CREACIÓN CARRERA
DE TÉCNICO UNIVERSITARIO EN MEDIO AMBIENTE
Resolución AU-13/07
Expte. 2754/07
BAHIA
BLANCA, 19 de octubre de 2007.
VISTO:
El Expte. 2754/07, proyecto de creación en el ámbito de la UNS de la carrera universitaria “TECNICATURA UNIVESITARIA EN MEDIO AMBIENTE”;
El Art. 29º inc. d) de la Ley 24521
de Educación Superior, donde se establece como atribución de las instituciones
universitarias la creación de carreras universitarias;
El Art. 48º inc. g) del Estatuto de
la UNS donde se establece como atribución de la Asamblea Universitaria crear
carreras y títulos a propuesta del CSU;
La Resolución GD-84/07 del Consejo
Departamental de Geología, obrante a fs. 1 en la cual se propone al Consejo
Superior Universitario la creación de la carrera “TECNICATURA UNIVERSITARIA EN
MEDIO AMBIENTE” y el título de “TÉCNICO UNIVERSITARIO EN MEDIO AMBIENTE”;
La Res. CSU-530/07 obrante a fs. 28
por la cual se aprueba la propuesta de creación de la carrera y la eleva a la
Asamblea Universitaria para su consideración, previo dictamen favorable de su
Comisión de Enseñanza (fs. 27);
Las resoluciones de los Consejos
Departamentales y las notas de los Directores o Secretarios Académicos de los
Departamentos de Agronomía, Biología, Bioquímica y Farmacia, Geografía y
Turismo, Ingeniería, Ingeniería Química, Química, Matemática, Física y Derecho
(fs. 16 a 25), en las que se expresa la capacidad de dichas unidades académicas
para el dictado de las asignaturas y/o seminarios del plan de estudios que son
propias de su ámbito; y
CONSIDERANDO:
Que en la propuesta se incluye:
objetivos, fundamentos y necesidad de la creación de la carrera, antecedentes
de la gestión académica de la carrera en el Departamento de Geología, plan de
estudios, unidades académicas responsables del dictado de cada una de los
seminarios y asignaturas, contenidos mínimos, perfil y alcances del título;
Que en el ámbito de la Universidad
no se cuenta a la fecha con una carrera específica relacionada con esta
temática, la cual tiene aspectos multidisciplinarios tratados por los
Departamentos involucrados;
Que la creación de la carrera amplía
la oferta educativa de la UNS, siendo un nexo entre la Universidad y la
comunidad de Bahía Blanca y su área de influencia, en la permanente búsqueda de
soluciones a los problemas ambientales;
Que la carrera propuesta cumple con
la carga horaria mínima establecida por el Ministerio de Cultura y Educación, Decreto 256/94;
Que el Departamento de Geología
participa activamente en estudios de problemáticas ambientales desde 1982 y
desarrolla desde 1993 investigaciones y docencia en Geología Ambiental Urbana;
Que en 1996, un grupo de
investigación de la cátedra de Hidrogeología recibió un Subsidio para Areas
Temáticas (S.A.T) de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Extensión
Universitaria de la UNS para desarrollar un proyecto de consolidación de un
grupo de trabajo en temas ambientales; el mismo ha venido realizando tareas en
este tema en forma ininterrumpida hasta la actualidad, tanto en docencia como
en investigación y transferencia;
Que el Departamento de Geología
cuenta con la infraestructura docente y administrativa adecuada para
desarrollar la carrera;
Que la Comisión de la Asamblea
Universitaria emitió dictamen favorable;
POR ELLO,
La
Asamblea Universitaria en acuerdo tomado en su sesión extraordinaria del 17 de
octubre de 2007
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Crear en el ámbito de la UNS la carrera de “Técnico Universitario
en Medio Ambiente”.
ARTICULO
2º).- Otorgar a los egresados de la carrera creada en el art. 1º el título de “Técnico Universitario en Medio
Ambiente”.
ARTICULO
3º).- El título creado en el artículo anterior acreditará el perfil y los
alcances que se detallan en el Anexo de la presente resolución, según Decreto
Nº 256/94.
ARTICULO
4º).- Regístrese. Pase a Rectorado para la gestión y trámites de obtención de
validez nacional del título creado en el artículo 2º. Comuníquese al Sr.
Rector, al Consejo Superior Universitario y a los Departamentos Académicos para
su conocimiento y demás efectos. Tomen razón los Departamentos y dependencias
involucradas. Publíquese y archívese.
DR. PEDRO MAIZA
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
BETINA RECAMAN
SECRETARIA 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
A N E X O
Res. AU-13/07
TÉCNICO
UNIVERSITARIO EN MEDIO AMBIENTE.
PERFIL DEL
TITULO
El egresado
contará con la formación técnica necesaria para colaborar con profesionales de
primera categoría habilitados en el estudio de prevención, remediación o
restauración del medio ambiente mediante tareas complementarias a las
proyectadas o dirigidas por dichos profesionales.
ALCANCES
DEL TITULO
En las
tareas de campo estará capacitado para:
ù
Colaborar en
la identificación y selección de sitios de muestreo.
ù
Manejar
equipos de mediciones y muestreo.
ù
Tomar muestras
de suelo, vegetación y fauna, aguas superficiales y subterráneas y del aire.
ù
Realizar
tareas de manejo de instrumental y control de emisiones urbanas e industriales
(gases y ruidos).
ù
Identificar en
el paisaje: formas del terreno, vegetación, fauna, urbanización, etc.
ù
Colaborar en
la identificación de fuentes contaminantes (aguas servidas, chimeneas,
actividad industrial, basurales)
ù
Llevar a cabo
consultas y censos a los pobladores.
En las tareas de
laboratorio estará capacitado para:
ù
Implementar
técnicas analíticas de rutina.
ù
Describir y
realizar un análisis elemental de muestras de
suelo, agua y aire.
ù
Manejar
equipamiento de control de emisiones.
En las tareas de
gabinete estará capacitado para:
ù
Procesar datos
ù
Manejar bases
de datos de resultados.
ù
Elaborar
estadísticas
ù
Actuar como
auxiliar de los profesionales en la confección de informes técnicos.
ù
Asistir en el
manejo de sistemas de información geográfica.
Tales tareas
podrán ser desarrolladas tanto en la actividad privada (cooperativas,
industrias, laboratorios, empresas) como pública (municipios, secretarias de medio
ambiente, organismos de control medioambiental, universidades, institutos de
investigación, etc.)
DR. PEDRO MAIZA
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
BETINA RECAMAN
SECRETARIA 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA