FARMACÉUTICA/O

PERFIL Y ALCANCES DEL TITULO

 

Resolución AU-03/24

Expte. 2773/07

 

Bahía Blanca, 07 de marzo de 2024.

 

VISTO:

El Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, que en su art. 48 y entre otros, confiere a la Asamblea Universitaria el atributo de crear o suprimir departamentos, centros, institutos, carreras o títulos, a propuesta y por iniciativa del Consejo Superior Universitario;

 

La Resolución CDBByF-645/23 del Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y Farmacia que solicita elevar a la Asamblea Universitaria la modificación del Perfil y Alcances del Título de Farmacéutica/o de la Universidad Nacional del Sur;

 

La Resolución CSU 640/2015 del Consejo Superior Universitario que aprueba las modificaciones al plan 2008 versión 3, vigente, de la Carrera de Farmacia;

 

La Resolución Ministerial 2019-76-APN-MECCYT que otorgó el reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional del título Farmacéutico/a;

 

La Ley 24.521, de Educación Superior (LES), que en su Art. 43 crea el marco para el establecimiento de Actividades Reservadas a las titulaciones para las que el ejercicio de la profesión correspondiente pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes;

 

La Resolución Ministerial 2018-1254-APN-ME, que en su Art. 2 define el concepto de Actividades Reservadas para las titulaciones del Art. 43 de la LES, y cuyo Anexo XVIII establece las específicas para la carrera de Farmacéutica/o;

 

La Resolución Ministerial 2021-1561-APN-ME y sus anexos, que aprueba los contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, criterios de intensidad de la formación práctica y estándares para la acreditación de carreras de Farmacia;

 

La Resolución CSU 1068/2023 del Consejo Superior Universitario, que eleva a la Asamblea Universitaria la propuesta de las modificaciones al Perfil y Alcances del Título de Farmacéutica/o de la Universidad Nacional del Sur; y

 

CONSIDERANDO:

Que es atribución de la Asamblea Universitaria la modificación de perfiles, y alcances de carreras propuestos por el Consejo Superior Universitario;

 

Que, conforme lo regulado por la Resolución Ministerial ME Nº 1254/2018, las Actividades Reservadas son un subconjunto limitado dentro del total de Alcances de un título;

 

Que, revistiendo carácter mandatorio y con fuerza de Ley, corresponde modificar los Alcances vigentes para el título de Farmacéutico/a de la Universidad Nacional del Sur, incorporando las Actividades Profesionales Reservadas establecidas en la Resolución Ministerial precitada;

POR ELLO,

La Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria del 06 de marzo,

RESULEVE:

 

Artículo 1º: Aprobar la modificación del Perfil Académico Profesional de la/del Egresada/o, Alcances del Título de Farmacéutica/o, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo de la presente resolución.-

 

Artículo 2º: Regístrese. Pasar a Rectorado y por su intermedio a la Secretaría General Académica. Tome razón el Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia. Cumplido, archívese.

 

MG. SEBASTIAN G. ARRUIZ

PRESIDENTE

JULIÁN FERRETTI

SECRETARIO 2º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

 

 

ANEXO

 

Carrera: Farmacia

Unidad Académica: Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia

Nivel Académico: Grado

Título: Farmacéutica/o

 

PERFIL DE LA/DEL FARMACÉUTICA/O

La/el farmacéutica/o, como profesional universitaria/o y pieza clave del equipo de salud, se distingue como la/el especialista exclusiva/o en medicamentos. Su formación abarca el diseño, desarrollo, producción, control, distribución, conservación, dispensación, promoción del uso racional y gestión integral de medicamentos, productos médicos, higiénicos, cosméticos, herbarios y dietéticos y demás productos relacionados con la salud y el bienestar.

 

Con competencias científicas, tecnológicas y humanísticas la/el farmacéutica/o se desenvuelve con excelencia en ámbitos como farmacias comunitarias (oficinales) y hospitalarias, industria farmacéutica, laboratorios de investigación, centrales de esterilización, droguerías y distribuidoras de medicamentos y afines, organismos públicos o privados de gestión y vigilancia sanitaria, docencia universitaria e investigación científica.

 

Esta/e profesional, capacitada/o para ofrecer servicios farmacéuticos y participar en las diversas actividades inherentes a sus ámbitos de formación y actuación, refleja un compromiso social y ético en la promoción de la salud y la mejora de la calidad de vida de la población.

 

ALCANCES DEL TÍTULO DE FARMACÉUTICA/O

 

1. Ejercer la dirección técnica de farmacias privadas; farmacias de establecimientos asistenciales públicos, privados; servicios de esterilización de establecimientos productivos o asistenciales, públicos y privados; droguerías; distribuidoras; laboratorios o plantas industriales que realicen: investigación, diseño, síntesis, desarrollo, producción, control de calidad, fraccionamiento, envasado, esterilización, almacenamiento, conservación, distribución, importación, exportación y transporte, de medicamentos y productos para la salud del ser humano y otros seres vivos. Ejercer la supervisión del personal técnico a su cargo.

 

2. Preparar formulaciones farmacéuticas y medicamentos magistrales y oficinales; y dispensar medicamentos de origen industrial, en farmacias de atención directa al público (privadas, comunitarias, de obras sociales, etcétera) o en servicios de atención de la salud (hospitales, sanatorios, centros de salud, dispensarios, etcétera) ejerciendo la dirección técnica o función similar y/o las funciones paramédicas, de acuerdo con la legislación y reglamentaciones vigentes en cada jurisdicción.

 

3. Intervenir en la investigación y el diseño, desarrollo, producción, control de calidad, envasado, almacenamiento y distribución de medicamentos fabricados por la industria farmacéutica, actuando como director técnico o función similar de acuerdo con la legislación y reglamentaciones vigentes en el orden nacional o provincial.

 

4. Investigar, diseñar, sintetizar, desarrollar, producir y controlar, preparar, fraccionar, envasar, almacenar, conservar, distribuir, dispensar, y administrar medicamentos y productos para la salud.

 

5. Realizar seguimientos fármaco-terapéuticos de productos destinados a la curación, alivio y prevención de enfermedades del ser humano y otros seres vivos.

 

6. Ser el profesional responsable de la Dirección Técnica de las plantas industriales que realicen todos los procesos enumerados en el punto 1. respecto de: alimentos, productos veterinarios, desinfectantes, insecticidas y biocidas.

 

7. Realizar estudios farmacológicos y toxicológicos en sistemas biológicos aislados o en seres vivos.

 

8. Extraer, aislar, investigar, identificar y conservar principios activos, medicamentos y nutrientes naturales u obtenidos de procesos sintéticos y/o biotecnológicos.

 

9. Integrar el personal técnico de producción, control, desarrollo, fraccionamiento y almacenamiento en farmacias, industrias farmacéuticas, alimentarias y cosméticas y laboratorios o institutos relacionados o vinculados con las mismas.

 

10. Asesorar y participar en la acreditación, supervisión técnica y categorización en todo establecimiento público o privado donde ejerza, el Farmacéutico, su actividad profesional.

 

11. Asesorar a otros integrantes del equipo de salud y a la población sobre el uso racional del medicamento y otros productos para la salud.

 

12. Participar en el contralor profesional Farmacéutico en los distintos establecimientos y organismos públicos y privados: municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

 

13. Establecer las especificaciones técnicas, higiénicas y de seguridad que deben reunir los ambientes en los que se realicen los procesos tecnológicos, en el ámbito oficial o privado, hospitalario o industrial, destinados a la preparación, almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y otros productos farmacéuticos, alimentos dietéticos, cosméticos, productos alimenticios y otros relacionados con la salud.

 

14. Participar en la realización de estudios, consultas, asesoramientos, auditorías, inspecciones, pericias e interpretaciones en temas de su competencia en los cuerpos legislativos y judiciales, en organismos públicos o privados: municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

 

15. Actuar, integrando equipos multidisciplinarios, en la administración, planificación, programación, ejecución y evaluación de campañas y programas sanitarios.

 

16 Intervenir en la confección de normas, patrones de tipificación, evaluación y certificación para materias primas y principios activos importados o para exportar, relacionados con medicamentos, alimentos, cosméticos y otros productos para la salud.

 

17. Intervenir en la preparación, redacción y actualización de la Farmacopea Nacional Argentina, de Formularios Terapéuticos, de los Códigos, Reglamentos Alimentarios y de todo otro texto o disposición legal relacionada con la actividad farmacéutica y la Salud Pública.

 

18. Diseñar, dirigir y ejecutar proyectos de investigación y docencia sobre la utilización de medicamentos, farmacovigilancia, gestión de medicamentos y productos afines, farmacia clínica, atención farmacéutica, seguimiento farmacoterapéutico, tecnología farmacéutica y otras áreas relacionadas a su competencia profesional.

 

19. Organizar, actuar y dirigir centros de información, suministro, gestión y control de medicamentos y productos para la salud, públicos o privados.

 

20. Integrar equipos de trabajo con énfasis en Atención Primaria de Salud (APS).

 

21. Dirigir y desarrollar actividades de auditoría de calidad y buenas prácticas de manufactura en establecimientos farmacéuticos y productos afines.

 

ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE FARMACÉUTICA/O

 

Actividades reservadas de la carrera según lo establecido por Resolución Ministerial No 1254/2018

 

Anexo XVIII (IF-2018-06553035-APN-SECPU#ME)

 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/183989/20180518

 

1. Dirigir las actividades técnicas de farmacias, laboratorios de productos de uso en la medicina humana, servicios de esterilización y droguerías.

 

2. Dispensar, controlar el uso adecuado y efectuar el seguimiento farmacoterapéutico de productos farmacéuticos destinados a la curación, alivio, prevención y diagnóstico de enfermedades. Preparar formulaciones farmacéuticas y medicamentos magistrales y oficinales.

 

3. Diseñar, desarrollar y elaborar las formulaciones de productos farmacéuticos. Establecer y controlar las condiciones de producción, envase, conservación y distribución de medicamentos.

 

4. Diseñar, desarrollar y elaborar las formulaciones de alimentos funcionales y suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene personal y uso odontológico, domisanitarios y biocidas. Establecer y controlar las condiciones de producción, envase, conservación y distribución de dichos productos.

 

5. Auditar y certificar los aspectos farmacéuticos de los ambientes donde se realicen las actividades señaladas en los puntos anteriores.—