CREACION DE LA CARRERA DE INGENIERIA MECANICA
Resolución AU-3/99
Expediente DI-0071/99
BAHIA BLANCA, 3 de junio de 1999.
VISTO:
El art. 48º -inciso g- y 55º -inciso f- del
Estatuto de la Universidad Nacional del Sur y la Ley de Educación Superior Nº 24521;
El proyecto presentado por el Departamento de Ingeniería fundamentando la creación de la carrera de Ingeniería Mecánica con su correspondiente plan de estudios;
La Resolución del CSU Nº872/98 que propone a la Asamblea Universitaria la creación de la carrera;
El Dictamen de la Comisión de la Asamblea Universitaria que analizó la creación de la misma; y
CONSIDERANDO:
Que el plan de estudios propuesto por el Departamento de Ingeniería se adapta a las pautas a que deberán ajustarse los planes de estudio y alcances establecidos por el Ministerio de Cultura y Educación por resolución 1560/80;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó el plan propuesto por el Departamento de Ingeniería para la carrera de Ingeniería Mecánica;
La propuesta a la Asamblea Universitaria de creación de la carrera y el título de Ingeniero Mecánico;
Que la propuesta incluye un análisis de viabilidad y factibilidad económica para el desarrollo de la misma, en cuanto el Departamento de Ingeniería cuenta con la infraestructura necesaria para desarrollar esta carrera;
Que la Ingeniería Mecánica constituye una de las especialidades con más amplio espectro de posibilidades de realización; capaz de un análisis formal científico y comprometido con los cambios tecnológicos que se imponen en esta etapa del desarrollo del país;
POR ELLO,
LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA, en acuerdo tomado en su reunión extraordinaria del día 2 de junio de 1999,
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Crear la carrera de "Ingeniería Mecánica" en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur.
ARTICULO 2º).- Otorgar a los egresados de la carrera creada en el Artículo 1º, el título de Ingeniero Mecánico.
ARTICULO 3º).- El título creado en el artículo precedente acreditará el perfil y los alcances que se detallan en el Anexo I que integra la presente Resolución, junto con el plan de estudios correspondiente.
ARTICULO 4º).- Regístrese. Pase al Rectorado para la gestión y trámites de obtención de validez nacional al título de grado universitario creado en el Artículo 2º.- Por su intermedio al Consejo Superior Universitario para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón los Departamentos y dependencias involucradas, publíquese y archívese.-
Abog. TOMAS F. LOBATO
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
GERARDO REGOLF PAOLONI
SECRETARIO 1º
ASAMBLEA UNIVERSITARIA