ASAMBLEA
UNIVERSITARIA
CONSIDERACION
GESTION ANUAL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO PERIODO 2014
Resolución
AU 18/15
BAHIA BLANCA, 30 de
noviembre de 2015 .
VISTO:
Las
resoluciones presentadas por el Consejo Superior Universitario a esta Asamblea,
correspondientes al período que va del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2014;
Las
resoluciones del Sr. Rector registradas ad-referéndum del Consejo Superior
Universitario, remitidas a esta Asamblea y correspondientes al mismo período;
El
examen de diferentes expedientes provistos por la Administración de la
Universidad Nacional del Sur, correspondientes al mismo período;
Los
dictámenes de la Asesoría Letrada 2483/93, 2510/93 y 2609/93, referidos a las relaciones de carácter
político-institucional entre la Asamblea Universitaria y el Consejo Superior
Universitario;
Las
resoluciones previas de la Asamblea Universitaria referidas a la consideración de la gestión anual del Consejo
Superior Universitario, en las que se efectúan distintas observaciones y
recomendaciones;
La
resolución CSU 201/10, las resoluciones AU 04/12, 05/13, 18/13 y 13/14 y dictámenes de la asesoría letrada referidas
a la situación del Centro de Estudiantes
de Ciencias de la Administración (CECA); y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 48º inc. e) del Estatuto
de la Universidad Nacional del Sur atribuye a la Asamblea Universitaria la
consideración de la gestión anual del Consejo Superior Universitario;
Que
de acuerdo con el artículo 10º inc. a) del Reglamento de funcionamiento de la
Asamblea Universitaria, las resoluciones de este cuerpo importan el ejercicio
pleno de la competencia de la Asamblea y surten efectos obligatorios en el ámbito de la Universidad;
Que
la Asamblea Universitaria está facultada para realizar observaciones y emitir
juicios de valor sobre las decisiones del Consejo Superior Universitario,
haciendo uso de “una
competencia propia expresamente deferida por el Estatuto y que trasunta el
ejercicio de un control político” (dictamen Asesoría Letrada 2510/93);
Que
las pasantías deben estar estrictamente limitadas a experiencias con objetivos
centrados exclusivamente en la transferencia de competencias de difícil
adquisición por la vía formal y que varias de las resoluciones del CSU de 2014
han otorgado la renovación de pasantías en actividades que no justifican su
prolongación y/o que impliquen una acumulación de saberes significativa para el
candidato;
Que
la UNS forma parte de la sociedad en la cual está inmersa, siendo parte
importante de la misma en la ciudad de Bahía Blanca como en la zona, tanto por
la gran comunidad universitaria que posee (docentes, no docentes, alumnos) como
por ser la institución educativa más grande en el sur de la provincia, es
importante que dé su opinión en temas relevantes de la sociedad que afectan
directa o indirectamente a su comunidad;
Que
en el período bajo consideración no hubo resolución de la situación del Centro
de Estudiantes de Ciencias de la Administración (CECA), a pesar de las
distintas observaciones y resoluciones de ésta AU;
La Asamblea
Universitaria en su sesión ordinaria de prórroga del 25 de noviembre de 2015
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Aprobar en general la Gestión
Anual del Consejo Superior Universitario correspondiente al período que va del
01 de Enero al 31 de Diciembre de 2014.
ARTÍCULO 2º:
Presentar al Consejo Superior Universitario las recomendaciones y observaciones
detalladas en el Anexo I a la presente.
ARTÍCULO 3º: Encomendar
al Consejo Superior Universitario la lectura y análisis de esta Resolución en
sesión plenaria y que arbitre las medidas conducentes a corregir las
observaciones e implementar las recomendaciones señaladas en el Anexo I.
ARTÍCULO 4º: Regístrese.
Comuníquese al señor Rector y por su intermedio al Consejo Superior
Universitario. Publíquese el texto completo en el Boletín Oficial, en sitios
visibles de avisadores de las Unidades Académicas y en el sitio web de la UNS.
Cumplido, archívese.
EDGARDO
RENÉ ALBOUY
PRESIDENTE
ASAMBLEA
UNIVERSITARIA
GUILLERMO
PERA VALLEJOS
SECRETARIO
1º
ASAMBLEA
UNIVERSITARIA
ANEXO I
CONSIDERACION DE LA GESTION ANUAL DEL CONSEJO
SUPERIOR
UNIVERSITARIO
Período 01 de Enero al 31 Diciembre de 2014
1) Aspectos Generales
Se observan errores en la redacción de algunas resoluciones:
. Res. CSU 133/14: error en el título de uno de los jurados.
. Res. CSU 301/14: error en el período considerado.
. Res. CSU 518/14: error en el nombre de la docente en los
considerandos.
. Res. CSU 554/14: afirma que “nos es conveniente” cuando debería decir
“no
es
conveniente”.
. Res. CSU 869/14: diferencia en la cantidad de horas de la materia en
letras y
en números.
. Res. CSU 880/14: error en el nombre de la docente en los
considerandos.
Se ha observado el otorgamiento reiterado de ayudas económicas al
personal o alumnos de la UNS para cubrir gastos médicos. En tal sentido se pide
que cumpla con la resolución AU 04/12 y 13/14 donde se recomienda en lo
sucesivo no hacer mención al nombre del beneficiario, utilizando únicamente el
número de legajo (o número de LU en caso de ser alumno), procurando así
preservar la privacidad de la persona afectada (Ej:
Res. CSU 370/14, 390/14, 809/14, 833/14). En el mismo sentido, se propone
instar al SOSUNS a cubrir los gastos no contemplados en las coberturas
regulares de afecciones que requieren largo tratamiento y aquellos destinados a
mejorar la calidad
de vida de
las personas.
Se observan resoluciones con
fundamentos e información insuficientes, donde no se deriva de la propia
resolución el procedimiento que llevó a tomar la misma (Ej:
Res. CSU 03/14, 19/14, 81/14, 163/14, 197/14, 198/14, 199/14, 231/14, 651/14).
2) Cuestiones relativas
a PERSONAL DOCENTE
Se recibe con satisfacción la decisión del CSU de haber aprobado el
nuevo Régimen de Licencias Docentes (Res. CSU 82/14), siendo un avance muy
importante tanto por la nueva reglamentación sobre diferentes licencias, como
la incorporación de conceptos como Paternidad, Maternidad, Adopción, Lactancia,
etc. así como la ampliación de los derechos de ciertas clases de licencia para
el personal con dedicación simple (Res. CSU 628/14).
Se destaca positivamente la modificación del Reglamento del Concurso de
Profesores ordinarios, permitiendo el desarrollo de la clase pública por medio
de videoconferencia en caso de existencia de un único concursante (Res. CSU
252/14).
Se observaron resoluciones
referidas a contratos en los cuales no estaba adecuadamente fundamentada esta decisión. Se
recomienda enfáticamente que en estos casos se incluya en los vistos y/o
considerandos de la resolución los motivos que llevaron a la designación del
docente (Ej: Res. CSU 48/14, 163/14, 164/14, 480/14, 612/14, 629/14, 666/14, 710/14).
Se observaron resoluciones referidas a contratos con renovaciones
reiteradas a lo largo de los últimos 5 años (Ej: Res
CSU 53/14, 81/14, 427/14). En estos casos se propone, salvo situación
excepcional que lo justifique, regularizar la situación creando los cargos
ordinarios correspondientes.
Se observan casos de asignaciones complementarias con renovaciones
reiteradas a lo largo de los últimos 10 años (Ej: Res
CSU 22/14, 828/14, 829/14). En particular, se observa en las EMUNS una
asignación complementaria que data del año 2003 (Res. CSU 826/14). Esta AU
recomienda que se arbitren los medios para la regularización de esta situación,
creando los cargos ordinarios correspondientes.
Dado que aún no se estableció la
posibilidad de presentar la renuncia condicionada cuando un docente cumple 70
años y que se han otorgado numerosas excepciones al respecto (Ej: Res. CSU 721/14, 799/14, 825/14, 871/14, 894/14) esta
comisión recomienda modificar la normativa vigente permitiendo a los docentes
presentar su renuncia condicionada al cumplir los 70 años.
3) Cuestiones relativas a PERSONAL NO DOCENTE
Se destaca la continuación del plan de creación de 60 cargos no
docentes, de los cuales 20 fueron asignados en el período bajo análisis (Res.
CSU 373/14).
Se destaca la reglamentación de la provisión de ropa de trabajo y de
elementos de seguridad e higiene para el personal no docente (Res. CSU 822/14).
Se observan pasantías internas en tareas que podrían ser realizadas por
personal no docente (Ej: Res. CSU 233/14, 236/14). Se
recomienda que el régimen de pasantías internas se aplique solo en aquellos
casos donde la misma contribuya a la formación de los alumnos en temas
vinculados al área disciplinaria en la cual se está formando.
Asimismo, es conveniente que la duración de las mismas esté debidamente
justificada en relación a las tareas a desarrollar.
Se observan resoluciones de creación de cargos los cuales son llamados a
concurso cerrado, pero para dicha creación se utiliza el cargo dejado “vacante”
por el agente que gane dicho concurso (Ej: Res. CSU
51/14, 110/14, 355/14, 433/14, 473/14, 526/14, 527/14, 659/14, 729/14, 730/14,
774/14, 820/14). Es necesario que se busquen los mecanismos para dejar de
realizar ésta práctica, para evitar posibles conflictos.
