraordinaria del 08 de mayo de 2013,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Crear el Instituto de Ciencias Biológicas y Biomédicas del Sur (INBIOSUR) como Unidad Ejecutora (UE) de doble dependencia UNS-CONICET en el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia.-

 

ARTÍCULO 2º: En el Anexo de la presente resolución se describen las funciones que desarrollará el Instituto de Ciencias Biológicas y Biomédicas del Sur (INBIOSUR).-

 

ARTÍCULO 3º: Girar las presentes actuaciones al Consejo Superior Universitario con el objeto que intervenga en la aprobación del reglamento del instituto.

 

ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese al Sr. Rector para su conocimiento. Tome razón el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia. Publíquese y archívese.

 

MG. ING. AGR. LILIANA GALLEZ

PRESIDENTE

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS

SECRETARIO 1º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

 

ANEXO

Resolución AU-12/13

 

Para el cumplimiento de los citados fines propuestos la nueva Unidad Ejecutora desarrollará, entre otras, las siguientes funciones:

 

a) Planificar, organizar y desarrollar programas específicos de investigación científica y tecnológica.

 

b) Promover el desarrollo e implementación de nuevos posgrados.

 

c) Planificar y organizar todas las actividades relativas a los posgrados, desarrollo de cursos, actividad de los tesistas, etc.

 

d) Difundir los resultados de sus actividades por los medios que considere convenientes.

 

e) Coordinar las ofertas de becas nacionales y extranjeras para garantizar la formación de recursos humanos de primer nivel.

 

f) Establecer vínculos de cooperación con instituciones nacionales y extranjeras abocadas a tareas de investigación en áreas afines.-

 

MG. ING. AGR. LILIANA GALLEZ

PRESIDENTE

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS

SECRETARIO 1º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA