PROYECTO SOBRE CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DE HABILITACION PROFESIONAL
Resolución AU-04/92.
Expediente AU-347/92.
BAHIA BLANCA, 2 abril 1992.
VISTO:
El proyecto de ley sobre CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DE HABILITACION, presentado a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por el Diputado Nacional José G. DUMON; y
CONSIDERANDO:
Que la creación del Consejo Nacional de Habilitación Profesional centralizado se superpone con otros entes que desarrollan tareas interuniversitarias;
Que dado el caso, estos entes podrían actuar en la fijación de niveles académicos y profesionales mínimos necesarios para la habilitación de egresados universitarios;
Que es importante señalar que con el proyecto parecería intentarse una solución de caracter administrativo deslindándose áreas (académicas y administrativas), produciéndose un avance en el ámbito privado, el que debería caracterizarse por la libertad) subestimándose la autonomía universitaria y estableciéndose la participación de entidades e instituciones, incluso con delegación al Poder Ejecutivo para incluir a "algún sector de la ciencia, técnica o profesional";
Que es una realidad la existencia de falencias en profesionales que egresan con los requerimientos mínimos necesarios para el ejercicio de su profesión. Estos problemas deberían ser solucionados desde una politica universitaria que fije esas condiciones mínimas de egreso de los profesionales de tal manera de garantizar su habilitación;
Que las universidades son el ente natural para la evaluación de sus profesionales y el título otorgado por las mismas prueba la idoneidad de éstos. Es responsabilidad del Gobierno Nacional a través de su Ley Universitaria, que sus universidades cumplan con las pautas fijadas;
POR ELLO,
La Asamblea Universitaria, en acuerdo tomado en su sesión de fecha 2 de abril del corriente año;
RESUELVE:
ARTICULO 1°).- Solicitar al Sr. Diputado Nacional José G. DUMON la reconsideración del proyecto de referencia teniendo en cuenta los considerandos precedentes.
ARTICULO 2°).- Quedar a disposición del Sr. Diputado para el estudio de nuevas alternativas que se pudieran generar.
ARTICULO 3°).- Registrese. Comuníquese al Sr. Rector y, por su intermedio, al Consejo Interuniversitario Nacional (C. I. N.). Elevése a la consideración del Sr. Diputado Nacional José G. DUMON y de los Presidentes de bloque de ambas Cámaras del Congreso de la Nación. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.
CARLOS RAFAEL COLETTO
Secretario 1° Asamblea Universitaria