FARMACÉUTICA/O
PERFIL Y ALCANCES DEL TITULO
Resolución
AU-03/24
Expte. 2773/07
Bahía
Blanca, 07 de marzo de 2024.
VISTO:
El
Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, que en su art. 48 y entre otros,
confiere a la Asamblea Universitaria el atributo de crear o suprimir
departamentos, centros, institutos, carreras o títulos, a propuesta y por
iniciativa del Consejo Superior Universitario;
La
Resolución CDBByF-645/23 del Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y
Farmacia que solicita elevar a la Asamblea Universitaria la modificación del
Perfil y Alcances del Título de Farmacéutica/o de la Universidad Nacional del
Sur;
La
Resolución CSU 640/2015 del Consejo Superior Universitario que aprueba las
modificaciones al plan 2008 versión 3, vigente, de la Carrera de Farmacia;
La
Resolución Ministerial 2019-76-APN-MECCYT que otorgó el reconocimiento oficial
y la consecuente validez nacional del título Farmacéutico/a;
La
Ley 24.521, de Educación Superior (LES), que en su Art. 43 crea el marco para
el establecimiento de Actividades Reservadas a las titulaciones para las que el
ejercicio de la profesión correspondiente pudiera comprometer el interés
público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos,
los bienes o la formación de los habitantes;
La
Resolución Ministerial 2018-1254-APN-ME, que en su Art. 2 define el concepto de
Actividades Reservadas para las titulaciones del Art. 43 de la LES, y cuyo
Anexo XVIII establece las específicas para la carrera de Farmacéutica/o;
La
Resolución Ministerial 2021-1561-APN-ME y sus anexos, que aprueba los
contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios de intensidad
de la formación práctica y estándares para la acreditación de carreras de
Farmacia;
La
Resolución CSU 1068/2023 del Consejo Superior Universitario, que eleva a la
Asamblea Universitaria la propuesta de las modificaciones al Perfil y Alcances
del Título de Farmacéutica/o de la Universidad Nacional del Sur; y
CONSIDERANDO:
Que
es atribución de la Asamblea Universitaria la modificación de perfiles, y
alcances de carreras propuestos por el Consejo Superior Universitario;
Que,
conforme lo regulado por la Resolución Ministerial ME Nº 1254/2018, las
Actividades Reservadas son un subconjunto limitado
dentro del total de Alcances de un título;
Que,
revistiendo carácter mandatorio y con fuerza de Ley, corresponde modificar los
Alcances vigentes para el título de Farmacéutico/a de la Universidad Nacional
del Sur, incorporando las Actividades Profesionales Reservadas establecidas en
la Resolución Ministerial precitada;
POR
ELLO,
La
Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria del 06 de marzo,
RESULEVE:
Artículo
1º: Aprobar la modificación del Perfil Académico Profesional de la/del
Egresada/o, Alcances del Título de Farmacéutica/o, de acuerdo al detalle
contenido en el Anexo de la presente resolución.-
Artículo
2º: Regístrese. Pasar a Rectorado y por su intermedio a la Secretaría General
Académica. Tome razón el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia. Cumplido,
archívese.
MG. SEBASTIAN G. ARRUIZ
PRESIDENTE
JULIÁN FERRETTI
SECRETARIO 2º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
Carrera: Farmacia
Unidad Académica: Departamento
de Biología, Bioquímica y Farmacia
Nivel Académico: Grado
Título: Farmacéutica/o
PERFIL DE LA/DEL
FARMACÉUTICA/O
La/el
farmacéutica/o, como profesional universitaria/o y pieza clave del equipo de
salud, se distingue como la/el especialista exclusiva/o en medicamentos. Su
formación abarca el diseño, desarrollo, producción, control, distribución,
conservación, dispensación, promoción del uso racional y gestión integral de
medicamentos, productos médicos, higiénicos, cosméticos, herbarios y dietéticos
y demás productos relacionados con la salud y el bienestar.
Con
competencias científicas, tecnológicas y humanísticas la/el farmacéutica/o se
desenvuelve con excelencia en ámbitos como farmacias comunitarias (oficinales)
y hospitalarias, industria farmacéutica, laboratorios de investigación,
centrales de esterilización, droguerías y distribuidoras de medicamentos y
afines, organismos públicos o privados de gestión y vigilancia sanitaria,
docencia universitaria e investigación científica.
Esta/e
profesional, capacitada/o para ofrecer servicios farmacéuticos y participar en
las diversas actividades inherentes a sus ámbitos de formación y actuación,
refleja un compromiso social y ético en la promoción de la salud y la mejora de
la calidad de vida de la población.
ALCANCES DEL
TÍTULO DE FARMACÉUTICA/O
1.
Ejercer la dirección técnica de farmacias privadas; farmacias de
establecimientos asistenciales públicos, privados; servicios de esterilización
de establecimientos productivos o asistenciales, públicos y privados;
droguerías; distribuidoras; laboratorios o plantas industriales que realicen:
investigación, diseño, síntesis, desarrollo, producción, control de calidad,
fraccionamiento, envasado, esterilización, almacenamiento, conservación,
distribución, importación, exportación y transporte, de medicamentos y productos
para la salud del ser humano y otros seres vivos. Ejercer la supervisión del
personal técnico a su cargo.
2.
Preparar formulaciones farmacéuticas y medicamentos magistrales y oficinales; y
dispensar medicamentos de origen industrial, en farmacias de atención directa
al público (privadas, comunitarias, de obras sociales, etcétera) o en servicios
de atención de la salud (hospitales, sanatorios, centros de salud,
dispensarios, etcétera) ejerciendo la dirección técnica o función similar y/o
las funciones paramédicas, de acuerdo con la legislación y reglamentaciones
vigentes en cada jurisdicción.
3.
Intervenir en la investigación y el diseño, desarrollo, producción, control de
calidad, envasado, almacenamiento y distribución de medicamentos fabricados por
la industria farmacéutica, actuando como director técnico o función similar de
acuerdo con la legislación y reglamentaciones vigentes en el orden nacional o
provincial.
4.
Investigar, diseñar, sintetizar, desarrollar, producir y controlar, preparar,
fraccionar, envasar, almacenar, conservar, distribuir, dispensar, y administrar
medicamentos y productos para la salud.
5.
Realizar seguimientos fármaco-terapéuticos de productos destinados a la
curación, alivio y prevención de enfermedades del ser humano y otros seres
vivos.
6.
Ser el profesional responsable de la Dirección Técnica de las plantas
industriales que realicen todos los procesos enumerados en el punto 1. respecto de: alimentos, productos veterinarios,
desinfectantes, insecticidas y biocidas.
7.
Realizar estudios farmacológicos y toxicológicos en sistemas biológicos
aislados o en seres vivos.
8.
Extraer, aislar, investigar, identificar y conservar principios activos,
medicamentos y nutrientes naturales u obtenidos de procesos sintéticos y/o biotecnológicos.
9.
Integrar el personal técnico de producción, control, desarrollo,
fraccionamiento y almacenamiento en farmacias, industrias farmacéuticas,
alimentarias y cosméticas y laboratorios o institutos relacionados o vinculados
con las mismas.
10.
Asesorar y participar en la acreditación, supervisión técnica y categorización
en todo establecimiento público o privado donde ejerza, el Farmacéutico, su
actividad profesional.
11.
Asesorar a otros integrantes del equipo de salud y a la población sobre el uso
racional del medicamento y otros productos para la salud.
12.
Participar en el contralor profesional Farmacéutico en los distintos
establecimientos y organismos públicos y privados: municipales, provinciales,
nacionales e internacionales.
13.
Establecer las especificaciones técnicas, higiénicas y de seguridad que deben
reunir los ambientes en los que se realicen los procesos tecnológicos, en el
ámbito oficial o privado, hospitalario o industrial, destinados a la
preparación, almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y
otros productos farmacéuticos, alimentos dietéticos, cosméticos, productos
alimenticios y otros relacionados con la salud.
14.
Participar en la realización de estudios, consultas, asesoramientos,
auditorías, inspecciones, pericias e interpretaciones en temas de su
competencia en los cuerpos legislativos y judiciales, en organismos públicos o
privados: municipales, provinciales, nacionales e internacionales.
15.
Actuar, integrando equipos multidisciplinarios, en la administración,
planificación, programación, ejecución y evaluación de campañas y programas
sanitarios.
16
Intervenir en la confección de normas, patrones de tipificación, evaluación y
certificación para materias primas y principios activos importados o para
exportar, relacionados con medicamentos, alimentos, cosméticos y otros
productos para la salud.
17.
Intervenir en la preparación, redacción y actualización de la Farmacopea
Nacional Argentina, de Formularios Terapéuticos, de los Códigos, Reglamentos
Alimentarios y de todo otro texto o disposición legal relacionada con la
actividad farmacéutica y la Salud Pública.
18.
Diseñar, dirigir y ejecutar proyectos de investigación y docencia sobre la
utilización de medicamentos, farmacovigilancia, gestión
de medicamentos y productos afines, farmacia clínica, atención farmacéutica,
seguimiento farmacoterapéutico, tecnología
farmacéutica y otras áreas relacionadas a su competencia profesional.
19.
Organizar, actuar y dirigir centros de información, suministro, gestión y
control de medicamentos y productos para la salud, públicos o privados.
20.
Integrar equipos de trabajo con énfasis en Atención Primaria de Salud (APS).
21.
Dirigir y desarrollar actividades de auditoría de calidad y buenas prácticas de
manufactura en establecimientos farmacéuticos y productos afines.
ACTIVIDADES
PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE FARMACÉUTICA/O
Actividades
reservadas de la carrera según lo establecido por Resolución Ministerial No
1254/2018
Anexo
XVIII (IF-2018-06553035-APN-SECPU#ME)
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/183989/20180518
1.
Dirigir las actividades técnicas de farmacias, laboratorios de productos de uso
en la medicina humana, servicios de esterilización y droguerías.
2.
Dispensar, controlar el uso adecuado y efectuar el seguimiento farmacoterapéutico de productos farmacéuticos destinados a
la curación, alivio, prevención y diagnóstico de enfermedades. Preparar
formulaciones farmacéuticas y medicamentos magistrales y oficinales.
3.
Diseñar, desarrollar y elaborar las formulaciones de productos farmacéuticos.
Establecer y controlar las condiciones de producción, envase, conservación y
distribución de medicamentos.
4.
Diseñar, desarrollar y elaborar las formulaciones de alimentos funcionales y
suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene personal y uso
odontológico, domisanitarios y biocidas.
Establecer y controlar las condiciones de producción, envase, conservación y
distribución de dichos productos.
5.
Auditar y certificar los aspectos farmacéuticos de los ambientes donde se
realicen las actividades señaladas en los puntos anteriores.—