Se observa que algunas tareas del
área Servicios Generales” siguen siendo objeto de tercerización o cobertura por
locación de servicio, situación que ya había sido observado por ésta AU en
ocasiones anteriores.
Se observan varias resoluciones de reestructuración y/o traslado de
cargos de personal no docente (Ej: Res. CSU 49/14,
61/14, 62/14, 63/14, 64/14, 65/14, 69/14, 109/14, 318/14.). Sería deseable que
las necesidades de personal no docente cubiertos ya
sea por creación, reestructuración o traslado de cargos, se ajusten a una
planificación estratégica que contemple el conjunto del personal no docente de
la UNS.
4) Cuestiones relativas a ESTUDIANTES
Se destaca la ampliación del programa de tutorías como mecanismo
facilitador de adaptación de los alumnos a la vida universitaria (Ej: Res. CSU 165/14).
Se destaca la política de implementación de Cursos de Nivelación a
Distancia, recomendándose la ampliación
de los mismos a otras asignaturas tales como Resolución de Problemas (Res. CSU
267/14).
Se recibe con satisfacción la incorporación de alumnos extranjeros de
intercambio al SIU Guaraní, facilitando el proceso administrativo durante su
presencia en nuestra Universidad (Res. CSU 219/14) así como la posibilidad de
solicitar certificados de alumno regular mediante el mismo sistema (Res. CSU
342/14).
Se destaca la incorporación al
sistema Moodle del acceso a las cátedras como
“Invitado”, lo que facilita el acceso a la información de aquellos alumnos que
cursaron la materia en años anteriores (Res. CSU 326/14).
Se recibe con satisfacción el
proceso de ordenamiento de criterios para los programas de movilidad estudiantil
(Res. CSU 555/14).
Se destaca la eliminación de los
cupos a los exámenes finales así como la flexibilización de los criterios a la
hora de la superposición de exámenes (Res. CSU 635/14).
Se recibe con satisfacción la implementación de un nuevo sistema de beca
para los alumnos de la UNS consistente en la entrega de bicicletas (Res. CSU
279/14).
En el caso de las ayudas
otorgadas por la Secretaría General de Bienestar Universitario, no es claro el
proceso de asignación de las mismas así como los cupos para cada tipo de beca.
Se recomienda, tal como se hizo en resoluciones previas de esta AU, que se
clarifique en las resoluciones el proceso de asignación de las becas así como
los cupos existentes para cada tipo de ayuda y la proporción de estudiantes
cuyo pedido de ayuda fue atendido positivamente (Ej:
Res. CSU 284/14, 285/14, 286/14, 294/14, 298/14, 423/14, 424/14, 425/14,
470/14).
Se observan pasantías con fundamentos e información insuficientes, donde
no se deriva de la propia resolución el procedimiento que llevó a tomar a los
alumnos interesados, la enseñanza que deja a los mismos (Ej:
Res. CSU 144/14).
5) Cuestiones relativas a las EMUNS
Se observa que la misma docente que designada en la Presidencia del CEMS
ocupa la dirección de una de las EMUNS. Esto genera la necesidad de reducir la
carga horaria de la docente en la dirección de la escuela a 20 horas, lo que
resulta perjudicial para el establecimiento (Res. CSU 04/14). Esta AU considera
que ambos puestos son lo suficientemente relevantes para que el tiempo que se
dedique a cada uno de ellos sea el establecido al momento de su creación.
6) Cuestiones relativas
a EDIUNS
Teniendo en cuenta que el director de EDIUNS es designado a propuesta
del Sr.
Rector y que existen desfasajes entre la duración del mandato del Sr.
Rector y del
director de EDIUNS,
lo que lleva al otorgamiento de prórrogas en el mandato de este último (Res.
CSU 07/14), se recomienda extender la duración del mandato del director de
EDIUNS para hacerlo compatible con la duración del mandato del Sr. Rector.
7) Cuestiones relativas
a PRESUPUESTO y PATRIMONIO
Se recomienda que se arbitren los medios necesarios para concretar el
proyecto de Jardín Maternal para toda la comunidad universitaria, ya solicitado
en las Res. AU 05/13 y 13/14.
8) Cuestiones relativas
a la CALIDAD INSTITUCIONAL
Se recibe con satisfacción la obligatoriedad de la difusión de las
actividades de los Consejos Departamentales en los sitios web de cada unidad
académica (Res. CSU 689/24).
Se destaca la implementación de un sistema de transmisión online de las
sesiones del CSU (Res. CSU 731/14).
Se observa que durante 2014
continuó sin resolución el conflicto respecto al Centro de Estudiantes de
Contador y Administración (CECA) pese a los reiterados reclamos por parte de
esta AU (Res. AU 04/12, 05/13, 18/13 y 13/14). Aún cuando durante el presente
año dicha situación tendió a regularizarse, esta AU considera que situaciones
de estas características, que dañan la calidad institucional de la Universidad,
no deben repetirse bajo ninguna circunstancia en el futuro. Se insta al CSU a
tomar las medidas necesarias para evitar situaciones similares.
9) Cuestiones relativas a CONVENIOS MARCO Y
APORTES DE EMPRESAS
PRIVADAS
Se sugiere al CSU que en los Vistos y/o Considerandos de las
resoluciones sobre
convenios marcos, se
exponga en forma general los beneficios para ambas partes de la celebración
dicho convenio, cuestión ya solicitada en la Res. AU 13/2014. Esto no se
observa en un considerable número de resoluciones (Ej:
Res. CSU 038/13, 039/13, 156/14, 310/14, 311/14, 344/14, 347/14, 349/14,
408/14, 431/14, 437/14, 484/14, 485/14, 532/14, 540/14, 541/14, 569/14, 603/14,
604/14, 649/14, 657/14, 658/14, 679/14, 699/14,746/14, 748/14, 749/14, 752/14, 789/14,
835/14).
10) Cuestiones
relativas a la PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Se recibe con gran satisfacción la creación del Programa de Gestión
Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), así como la posibilidad de
participación en el mismo de estudiantes de diferentes carreras de la UNS (Res.
CSU 322/14).
Se destaca el avance en la implementación del plan de parquización del Campus de Palihue
(Res. CSU 877/14).
11) Cuestiones
relativas a DERECHOS HUMANOS
Destacamos que se continúe con la política de ceder las instalaciones de
la UNS para
la
realización de las Audiencias Orales y Públicas de la Causa correspondiente a
la
investigación de Delitos de Lesa Humanidad dentro de los Juicios de
Memoria, Verdad y Justica y el repudio a todo acto de violencia y terrorismo,
condenando el golpe de Estado realizado el 24 de Marzo 1976 (Res. CSU 86/14)
así como la instalación de Estaciones de Memoria en el Edificio Rosa del Campus
de Palihue (Res. CSU 667/14).
Se recibe con satisfacción la
realización de obras de accesibilidad en el Cuerpo C´ del
Complejo Alem (Res. CSU 186/14). Esta AU
recomienda continuar con el desarrollo
de obras en
este sentido en las diferentes instalaciones de la Universidad.
12) Cuestiones
relativas a la COMUNIDAD UNIVERSITARIA EN LA SOCIEDAD
Se recibe con satisfacción la decisión del CSU de expresar su apoyo al
proyecto de ordenanza del Honorable Consejo
Deliberante de la ciudad de Bahía Blanca para la creación del Boleto
Universitario (Res. CSU 84/14).
Se destaca la continuidad por parte de la Universidad del financiamiento
de proyectos
de extensión,
lo que fomenta un vínculo más estrecho entre la comunidad universitaria y el
medio. Esta AU recomienda que, dentro de las posibilidades presupuestarias,
para futuras convocatorias se incremente la cantidad de proyectos a financiar
(Res. CSU 815/14).
Se destaca el involucramiento del
CSU en relación a la situación salarial del personal docente, fijando su
postura al respecto y solicitando que se realicen los esfuerzos necesarios para
alcanzar un acuerdo paritario satisfactorio (Res CSU 410/14).
13) Cuestiones
referidas a RESOLUCIONES AD-REFERÉNDUM DEL SR. RECTOR
Existe un caso donde la
ratificación a una resolución ad-referéndum del Sr. Rector ocurre 7 meses
después (Res. R1751/13 por Res. CSU 328/14). Esta AU recomienda que entre el
dictado de una Resolución ad-referéndum y su ratificación por parte del CSU no
transcurra un plazo mayor a 30 días.
Se observa la reasignación de Economías Docentes y No Docentes para la
cobertura
de gastos de
infraestructura en forma transitoria debido a demoras por parte del
Ministerio de Educación en el envío de partidas presupuestarias (Res.
R1518/14). Si bien es entendible el empleo de estos recursos en situaciones
excepcionales, esta AU entiende que dicha política debe llevarse a cabo en
situaciones puntuales sin que este mecanismo se haga habitual.
EDGARDO
RENÉ ALBOUY
PRESIDENTE
ASAMBLEA
UNIVERSITARIA
GUILLERMO
PERA VALLEJOS
SECRETARIO
1º
ASAMBLEA
UNIVERSITARIA