INGENIERIA ELECTRONICA
MODIFICA ALCANCES DEL TÍTULO Y PERFIL DEL GRADUADO/A
Resolución
AU-25/23
BAHIA BLANCA, 30 de noviembre de 2023.
VISTO
La Resolución AU-1/1997 que crea la
carrera Ingeniería Electrónica y las Resoluciones CU-0102/1987, CSU- 269/1997,
CSU-759/2005 que aprueban los planes de estudio y sus modificaciones hasta el
presente;
La convocatoria del Ministerio de
Educación para acreditar carreras de Ingeniería actualmente en curso (Res.
ME-149/2022);
La Resolución ME-1254/2018, que
establece actividades reservadas para los títulos de Ingeniería, entre ellos,
la correspondiente a la carrera Ingeniería Electrónica, y faculta a la vez a
las Universidades para dotar a las titulaciones de atributos tales como
Alcances del Título y Perfil de los Graduados;
La Resolución CSU-814/2023, que remite a
la AU la definición de Perfil y Alcances citados y promovidos
departamentalmente en la Resolución DIEC273/2023;
El Estatuto de la UNS, que regula en su
art. 48 inc. (c) como atribución de la AU y entre
otros, la creación y modificación de carreras y títulos profesionales, a
propuesta y por iniciativa del Consejo Superior Universitario; y
CONSIDERANDO
Que la oportunidad que moviliza cada
proceso de acreditación para revisar características y atribuciones de las
carreras y los títulos establece una práctica saludable en orden a mantener en
el foco de atención la calidad de la oferta formativa de la Universidad;
Que atento a la misma, la Comisión
Curricular de la carrera en particular, y el Departamento que la aloja en
general produjeron nuevos atributos vertebrales a la identidad de la misma, en
particular nuevos Perfil de Graduado/a y Alcances del Título;
Que se han satisfecho todos los pasos
pertinentes a la sanción de la modificación de los Alcances del Título y el
Perfil de los Graduados;
Por ello,
La Asamblea Universitaria en
sesión extraordinaria del 29 de noviembre, RESUELVE:
ARTICULO 1º: Modificar los Alcances del
Título y el Perfil del Graduado/a que otorga la carrera “Ingeniería
Electrónica”, estableciendo al efecto los señalados en el anexo a la presente
en directo reemplazo de los vigentes hasta el momento.—
ARTICULO 2º: Regístrese. Comuníquese al
Sr, Rector y por su intermedio al Consejo Superior Universitario para su
conocimiento y demás efectos. Tome razón el Departamento de Ingeniería
Eléctrica y de Computadoras.. Cumplido, archívese
MARIA MARIA IBAÑEZ MARTIN
Vicepresidente 1º ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
CARRERA: Ingeniería
Electrónica
TÍTULO: Ingeniero/a
Electrónico/a
PERFIL
PROFESIONAL DEL/DE LA EGRESADO/A:
El perfil de la/del Ingeniera/o
Electrónica/o es el de una/un profesional con una sólida formación en ciencias
y tecnologías básicas de la disciplina y con una formación técnica actualizada
y equilibrada en las tecnologías aplicadas. Estos aspectos contribuyen a
desarrollar su capacidad para aprender en forma continua y autónoma,
adaptándose a los avances y cambios tecnológicos propios de esta disciplina.
Su formación es generalista y la/o
habilita para concebir, planificar, ejecutar y controlar proyectos relacionados
con la generación, transmisión, y/o procesamiento de campos y señales,
analógicos y digitales; circuitos integrados; hardware de sistemas de cómputo
de propósito general y/o específico y el software a él asociado; hardware y
software de sistemas embebidos y dispositivos lógicos programables; sistemas de
automatización y control; sistemas de procesamiento y de comunicación de datos
y sistemas irradiantes. Con un manejo efectivo y competente de las técnicas y
herramientas propias de su disciplina, está preparada/o para contribuir a
generar e innovar en tecnología. Esta formación se complementa con la capacidad
para desempeñarse, integrarse y comunicarse de manera eficiente y efectiva con
equipos de trabajo multidisciplinarios.
Como corresponde a una/un profesional
comprometida/o con la sociedad de la que forma parte, la/el ingeniera/o
electrónica/o desarrolla su actividad priorizando la ética y responsabilidad
profesional y considerando siempre el impacto económico y ambiental de su
actividad.
Su perfil puede sintetizarse marcando
los siguientes aspectos:
1. Dinámico y flexible, para adaptarse a
la rápida evolución tecnológica asociada directamente a esta disciplina
2. Innovador y promotor de cambio y
evolución, sensibilizada/o para el desarrollo técnico y social.
3. Amplio e integrador de distintos
campos disciplinarios concurrentes.
4. De formación básica sólida, capaz de
especializarse rápidamente en la medida que el ejercicio de la profesión lo
requiera.
5. Con actitud científico-profesional
para una participación eficaz en proyectos de investigación y desarrollo.
6. Integral, con capacidad para
administrar recursos técnicos e integrarse eficazmente a grupos de trabajo
interdisciplinarios.
7. Formada/o tanto en lo técnico como lo
humano para proveer a una sociedad demandante de compromiso, servicio y
responsabilidad en un marco ético.
ALCANCES
DE TÍTULO:
1. (*) Diseñar, proyectar y calcular
sistemas, equipos y dispositivos de generación, transmisión, y/o procesamiento
de campos y señales, analógicos y digitales; circuitos integrados; hardware de
sistemas de cómputo de propósito general y/o específico y el software a él
asociado; hardware y software de sistemas embebidos y dispositivos lógicos
programables; sistemas de automatización y control; sistemas de procesamiento y
de comunicación de datos y sistemas irradiantes
2. (*) Proyectar, dirigir y controlar la
construcción, implementación, mantenimiento y operación de lo mencionado
anteriormente.
3. (*) Validar y certificar el
funcionamiento, condición de uso o estado de los sistemas mencionados
anteriormente.
4. (*) Proyectar y dirigir lo referido a
la higiene y seguridad en su actividad profesional. 5. Diseñar, proyectar y
calcular sistemas, equipos y dispositivos microelectrónicos.
6. Diseñar, proyectar y calcular
sistemas, equipos y dispositivos de electrónica de potencia.
7. Diseñar, proyectar y calcular
sistemas, equipos y dispositivos asociados a la ciencia de datos (procesamiento
y visualización de datos e información, procesamiento de imagen y vídeo,
aprendizaje de máquina e inteligencia artificial).
8. Diseñar, proyectar y calcular
sistemas, equipos y dispositivos asociados a las redes de comunicaciones
(datos/Internet), dispositivos lógicos programables (FPGA) y sistemas embebidos
9. Diseñar, proyectar y dirigir
laboratorios, de ensayo, verificación y certificación de equipos vinculados a
lo mencionado anteriormente, excepto obras civiles.
10. Realizar peritajes, auditorías y
tasaciones en lo referido a lo mencionado anteriormente.
(*) Los Alcances 1 a 4 se corresponden
con las actividades profesionales reservadas exclusivamente al título
establecidas en el Anexo V de la Resolución ME-1254/2018.