CREAR EN EL ÁMBITO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR LA CARRERA DE “LICENCIATURA EN BIOTECNOLOGÍA” (DPTO. DE AGRONOMIA)

 

Resolución AU-12/22

Expte. 4059/2021

 

BAHIA BLANCA, 17 de noviembre de 2022.

 

VISTO:

El artículo 29 inciso d) de la Ley de Educación Superior 24.521, donde se establece como atribución de las instituciones universitarias la creación de carreras de grado y de posgrado;

 

El artículo 48º inc. g) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur que establece como atribución de la Asamblea Universitaria crear carreras y títulos a propuesta del Consejo Superior Universitario;

 

El Expediente 4059/2021 titulado Creación carrera de grado: LICENCIATURA EN BIOTECNOLOGIA en el ámbito del Departamento de Agronomía;

 

La Resolución CSU 628/22 por la cual se eleva a la Asamblea Universitaria la propuesta de creación de la carrera de grado “Licenciatura en Biotecnología” en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur;

 

La Resolución CDA 429/21 del Consejo Departamental de Agronomía mediante la cual se propone la creación de la mencionada carrera y el título correspondiente;

 

Las notas de aval de todos los Departamentos que dictarán asignaturas de servicio; y

 

CONSIDERANDO:

Que se entiende por biotecnología “toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos” y en esta acepción amplia del término, abarca muchos de los instrumentos y técnicas que son actualmente habituales en la producción agrícola y alimentaria;

 

Que la Biotecnología se trata de una actividad interdisciplinaria basada en los conocimientos generados por la biología molecular, la genética, la bioquímica, la fisiología, la bioingeniería, la biología de plantas, la microbiología y las ciencias de la computación;

 

Que el objetivo de la biotecnología moderna es usar estos conocimientos para el desarrollo de una metodología técnica y económicamente competitiva que, a través del uso inteligente y respetuoso de los sistemas vivientes y los organismos, facilite la resolución de importantes problemas productivos, sociales y ambientales;

 

Que la creación de la carrera de Licenciatura en Biotecnología es una oportunidad estratégica debido a la ubicación geográfica de la UNS, dado que no existe en la región una oferta académica semejante;

 

Que una Comisión interdisciplinaria del Departamento de Agronomía, elaboró y presentó una propuesta para la creación de una nueva carrera de grado “Licenciatura en Biotecnología”, habiendo tenido en cuenta las opiniones y los aportes de distintos miembros de esta unidad académica y de las demás involucradas en el dictado de la misma;

 

Que la Comisión que elaboró el Proyecto entiende que la UNS, sustentada en la fortaleza del sistema departamental, cuenta con los recursos formados y las capacidades necesarias para enfrentar el desafío de esta carrera, la cual se basa en una fuerte interacción disciplinar en la que se incluyen los Departamentos de Agronomía; Biología, Bioquímica y Farmacia; Química; Matemática; Ingeniería Química; Ciencias de la Salud; Ciencias e Ingeniería de la Computación; Física y Humanidades, posibilitando la inclusión a futuro de otras unidades académicas;

 

Que la elaboración de la propuesta ha sido realizada considerando la Res. E1637/2017 del Ministerio de Educación y Deporte (MEyD), en lo que respecta a contenidos mínimos, cargas horarias y actividades reservadas, y su diseño está orientado hacia un perfil agro-ambiental;

 

Que una vez creada la carrera en el ámbito de la UNS, seguirá el proceso de acreditación del proyecto en CONEAU, dado que la misma ha sido incluida en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior según la Res. MEyD 284/16;

 

Que la Secretaría General Académica avala la creación de la carrera, destacando su carácter interdisciplinario, su inserción estratégica y por surgir de desarrollos académicos y de investigación propios, fuertemente consolidados; y

POR ELLO,

LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA, en su sesión extraordinaria del 16 de noviembre de 2022,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Crear en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur la carrera de “Licenciatura en Biotecnología”.-

 

ARTÍCULO 2º: Otorgar a las/os egresadas/os de la carrera creada por al Artículo 1º el título de “Licenciada/o en Biotecnología”, cuyo perfil y alcances se detallan en el Anexo de la presente resolución.-

 

ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese al Sr. Rector y por su intermedio al Consejo Superior Universitario. Elévese al Ministerio de Educación para la gestión y trámites de obtención de validez nacional del título creado. Tome razón el Departamento de Agronomía. Publíquese y archívese.-

 

PABLO JAVIER ANTONELLI

PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA

 

ANEXO

Resolución AU-12/22

 

PERFIL PROFESIONAL DE LA EGRESADA Y DEL EGRESADO

 

ALCANCES DEL TÍTULO LICENCIADA/O EN BIOTECNOLOGÍA

 

Perfil del egresado/a

El/la licenciado/a en Biotecnología de la UNS combinará una fuerte formación científico/técnica con una proyección productiva sustentable. Este/a profesional contará con habilidades y capacidades para investigar y/o aplicar e integrar técnicas biotecnológicas para el desarrollo de organismos o procesos biológicos para la producción de bienes o servicios, orientados al ámbito agro-ambiental. Podrá llevar a cabo el siguiente tipo de tareas:

· Mejora de productos agrícolas.

· Mejora de productos alimenticios.

· Desarrollo de tecnologías para acelerar programas de mejoramiento vegetal y animal.

· Mejoramiento y saneamiento de ambientes degradados por desechos industriales y urbanos

· Desarrollo de estrategias para la producción y reutilización de biomasa para biocombustibles.

· Manejo de biofábricas.

· Creación y gestión de empresas biotecnológicas.

· Asesoramiento para emprendimientos biotecnológicos.

· Diseño y ejecución de experimentos de biología molecular, ingeniería genética, genómica y biología de sistemas.

· Análisis bioinformático de datos.

· Interpretación y aplicación de los marcos éticos y las normas legales vigentes relacionadas con proyectos biotecnológicos teniendo en cuenta el entorno sociocultural, ambiental y comercial.

 

Alcances del título

Actividades reservadas

· Diseñar, dirigir y validar procesos biotecnológicos.

· Producir, manipular genéticamente y modificar organismos y otras formas de organización supramolecular y sus derivados, a través de procesos biotecnológicos.

· Certificar el control de calidad de insumos y productos obtenidos mediante procesos biotecnológicos.

· Proyectar y dirigir lo referido a higiene, seguridad, control de impacto ambiental en lo concerniente a su actividad profesional.

 

El/la licenciado/a en Biotecnología estará capacitado para:

· Producir bienes y servicios a partir de seres vivos o partes de ellos, naturales o generados por ingeniería genética, con la finalidad de obtener productos de interés económico en sectores relacionados como la industria agroalimentaria, diagnóstico o las industrias relacionadas con el medio ambiente.

· Realizar investigación básica y aplicada vinculada con seres vivos, organismos, células y partes de células, incluyendo el nivel molecular.

· Realizar investigación básica y aplicada vinculada al área biotecnológica o de la biología computacional siguiendo los criterios de buenas prácticas de laboratorio y bioética. · Realizar análisis de secuencias de ácidos nucleicos, transcriptomas y genomas completos; realizar análisis de variabilidad genética, patrones de expresión y confección de huellas moleculares para diagnósticos vegetales y animales; minería de datos biológicos; modelado de estructuras biomoleculares; integración de datos de la investigación experimental y computacional, y desarrollo de modelos matemáticos y estadísticos para el estudio, compresión y mejoramiento de procesos biológicos, entre otras actividades relacionadas.

· Asesorar y ejecutar peritajes relacionados con el análisis de ADN en productos transgénicos.

· Evaluar proyectos de inversión de interés biotecnológico.

· Importar, exportar, manipular, controlar, certificar y establecer normas de bioseguridad de productos biotecnológicos.

· Interpretar aspectos éticos y legales relacionados con la biotecnología.

· Crear y/o producir bienes y servicios en el área de la biología computacional para las empresas biotecnológicas.

· Conformar equipos de asesoramiento para la planificación y gestión de proyectos, emprendimientos o negocios biotecnológicos en los aspectos éticos, económicos y financieros haciendo énfasis en el alcance, las limitaciones, la factibilidad técnica del desarrollo y la idoneidad de las estrategias utilizadas.

· Monitorear tendencias mundiales en el área de la biotecnología con el objeto de generar proyectos específicos en las áreas de vacancia detectadas.-

 

PABLO JAVIER ANTONELLI

PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA