INGENIERA/O MECÁNICA/O

PERFIL PROFESIONAL Y ALCANCES DEL TITULO

 

Resolución AU-05/24

Expte. 71/99

 

BAHIA BLANCA, 07 de marzo de 2024.

 

VISTO:

El Estatuto de la UNS, que regula como atribución de la AU la creación y modificación de carreras y títulos profesionales;

 

La Resolución CSU-187/2014 que aprueba el Plan de Estudios 2006 versión 4, vigente, de la carrera Ingeniería Mecánica y su rectificativa CSU154/2016;

 

La Resol-2021-1541-APN-ME, y sus anexos, que aprueban los Contenidos Curriculares Básicos, Carga Horaria Mínima, Criterios de Intensidad de la Formación Práctica y Estándares para la acreditación de las carreras de INGENIERÍA MECÁNICA que obran como ANEXO I –Contenidos Curriculares Básicos (IF-2021-32004009-APN- SECPU#ME), ANEXO II –Carga Horaria Mínima (IF-2021-32004966-APN-SECPU#ME),ANEXO III –Criterios de Intensidad de la Formación Práctica (IF-2021-32012264-APN- SECPU#ME) y ANEXO IV –Estándares para la Acreditación (IF-2021-32012879-APNSECPU#ME);

 

La nómina de actividades profesionales reservadas para quienes obtengan el título de Ingeniera/o Mecánica/o que obra en el Anexo IX (IF-2018- 06549416- APN-SECPU#ME) de la Resolución ME-1254-2018;

 

La Resolución CDI-492/2023 mediante la cual el Consejo Departamental de Ingeniería eleva y solicita la modificación del perfil profesional de la/del egresada/o y los alcances del título Ingeniera/o Mecánica;

 

La Resolución CSU-875/23 que eleva a la Asamblea Universitaria la propuesta de modificación del perfil profesional de la/del egresada/o y los alcances del título de Ingeniera/o Mecánica/o; y

 

CONSIDERANDO:

Que el plan de la carrera Ingeniería Mecánica debe adecuarse a los requerimientos de la resolución ministerial RESOL-2021-1541-APN-ME;

 

Que los programas de las asignaturas fueron revisados y actualizados de forma congruente con los propósitos generales del currículo y el perfil de la/o Ingeniera/o que se desea formar;

 

Que existe una diferencia entre los alcances del título aprobado por Resol-CSU-187- 2014 y los reconocidos en la resolución ministerial en la Resol-2021-1541-APN-ME;

 

Que es necesario incluir las actividades reservadas al título de ingeniera/o mecánica/o dentro de los alcances del título;

 

Que es atribución de la Asamblea Universitaria la creación de carreras y títulos con sus correspondientes perfiles y alcances (artículo 48, inciso g del Estatuto de la UNS);

 

Que la Comisión Curricular de Ingeniería Mecánica ha elaborado el nuevo Perfil de egreso y los Alcances del título;

 

Que el Consejo Superior Universitario en la Resolución CSU-874/2023 aprobó y elevó la modificación del perfil profesional del/de la egresado/a y los alcances del título Ingeniera/o Mecánica/o; y

POR ELLO,

 

La Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria del 06 de marzo,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Aprobar la propuesta de modificación del perfil profesional de la/del egresada/o y los alcances del título Ingeniera/o Mecánica/o que corre como anexo a la presente resolución. –

 

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Pase a Rectorado y por su intermedio a la Secretaría General Académica. Tome razón el Departamento de Ingeniería. Cumplido, archívese.-

 

MG. SEBASTIAN ARRUIZ

PRESIDENTE

JULIÁN FERRETTI

SECRETARIO 2º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

 

 

ANEXO

 

PERFIL PROFESIONAL DE LA/EL EGRESADA/O “INGENIERA/O MECÁNICA/O”.

Quien egresa de la carrera de Ingeniería Mecánica de la Universidad Nacional del Sur posee una visión interdisciplinar que combina las ciencias básicas con las tecnologías aplicadas, permitiéndole articular eficientemente los conocimientos adquiridos para resolver los problemas que se presentan en las diversas áreas de la Ingeniería Mecánica.

 

Es capaz de diseñar, proyectar y calcular máquinas, estructuras, instalaciones, sistemas y dispositivos mecánicos y de automatización y control, con la responsabilidad social, ética y ambiental que su actividad profesional demanda.

 

Además, puede desempeñarse competentemente en grupos interdisciplinarios de trabajo, en empresas dedicadas a proyecto, diseño y mantenimiento mecánico, en entes públicos y privados, sin perder de vista la problemática regional y nacional de conjunto, aplicando en cada caso los procedimientos y metodologías adecuados.

 

La/El Ingeniera/o puede generar sus propios emprendimientos e innovaciones tecnológicas teniendo en cuenta la sustentabilidad y la seguridad. Su capacidad de aprendizaje continuo le permite adaptarse a los constantes cambios del medio productivo en el que desarrolla sus actividades profesionales.

 

Asimismo, las habilidades adquiridas le posibilitan integrarse efectivamente a grupos que desarrollan proyectos de investigación y/o continuar con su formación en el sistema educativo, llevando a cabo estudios superiores como posgrados académicos y/o profesionales.

 

Puede participar en las actividades de formación de nuevos profesionales en la especialidad, integrándose a la carrera docente en los distintos niveles educativos, particularmente en el universitario.

 

ALCANCES DEL TÍTULO “INGENIERA/O MECÁNICA/O”

 

1. Diseñar, proyectar y calcular máquinas, estructuras, instalaciones y sistemas mecánicos, térmicos y de fluidos mecánicos, sistemas de almacenaje de sólidos, líquidos y gases; dispositivos mecánicos en sistemas de generación de energía; y sistemas de automatización y control.

 

2. Proyectar, dirigir y controlar la construcción, operación y mantenimiento de lo anteriormente mencionado.

 

3. Certificar el funcionamiento y/o condición de uso o estado de lo mencionado anteriormente.

 

4. Participar en la planificación, instalación, puesta en marcha, reparación, modificación, transformación, inspección de lo anteriormente mencionado y de laboratorios de todo tipo relacionados con los apartados precedentes, excepto obras civiles e industriales.

 

5. Evaluar la factibilidad y proyectar desarrollos tecnológicos y/o innovaciones tecnológicas relacionados con los apartados anteriores.

 

6. Proyectar y dirigir lo referido a la higiene y seguridad en lo concerniente a su actividad profesional.

 

7. Realizar tareas de asesoramiento relacionadas con asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera relacionados con las actividades anteriormente descriptas.

 

8. Efectuar tasaciones y valuaciones, realizar arbitrajes y peritajes sobre todo lo enunciado anteriormente.

 

9. Participar en las actividades de formación de nuevos profesionales en la especialidad, integrándose a la carrera docente en los distintos niveles educativos.

 

*Las ACTIVIDADES RESERVADAS AL TÍTULO DE INGENIERA/O MECÁNICA/O según Resolución ME-1254-2018 Anexo IX están incluidas en estos Alcances en los puntos 1, 2, 3 y 6.-

 

MG. SEBASTIAN G. ARRUIZ

PRESIDENTE

JULIÁN FERRETTI

SECRETARIO 2º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA