BIOQUÍMICA/O
PERFIL Y ALCANCES DEL TÍTULO
Resolución
AU-02/24
Expte X-70/15
BAHIA
BLANCA, 07 de marzo de 2024.
VISTO:
El
Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, que en su art. 48 y entre otros,
confiere a la Asamblea Universitaria el atributo de crear o suprimir
departamentos, centros, institutos, carreras o títulos, a propuesta y por
iniciativa del Consejo Superior Universitario;
La
Resolución CDBByF-609/23 del Consejo Departamental de Biología,
Bioquímica y Farmacia que propone la modificación del Perfil y Alcances del
Título correspondiente a la carrera de Bioquímica;
La
Resolución CSU 649/2017 del Consejo Superior Universitario que aprueba las
modificaciones al plan 2008 versión 4, vigente, de la Carrera de Bioquímica;
La
Resolución Ministerial 2017-4642-APN-ME que otorgó el reconocimiento oficial y
la consecuente validez nacional del título Bioquímico/a;
La
Ley 24.521, de Educación Superior (LES), que en su Art. 43 crea el marco para
el establecimiento de Actividades Reservadas a las titulaciones para las que el
ejercicio de la profesión correspondiente pudiera comprometer el interés
público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los
derechos, los bienes o la formación de los habitantes;
La
Resolución Ministerial 2018-1254-APN-ME, que en su Art. 2 define el concepto de
Actividades Reservadas para las titulaciones del Art. 43 de la LES, y cuyo
Anexo XVII establece las específicas para la carrera de Bioquímica/o;
La
Resolución Ministerial 2021-1551-APN-ME y sus anexos, que aprueba los
contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios de intensidad
de la formación práctica y estándares para la acreditación de carreras de
Bioquímica;
La
Resolución CSU 992/2023 del Consejo Superior Universitario, que eleva a la
Asamblea Universitaria la propuesta de modificación del Perfil y Alcances del
Título de Bioquímica/o de la Universidad Nacional del Sur; y
CONSIDERANDO:
Que
es atribución de la Asamblea Universitaria la modificación de perfiles, y
alcances de carreras propuestos por el Consejo Superior Universitario;
Que,
conforme lo regulado por la Resolución Ministerial ME Nº 1254/2018, las
Actividades Reservadas son un subconjunto limitado
dentro del total de Alcances de un título;
Que,
revistiendo carácter mandatorio y con fuerza de Ley, corresponde modificar los
Alcances vigentes para el título de Bioquímico/a de la Universidad Nacional del
Sur, incorporando las Actividades Profesionales Reservadas establecidas en la
Resolución Ministerial precitada;
POR
ELLO,
La
Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria del 07 de marzo,
RESUELVE:
Artículo
1º: Aprobar la modificación del Perfil Académico Profesional de la/del
Egresada/o, Alcances del Título de Bioquímica/o, de acuerdo al detalle
contenido en el Anexo de la presente resolución.
Artículo
2º: Regístrese. Pase a Rectorado y por su intermedio a la Secretaría General
Académica. Tome razón el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia.
Cumplido, archívese.
MG. SEBASTIAN G. ARRUIZ
PRESIDENTE
JULIÁN FERRETTI
SECRETARIO 2º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
Carrera: Bioquímica
Unidad Académica: Departamento
de Biología, Bioquímica y Farmacia
Nivel Académico: Grado
Título: Bioquímica/o
PERFIL ACADÉMICO
PROFESIONAL DE LA/DEL EGRESADA/O
Profesional
de la salud con formación científico-técnica, experta/o en el diseño,
validación, realización e interpretación de análisis vinculados a la salud
humana de individuos, poblaciones y su entorno, así como, lo referido a la
química legal forense y al desarrollo de productos y materiales biomédicos.
Responsable de la dirección técnica, certificación y auditoría de laboratorios.
Capacitada/o en brindar servicios en las actividades profesionales establecidas
en los alcances definidos por la universidad; comprometida/o social y
éticamente con la promoción de la salud y mejora de la calidad de vida de la
población; con competencias científicas, técnicas, tecnológicas y humanísticas
para contribuir a la prevención, pronóstico y diagnóstico de enfermedades en
seres humanos tendientes a la promoción y la preservación de la salud.
ALCANCES DEL
TÍTULO DE BIOQUÍMICA/O
1.
Realizar, certificar e interpretar análisis clínicos que contribuyan a la
prevención, diagnóstico, pronóstico y tratamiento de las enfermedades de los
seres humanos y a la preservación de la salud.
2.
Dirigir las actividades técnicas de laboratorios de análisis clínicos.
3.
Auditar y certificar laboratorios de análisis clínicos.
4.
Realizar, validar e interpretar análisis bromatológicos, toxicológicos, de
química legal y forense en relación a la salud humana.
5.
Dirigir las actividades técnicas de laboratorios bromatológicos, toxicológicos,
de química forense y legal, y de elaboración y control de reactivos de
diagnóstico, de productos y materiales biomédicos, de plantas de hemoderivados.
6.
Realizar, certificar e interpretar análisis clínicos que contribuyan a la
prevención, diagnóstico, pronóstico y tratamiento de las enfermedades de los
seres humanos y a la preservación de la salud. Comprende desde la etapa
pre-analítica incluyendo la toma de muestra hasta la interpretación de los
resultados.
7.
Realizar, validar e interpretar análisis bromatológicos, toxicológicos, de
química legal y forense y los referentes a la detección de la contaminación y
control ambiental, en relación a la salud humana.
8.
Ejercer la Dirección Técnica y/o supervisión de laboratorios bromatológicos,
toxicológicos, de química forense y legal, y de elaboración y control de
reactivos de diagnóstico, de productos y materiales biomédicos, de plantas de
hemoderivados.
9.
Realizar análisis por métodos físicos, químicos, radioquímicos,
biológicos, microbiológicos, inmunológicos, citológicos, de biología molecular
y genéticos en materiales biológicos, sustancias químicas, drogas, materiales
biomédicos, alimentos, alimentos dietéticos, nutrientes, tóxicos y ambientales,
de origen vegetal y/o animal.
10.
Integrar el plantel profesional encargado del control y producción por métodos
físicos, químicos, biológicos y biotecnológicos, de medios, reactivos y sustancias
para análisis bioquímicos e instrumentales a ellos vinculados.
11.
Integrar el personal científico y técnico de establecimientos, institutos o
laboratorios relacionados con la Industria Farmacéutica y Alimentaria en las
áreas de su competencia.
12.
Asesorar en la determinación de las especificaciones técnicas de higiene y de
bioseguridad que deben reunir los ambientes en los que se realicen análisis
clínicos, biológicos, bromatológicos, toxicológicos, de química legal y
forense, de bancos de sangre, de elaboración y control de reactivos de
diagnóstico, productos y materiales biomédicos.
13.
Integrar organismos específicos de acreditación, certificación y
categorización, y actuar como director, asesor, consultor, auditor y perito,
desempeñándose en cargos, funciones y comisiones en organismos Públicos y
Privados, Nacionales e Internacionales, en el ámbito de su competencia.
14.
Asesorar en el proyecto de instalación de laboratorios de análisis bioquímicos
e intervenir en la fijación de normas para su instalación en el ámbito Público
y Privado.
15.
Intervenir en la confección de normas y patrones de tipificación, evaluación y
certificación de sustancias químicas, de materias primas y de reactivos
utilizados en la ejecución de los análisis clínicos, biológicos,
bromatológicos, toxicológicos, de química legal y forense y elaboración y
control de reactivos de diagnóstico, productos y materiales biomédicos.
16.
Asesorar en el establecimiento de normas referidas a tareas relacionadas con el
ejercicio de la Bioquímica y en el área de la salud pública. Intervenir en la
redacción de los Códigos y Reglamentos y de todo texto legal relacionado con la
actividad Bioquímica. Actuar en equipos de salud para la planificación,
ejecución, evaluación y certificación de acciones sanitarias.
17.
Elaborar, dirigir y desarrollar proyectos de investigación en el ámbito de su
competencia.
Los
puntos 1 a 5 corresponden a las Actividades Reservadas al Título de
“Bioquímica/o”, establecidas en la Resolución Ministerial ME 1254/2018 Anexo
XVII (IF-2018 06551065-APN-SECPU#ME).-