CREACION CARRERA "TECNICO SUPERIOR AGRARIO EN SUELOS Y AGUAS".

 

Resolución AU-18/97.

Expediente DA-1297/97.

 

BAHIA BLANCA, 18 de diciembre de 1997.

 

VISTO:

La propuesta de creación de la carrera de "Técnico Superior en Suelos y Aguas";

 

El Estatuto de la Universidad Nacional el Sur que en su artículo 48º -inciso g- atribuye a la Asamblea Universitaria la facultad de crear carreras o títulos a propuesta del Consejo Superior Universitario;

 

La Resolución DA-139/97 del Consejo Departamental de Agronomía proponiendo al Consejo Superior Universitario la creación de la carrera de "Técnico Superior en Suelos y Aguas";

 

Que la Escuela de Agricultura y Ganadería, a través de su Director y su Regente de Estudios, se expidió favorablemente sobre la implementación de la misma;

 

La Resolución CSU-583/97 en la que se propone a la Asamblea Universitaria la creación de la carrera de "Técnico Superior en Suelos y Aguas";

 

Que la misma no requerirá gastos ni inversiones adicionales, afectándose al dictado de la misma el personal docente de esta Universidad; y

 

CONSIDERANDO:

Que la creación de la carrera "Técnico Superior en Suelos y Aguas" enriquece la oferta educativa de la Universidad Nacional del Sur en lo que a carreras cortas se refiere;

 

Que la implementación de la misma es académicamente factible, ya que existen recursos humanos capacitados para el dictado del plan propuesto;

 

Que el objetivo profesional de esta carrera es formar técnicos calificados para brindar apoyo a las tareas profesionales de la ingeniería agronómica;

 

Que es conveniente agregar el término "agrario" al título que se crea para caracterizar el campo de actuación de sus egresados;

POR ELLO,

 

La Asamblea Universitaria, en acuerdo tomado en su reunión extraordinaria del 17 de diciembre de 1997 y en uso de sus atribuciones,

 

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Crear la carrera de "Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas" en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur.-

 

ARTICULO 2º).- Otorgar a los egresados de la carrera creada en el artículo 1º el título de "Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas".

 

ARTICULO 3º).- Recomendar se remita el expediente de creación de la carrera de "Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas" a los Departamentos académicos y a la Secretaría General Académica.

 

ARTICULO 4º).- Regístrese. Comuníquese al señor Rector y por su intermedio al Consejo Superior Universitario. Publíquese y regístrese.

 

 

ING. RICARDO NESTOR CASAL

PRESIDENTE

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

MARIANO G. PEREYRA

SECRETARIO 1º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA