ASAMBLEA UNIVERSITARIA
CONSIDERACION GESTION CSU
Resolución AU- 13/09
BAHIA BLANCA, 10 de diciembre
de 2009.
VISTO:
El artículo 35º del
Estatuto de
El artículo 48º inc. e) del Estatuto
de
El artículo 48º inc. h) del Estatuto
de
Las resoluciones y actas de sesiones
presentadas por el Consejo Superior Universitario a esta Asamblea,
correspondientes al período que va del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2008;
Las resoluciones del Sr. Rector
registradas ad-referéndum del Consejo Superior Universitario, remitidas a esta
Asamblea y correspondientes al mismo período;
Las resoluciones AU 05/1999, AU
01/2000, AU 01/2001, AU 04/2002, AU 06/2003, AU 10/2004, AU 03/2005, AU
09/2006, 020/2007 y 012/2008, referidas a la consideración de la gestión anual
del Consejo Superior Universitario, en las que se efectúan distintas
observaciones y recomendaciones;
Los dictámenes de
El dictamen de
La iniciativa de Asambleístas
integrantes de la comisión para solicitar al Sr. Presidente del CSU un reporte
detallando sobre la forma en que se encauzaron las observaciones que
CONSIDERANDO:
Que
Que algunas de las
recomendaciones y observaciones efectuadas por
Que de acuerdo con
el artículo 10º inc. a) del Reglamento de funcionamiento de
POR ELLO;
RESUELVE:
Artículo 1º: Efectuar al
Consejo Superior Universitario
las recomendaciones y observaciones detalladas en el Anexo a la
presente.
Artículo
2º:
Encomendar al Consejo Superior
Universitario proceda a la lectura de esta resolución
en reunión plenaria
y arbitre las
medidas conducentes a evitar la reiteración de las observaciones realizadas.
-
Artículo 3º: Regístrese.
Comuníquese al señor
Rector y, por su intermedio, al Consejo Superior Universitario. Agréguese para
sus antecedentes al expediente. Publíquese el texto completo en el Boletín
Oficial, en sitios visible de avisadores de las Unidades Académicas y en el
sitio web de
DR. HUGO LABORDE
PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
CONSIDERACION DE
Período 01 Enero al 31 Diciembre de 2008
Como primera medida se destaca la respuesta
recibida por parte del Sr. Secretario General del CSU en nombre de ese Cuerpo,
detallando cómo se encauzaron las observaciones que
En particular se destaca que se han adoptado
mecanismos para verificar la corrección de la redacción y fundamentación
de dictámenes y resoluciones; que se han corregido las fórmulas para proceder a
la reválida de designaciones, evitando la -incorrecta- alusión a 'reválidas de
cargos'; que se está evaluando la adopción del sello-escalera para poder
establecer rápidamente la cadena de intervenciones en las actuaciones; que se
ha implementado un sistema que permite una ratificación más ágil de las
resoluciones ad-referéndum, a los efectos de reducir las demoras recurrentes en
estos actos.
Para mayor claridad de la presentación de las
diferentes cuestiones se las clasificado en las
siguientes:
ASPECTOS GENERALES
Se recomienda que la redacción de resoluciones
haga alusión clara entre sus antecedentes a los contenidos de las citas. De
esta forma se procura que la lectura permita su comprensión en líneas generales
sin recurrir de manera imprescindible a la consulta de las fuentes.
Se recomienda que el CSU estudie la forma de descentralizar
su actividad y trasladar al ámbito correspondiente la toma de las decisiones
pertinentes.
Se recomienda al CSU modificar la resolución
0443/2001, que reglamenta el art. 7 del Estatuto a
los efectos de precisar sus alcances. El anexo de la resolución indica que es
aplicable a “institutos, centros, laboratorios, gabinetes, talleres o entes
similares que desempeñen tareas de investigación o extensión, dependientes de
uno o más departamentos”. Fuera de lo administrativo y lo docente, la
investigación y la extensión son tareas fundamentales de toda
Cuestiones relativas al CEMS
Se observa que llegan al ámbito del CSU y del Sr. Rector
cuestiones que, se entiende, podría considerarse en ámbito del CEMS (por
ejemplo CSU 098/2008; CSU 081/2008; CSU/2008).
En el marco de los aspectos generales antes
citados, se recomienda que el CSU estudie la forma de descentralizar su
actividad y trasladar al CEMS la toma de las decisiones pertinentes.
Cuestiones relativas a PERSONAL
Se observa en
resoluciones referidas a la contratación y designación de personal, y el
otorgamiento de asignaciones complementarias, atribuciones que le son propias y
actos por demás frecuentes en el ámbito del CSU, que no hay
uniformidad en los términos de las redacciones, citándose en
algunos casos cargos y categoría, mientras que en otros no; haciendo en algunos
casos alusión a antecedentes destacados de los nombrados, mientras que en otros
no; siendo ambiguos en algunos casos la definición de los períodos de la
vinculación; etc. (por ejemplo CSU 0132/2008; CSU 0124/2008; CSU 0131/2008; CSU
0128/2008; CSU 0127/2008; CSU 0126/2008; CSU 0115/2008; CSU 0125/2008; CSU
0130/2008; CSU 044/2008; CSU 093/2008; CSU 033/2008; CSU 0247/2008; CSU
0248/2008; CSU 0249/2008; CSU 0310/2008; CSU 0734/2008; CSU 0680/2008).
Se recomienda que el CSU estudie, para estas
acciones cotidianas, la posibilidad de establecer textos pro-forma conteniendo
y unificando forma y contenido para las designaciones, contrataciones,
renuncias, y todo otro procedimiento regular y frecuente referido a personal de
Cuestiones relativas a las UNIDADES ACADÉMICAS
La resolución CSU 068/2008 crea un programa de
Idiomas dependiente de
De igual modo se recomienda que el CSU, al
momento de asignar espacios académicos a los Departamentos, observe las áreas
de desempeño de cada uno para realizar la distribución.
Cuestiones relativas a ALUMNOS
Se reitera, una vez más y a modo de
recomendación que, a la brevedad posible, el CSU proceda a considerar y aprobar
una alternativa al presente Reglamento de Admisión y Disciplina de Alumnos
(resolución R612 bis/77) concebido durante el último gobierno de facto,
cabiendo así un cambio profundo acorde a la presente condición democrática.
Cuestiones relativas a
Las resoluciones CSU 0119/2008 y CSU 0144/2008
aprueban los reglamentos de funcionamiento para los Institutos InGeoSur (Geológico del Sur) e IIIE (de Investigaciones en
Ingeniería Eléctrica). Se advierte inmediatamente en la lectura un cambio de filiación
de los institutos en cuestión.
En efecto, de depender
de Departamentos Académicos pasan a ser
Institutos UNS-CONICET, siendo naturalmente y para este último, el CSU el
interlocutor natural, no los Consejos Departamentales.
En la resolución AU 12/2008
En relación a las resoluciones CSU 0119/2008 y
CSU 114/2008,
En conclusión,
RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CSU
Se han vuelto a observar resoluciones ad
referéndum del CSU cuya ratificación demoró tiempos excesivos (CSU 0296/2008;
CSU 0299/2008; CSU 0317/2008; CSU 0333/2008; CSU 0241/2008; CSU 0300/2008; CSU
0268/2008; CSU 0417/2008; CSU 0293/2008; CSU 0344/2008; CSU 0283/2008; CSU
0297/2008; CSU 0380/2008). Cabe destacar en este apartado que el Sr. Secretario
General del CSU ha indicado que, desde el presente 2009, se ha implementado un
sistema que permite una ratificación más ágil, hecho que resulta elogiable.—
DR. HUGO LABORDE
PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA