CREA EL
INSTITUTO DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y BIOMÉDICAS DEL SUR (INBIOSUR) COMO UNIDAD
EJECUTORA (UE) DE DOBLE DEPENDENCIA UNS-CONICET EN EL DPTO. DE BIOLOGÍA,
BIOQUÍMICA Y FARMACIA.-
Resolución AU-12/13
Expte. 3050/2012
BAHIA BLANCA, 09 de mayo de 2013.
VISTO:
La resolución CSU- 761/12 por la
que el Consejo Superior Universitario eleva a la Asamblea Universitaria la
propuesta de creación del Instituto de Ciencias Biológicas y Biomédicas del Sur
(INBIOSUR) como Unidad Ejecutora (UE) de doble dependencia UNS-CONICET en el
Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia;
La aprobación por el Consejo
Departamental de Biología, Bioquímica y Farmacia con resolución 642/12 del
proyecto de creación del INBIOSUR;
La resolución CSU-443/01 que
reglamenta la creación de institutos en el ámbito de la Universidad Nacional
del Sur;
Los artículos 7º y 48º inc. g) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur
que faculta a la Asamblea Universitaria para crear institutos en el ámbito de
la misma; y
CONSIDERANDO:
Que para la elaboración de esta
propuesta se han seguido las pautas establecidas para Unidades Ejecutoras para
el CONICET y el convenio marco entre este organismo y la UNS (Resolución CSU
335/07);
Que de la propuesta elevada surge
el interés de estimular las actividades que el instituto propone como objetivos
(fomentar el fortalecimiento de los recursos humanos, la interdisciplinaridad,
las vinculaciones nacionales e internacionales, la transferencia tecnológica al
medio y las actividades de extensión);
Que se incluirán las distintas
investigaciones que se realizan en diversas disciplinas básicas de la biología
y en ramas aplicadas de la bioquímica y la farmacia, en las cuales el
Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia tiene tanto grupos formados y
con trayectoria como grupos en formación;
Que este Instituto pueda cobijar
en un futuro docentes investigadores de otros Departamentos de la Universidad
Nacional del Sur, en especial a los del Departamento de Ciencias de la Salud,
considerando que las investigaciones podrían ser interdisciplinarias dadas las
implicancias médicas de algunas de las líneas de investigación del futuro
instituto;
Que en la formulación del proyecto
se consultaron a docentes e investigadores del Departamento de Biología,
Bioquímica y Farmacia, cuyos aportes y sugerencias fueron incorporados al
documento;
Que esta nueva Unidad Ejecutora
reuniría, al momento de su formación, veinticinco (25) investigadores (17
CONICET/UNS y 8 UNS);
Que se consolidan áreas existentes
y se implementarán nuevas líneas de investigación que contribuirán al
fortalecimiento de los programas de formación de recursos humanos;
Que se pretende la ampliación de
la estructura edilicia a 2000 m2 y la incorporación de equipamiento;
Que se definen áreas temáticas
entre las cuales se encuentran botánica, zoología, endocrinología básica y
clínica, inmunología y toxicología, hematopoyesis experimental, entre otras;
Que se describen convenios de cooperación,
producción desde el año 2006 (publicaciones y presentaciones a congresos),
proyectos financiados y en ejecución así como equipamiento existente por nodo
geográfico;
Que dado que parte del
equipamiento con que contará la nueva Unidad Ejecutora se ha adquirido con
fondos para Mejoramiento de la Enseñanza (FOMEC) y con el Programa para
Mejoramiento de las carreras de Farmacia y Bioquímica (PROMFYB), los mismos
deberán seguir estando disponibles para las distintas actividades docentes del
Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia;
Que gran parte de los recursos
humanos del Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia están interesados
en formar parte del citado instituto;
POR ELLO:
La Asamblea Universitaria, en la
sesión extraordinaria del 08 de mayo de 2013,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Crear el Instituto de Ciencias Biológicas y Biomédicas del Sur
(INBIOSUR) como Unidad Ejecutora (UE) de doble dependencia UNS-CONICET en el
Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia.-
ARTÍCULO 2º: En el Anexo de la presente resolución se describen las funciones que
desarrollará el Instituto de Ciencias Biológicas y Biomédicas del Sur
(INBIOSUR).-
ARTÍCULO 3º: Girar las presentes actuaciones al Consejo Superior
Universitario con el objeto que intervenga en la aprobación del reglamento del
instituto.
ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese al Sr. Rector para su conocimiento. Tome
razón el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia. Publíquese y
archívese.
MG. ING. AGR. LILIANA GALLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS
SECRETARIO 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
Resolución
AU-12/13
Para el cumplimiento de los citados fines propuestos la
nueva Unidad Ejecutora desarrollará, entre otras, las siguientes funciones:
a) Planificar, organizar y
desarrollar programas específicos de investigación científica y tecnológica.
b) Promover el desarrollo e
implementación de nuevos posgrados.
c) Planificar y organizar todas
las actividades relativas a los posgrados, desarrollo de cursos, actividad de
los tesistas, etc.
d) Difundir los resultados de sus
actividades por los medios que considere convenientes.
e) Coordinar las ofertas de becas
nacionales y extranjeras para garantizar la formación de recursos humanos de
primer nivel.
f) Establecer vínculos de cooperación con instituciones
nacionales y extranjeras abocadas a tareas de investigación en áreas afines.-
MG. ING. AGR. LILIANA GALLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS
SECRETARIO 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA