ASAMBLEA UNIVERSITARIA
CONSIDERACION GESTION
ANUAL DEL C.S.U PERIODO 2012
Resolución AU -
18/13
Expte. 3636/12.
BAHIA BLANCA, 21 de noviembre
de 2013.
VISTO:
El artículo 48º inc. e) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, que atribuye a la Asamblea Universitaria la consideración de la gestión anual del Consejo Superior Universitario;
Las resoluciones presentadas por el Consejo Superior Universitario
a esta Asamblea, correspondientes al período que va del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2012;
Las resoluciones del Sr. Rector registradas ad-referéndum del Consejo Superior Universitario, remitidas a esta Asamblea y correspondientes al mismo período;
El examen de diferentes expedientes provistos por la Administración de la Universidad Nacional del Sur, correspondientes al mismo período;
Las resoluciones anteriores de la Asamblea Universitaria referidas a la consideración de la gestión anual del Consejo Superior Universitario, en las que se efectúan distintas observaciones y recomendaciones;
La resolución CSU 201/10 referida a la situación del Centro de Estudiantes de Ciencias de la Administración (CECA), y
CONSIDERANDO:
Los dictámenes de la Asesoría Letrada números
2483/1993, 2510/1993 y 2609/1993, referidos a las relaciones de carácter
político-institucional entre la Asamblea Universitaria y el Consejo Superior
Universitario; y
El dictamen de la Asesoría Letrada número 4934/2003, referido a las relaciones entre el Reglamento y el acto administrativo de aplicación;
Que de acuerdo con el artículo 10º inc. a) del Reglamento de funcionamiento de la Asamblea Universitaria, las resoluciones de este Cuerpo importan el ejercicio pleno de la competencia de la Asamblea y surten efectos obligatorios en el ámbito de la Universidad;
Que a la fecha no hubo resolución de la situación del Centro de Estudiantes de Ciencias de la Administración (CECA);
La Asamblea Universitaria, en acuerdo tomado en su sesión ordinaria de prórroga del día 20 de noviembre de 2013 y en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar en general la Gestión Anual del Consejo Superior Universitario correspondiente al período que va del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2012.-
ARTÍCULO 2º: Presentar al Consejo Superior Universitario las recomendaciones y
observaciones detalladas en el Anexo I a la presente.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar al Consejo Superior Universitario el análisis de esta Resolución en sesión plenaria y que arbitre las medidas conducentes a corregir las observaciones e implementar las recomendaciones señaladas en el Anexo I. Una vez concretadas estas acciones, debe comunicarlas a la Asamblea Universitaria
ARTÍCULO 4º: Instar al CSU que arbitre los medios necesarios para la realización de elecciones en el Centro de Estudiantes de Ciencias de la Administración (CECA) a la mayor brevedad posible, a fin de regularizar la situación de dicho Centro de Estudiantes.-
ARTÍCULO 5º: Solicitar al CSU plantee un marco institucional transparente y eficaz para la administración de los recursos destinados a becas y subsidios internos.-
ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese al señor Rector y por su intermedio, al Consejo Superior Universitario. Publíquese el texto completo en el Boletín Oficial, en sitios visibles de avisadores de las Unidades Académicas y en el sitio web de la UNS. Cumplido, archívese.-
ING.AGR.MG. LILIANA GALLEZ
PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA
LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS
SECRETARIO 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO I
CONSIDERACION DE LA GESTION ANUAL DEL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
Período 01 de Enero al 31
Diciembre de 2012
1) Aspectos Generales
·
Se observan
errores al escribir las resoluciones ya sea porque se confunden los números de
las resoluciones a las que hacen referencia o se escriben mal los nombres o
pedidos realizados. Ejemplos: Res CSU 033/12 (error en el nombre de la
institución educativa a la que hace referencia), 089/12 (se solicita una
licencia y se acepta una renuncia), 229/12, 230/12, 231/12 y 275/12 (errores en
los considerandos que hacen referencia a resoluciones previas).
·
Resolución en la
que se salteó su numeración correlativa por quedar su número vacante (161/12).
Se solicita a la Secretaría del CSU que, al momento de elevar la gestión anual
para su consideración por parte de la AU, informe aquellos números de
resolución que por diversos motivos quedaron vacantes.
·
Resolución donde
la numeración de los artículos está realizada de forma discontinua (Resolución
CSU 342/12).
·
Resolución donde
falta en los considerandos el mes de la reunión en que fue aprobada (Resolución
CSU 765/12).
·
Resolución donde
no hay coincidencia entre la fecha de la resolución y la fecha de aprobación
que figura en el considerando (Resolución CSU 826/12).
·
Resoluciones
donde falta el sello del Rector y/o del Secretario del Consejo Superior
Universitario (Resoluciones CSU 606/12, 634/12, 694/12 y 695/12).
·
En la Resolución
referida al Presupuesto de la UNS (Resolución CSU 092/12) existe heterogeneidad
en el número de decimales utilizados. Se recomienda utilizar en las
resoluciones un número homogéneo de decimales.
·
Para evitar
inconvenientes de interpretación se debe verificar minuciosamente la
coincidencia de los valores monetarios expresados en letras y en números
(Resoluciones CSU 621/12, 622/12 y 768/12).
·
Las resoluciones
deber ser textos consistentes y con fundamentos suficientes para evitar
entorpecer el proceso de revisión. Se observan resoluciones donde no se deriva
de la propia resolución el procedimiento que lleva a tomar la misma. Ejemplos:
Res CSU621/12 y 622/12 (sobre asignación de fondos a proyectos de Extensión y
Voluntariado) y Res. 816/12 (recurso elevado al CSU por la anulación de un
concurso de auxiliar docente decidida por el Consejo Departamental del
Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia).
2) Cuestiones relativas a
PERSONAL DOCENTE
·
Se deben
fundamentar adecuadamente las designaciones directas cuando se decide un
contrato en un puesto docente. Como mínimo, deberá mediar una selección de los
potenciales candidatos en base a sus antecedes. Al mismo tiempo, se recomienda
que los contratos docentes, dada la inestabilidad laboral que los mismos
implican, sean utilizados solo para cubrir situaciones excepcionales y en forma
transitoria. Ejemplos: Res CSU 237/12, 267/12 y 829/12. Entendemos que este
mecanismo también puede ser aplicable para la designación de personal no
docente.
·
Resolución
referida a una designación docente donde no coincide la asignatura mencionada
en el visto con la asignatura mencionada en la parte resolutiva (Res CSU
773/12).
3) Cuestiones relativas a
ESTUDIANTES
·
En algunas de las
Resoluciones referidas a pasantías otorgadas a alumnos falta la indicación del
monto de la erogación, el docente responsable o la carga horaria (Res CSU
591/12 y 682/12). Es necesario que en todas las Resoluciones referidas a
pasantías se incorpore esta información.
·
Respecto a las
becas y subsidios internos, se solicita la provisión de información clara y concisa
referida a los montos y fechas de las erogaciones realizadas, ya sea al momento
del otorgamiento de la ayuda o de la reasignación de fondos a otros fines por
la razón que fuese. Ej: Cupos vacantes
·
En la Res 241/12
existen errores respecto al número de comidas asignadas, ya que se informa que
se otorga un almuerzo a cada alumno cuando, de acuerdo a lo fundamentado en la
parte resolutiva, debería otorgarse un almuerzo y una cena diaria.
·
Respecto a las
Becas de intercambio internacional, la Res 610/12 hace referencia a una
convocatoria donde el 50% es financiado por la institución a la que asistirá el
beneficiario y el otro 50% debe ser aportado por el alumno. Para muchos alumnos
con condiciones académicas suficientes para acceder, lo económico suele ser un
limitante. Se solicita que en la difusión de dichas becas se incentive al
alumnado a realizar gestiones tendientes a conseguir el financiamiento restante
ya sea a través de instituciones privadas o públicas. Al mismo tiempo, se debe
informar que los alumnos pueden elevar un pedido a su Departamento, sin que
ello signifique un compromiso formal por parte de los mismos.
4) Cuestiones relativas a
RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CSU
·
Hay resoluciones
que muestran demoras en apariencia excesivas entre su registro y su
ratificación (Ej: R162/12, R218/12, R225/12 y
R768/12). Se reitera, tal como se hizo en años anteriores, que es muy
importante que las debidas ratificaciones acontezcan dentro de un margen de
tiempo que no haya generado derechos a terceros que den lugar a posteriores
reclamos en caso de no resultar convalidadas, lo que se materializa en la
recomendación de ratificarlas tan pronto como sea posible.
·
Se observan
Resoluciones ad referéndum donde no se menciona que debe enviarse al CSU para
su ratificación (Res. R207/12 y R231/12).
5) Cuestiones relativas a
PATRIMONIO y PRESUPUESTO
·
La Resolución CSU
286/12 cede temporalmente tierras a la UPSO, mediante un contrato de comodato
por 99 años. Corresponde a la AU disponer en lo general al respecto, dejando en
manos del CSU los aspectos y detalles contractuales. Esta observación ya ha
sido realizada en resoluciones pasadas de esta AU (Res. AU 05/13). Esta
atribución de la AU debe ser tenida en cuenta por el CSU en futuros casos
similares
·
La Resolución CSU
276/12 acepta fondos provenientes de un programa de cooperación con Brasil sin
indicar el monto de los fondos recibidos. Es necesario que, al recibir fondos,
se indique en la Resolución el importe recibido.
6) Cuestiones relativas a
PERSONAL
Asuntos No docentes
·
El Consejo
Superior Universitario debe tener en cuenta algunos lineamientos respecto a
la aprobación de pasantías internas.
En
algunas resoluciones aprobadas por el CSU en la gestión 2012, las pasantías de
alumnos no cumplen con el objetivo de ser formativas o educativas, sino que
enmascaran funciones de planta no docente previstas en nuestro Convenio
Colectivo de Trabajo. Ejemplos:
·
CSU-157/12 - Desarrollo de una base de datos, digitalización de
revistas y base de archivos electrónicos.
·
CSU-367/12 - Edición y catalogación de publicaciones.
·
CSU-368/12 - Subir información a la página web, publicar eventos y
difundirlos.
·
CSU- 591/12- Desarrollo de una base de datos.
·
CSU-830/12 - Para editar revistas científicas en formato
electrónico.
Respecto
a las prórrogas de pasantías aprobadas, en
los casos que se señalan no se trata de actividades "formativas o
educativas" para alumnos.
·
CSU-592/12 - Para desempeñar "tareas" (sin especificar
cuáles) en una Subsecretaría.
·
CSU-703/12 - Para recibir y acompañar alumnos.
Tratándose
de un control de gestión, queremos señalar la importancia de sostener y
continuar algunas políticas implementadas tendientes a la creación de
cargos de planta, como en el caso de la designación realizada por Res. CSU
- 387/12 por iniciativa de la Subsecretaría de Derechos Humanos, como acto de
reparación de las atrocidades cometidas durante el terrorismo de estado.
Señalamos
también como avance la reducción del monto de horas extras (CSU- 392/2012) dado
que aspiramos a obtener mayor cantidad de puestos de trabajo y retribuciones
dignas que no hagan necesario sobrecargar las tareas de ningún trabajador.
Observamos
que durante el 2012, a diferencia del 2011, el agrupamiento de Mantenimiento y
Servicios Generales no ha crecido, señalando que el área "Servicios
Generales" sigue siendo objeto de tercerización o cobertura por locación
de servicio.
Nos
parece auspiciosa la resolución de Retribuciones Complementarias No Permanentes
para el Personal No Docente (RETCOM) registrada por resolución CSU-497/2012,
dado que prioriza a los agentes de planta respecto a la producción de bienes y
servicios, conforme a las necesidades institucionales. En este sentido
solicitamos que el sistema respete ese sentido.
La
emisión de recibos de sueldo a través de la página Web (CSU-479/2012) nos
parece una política acertada y en ese sentido instamos a continuar con
políticas que simplifiquen trámites, garanticen celeridad en la información y
transparencia.
Señalamos
también como hecho positivo, la incorporación del personal no docente en la CAP
(Comisión Asesora de Planeamiento) por resolución CSU-842/2012 y las políticas
de capacitación que tiene en cuenta el plan Estratégico Institucional
(CSU-325/12) en las que es necesario avanzar.
Por
último celebramos especialmente la creación de un área que la universidad le
debía a la comunidad, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la UNS
(resolución CSU- 2/2012). Lo mismo que la creación de la Unidad de
Documentación y Archivo dependiente de ese ámbito (CSU- 834/2012). Asimismo
destacamos el reconocimiento al personal que trabajó en el relevamiento
arqueológico de "La Escuelita" entre el cual figura un trabajador no
docente (CSU-671/2012).
7) Cuestiones relativas a
TEMAS ESPECÍFICOS
· Respecto a la cuestión del CECA. Dado que el CECA se encuentra en una situación irregular desde el año 2009, se solicita al CSU que arbitre los medios necesarios para la realización de elecciones en dicho Centro de Estudiantes a la mayor brevedad posible a fin de regularizar la situación. Esta observación ya fue realizada por la AU con anterioridad al considerar gestiones pasadas del CSU (Res AU 04/2012 y 05/2013), a partir de la resolución CSU 201/10.
ING.AGR.MG. LILIANA GALLEZ
PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA
LIC. GUILLERMO PERA VALLEJOS
SECRETARIO 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA