MODIFICAR EL PERFIL PROFESIONAL DE LA
EGRESADA/O, ALCANCES DEL TÍTULO AL TÍTULO DE LICENCIADA/O EN CIENCIAS
GEOLÓGICAS
Resolución AU-07/22
Expte. 905/76
BAHIA
BLANCA, 08 de setiembre de 2022.
VISTO:
El
Estatuto de la Universidad Nacional del Sur; La Resolución APN-ME-1552/2021;
La
Resolución Ministerial ME Nº 1254/18 que modifica las actividades profesionales
reservadas al título de Licenciada/o en Ciencias Geológicas establecidas por la
Resolución ME 1412/08;
La
Resolución del Consejo Departamental de Geología DG- 114/22 que propone la
modificación del Perfil Profesional de la/el egresada/o, alcances del título y
Actividades Profesionales Reservadas correspondiente a la carrera de
Licenciatura en Ciencias Geológicas conforme a lo establecido por la Resolución
ME 1254/18;
La
Resolución del Consejo Superior Universitario 308/2022 solicitando a la
Asamblea Universitaria la modificación del Perfil Profesional de la Egresada y
del Egresado, Alcances del título y Actividades Profesionales Reservadas al
título de Iicenciada/o en Ciencias Geológicas; y
CONSIDERANDO:
Que es
atribución de la Asamblea Universitaria la modificación de perfiles y alcances
de carreras (artículo 48º inciso g) del Estatuto de la UNS) propuestos por el
CSU;
Que
corresponde modificar las Actividades Profesionales Reservadas al título de
Licenciado en Ciencias Geológicas, para adecuarse a lo establecido por
Resolución Ministerial ME Nº 1254/2018;
POR
ELLO,
La
Asamblea Universitaria en su sesión extraordinaria del 07 de setiembre de 2022,
RESULEVE:
ARTICULO
1º: Modificar el Perfil Profesional de la Egresada/o, Alcances del Título al
título de Licenciada/o en Ciencias Geológicas de acuerdo al detalle contenido
en el Anexo de la presente resolución. –
ARTICULO
2º: Regístrese. Pase a Rectorado, por su intermedio al Consejo Superior
Universitario y a la Secretaría General Académica. Tome razón el Departamento
de Geología. Cumplido, archívese. –
PABLO
JAVIER ANTONELLI
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO
PERFIL PROFESIONAL DE LA EGRESADA Y DEL
EGRESADO ALCANCES DEL TITULO LICENCIADA/O EN CIENCIAS GEOLOGICAS
1.
Dirigir y certificar:
a.
Estudios geotécnicos para la fundación de obras de ingeniería y de
arquitectura.
b.
Delimitación de áreas de riesgo geológico, riesgo hídrico de origen natural y
antropogénico. Planes y acciones de manejo, prevención, mitigación.
c.
Cuantificación, cualificación y exploración de reservas de recursos geológicos.
d.
Exploración, cuantificación, cualificación y explotación de los recursos
hídricos superficiales, subterráneos y geotermales.
2.
Control geológico de la explotación de recursos y de áreas de riesgo.
3.
Proyectar y dirigir lo referido a seguridad, higiene y control del impacto
ambiental en lo concerniente a su intervención profesional.
4.
Planificar, dirigir, evaluar y efectuar estudios destinados a determinar la
estructura, composición y génesis de minerales, rocas y suelos.
5.
Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y efectuar estudios sobre
la determinación de génesis, evolución, estructura, composición físico-química
y dinámica interna y externa de la tierra y demás cuerpos celestes.
6.
Dirigir, evaluar y efectuar estudios tecnológicos de minerales, rocas, áridos y
gemas.
7.
Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y efectuar estudios
estratigráficos, paleontológicos, geocronológicos,
geomorfológicos, geoquímicos, geotectónicos, sismológicos y paleosismológicos,
volcanológicos, glaciológicos en ambientes continentales y marinos.
8.
Planificar, dirigir, supervisar, evaluar y efectuar estudios para determinar
áreas de riesgo geológico, naturales y antropogénicos, elaborar propuestas de
prevención, mitigación y efectuar su control.
9.
Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y desarrollar estudios de
emplazamientos y estudios geotécnicos de macizos rocosos y suelos, efectuar su
caracterización y acondicionamiento para la fundación de obras de ingeniería y
arquitectura, superficiales y subterráneas y realizar el control geológico de
las mismas durante su desarrollo y posterior operación.
10. Planificar,
dirigir, supervisar, evaluar y efectuar estudios sobre movimiento de suelos y
rocas y realizar el control geológico durante la ejecución de los trabajos.
11. Planificar,
dirigir, coordinar, supervisar y efectuar prospección, exploración, evaluación
y cuantificación de minerales, rocas, y yacimientos sólidos, líquidos y
gaseosos.
12. Establecer
y/o acreditar las categorías y cuantificar reservas de recursos geológicos
renovables y no renovables.
13. Dirigir,
supervisar y efectuar reconocimientos geológicos, ubicación, delimitación y
representación gráfica de las concesiones, pertenencias y/o propiedades
mineras.
14. Planificar,
dirigir y supervisar la explotación de yacimientos de minerales y rocas,
efectuar el control geológico y participar del tratamiento y beneficio de los
mismos.
15. Efectuar
estudios geológicos, integrales de cuencas hídricas y participar en la
planificación y evaluación de su ordenamiento y sistematización.
16. Planificar,
dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar la prospección, la
exploración y el manejo de los recursos hídricos subterráneos y superficiales y
geotérmicos y efectuar el control geológico de su evolución.
17. Participar
en el planeamiento, supervisión y evaluación de la explotación de recursos
hídricos subterráneos y superficiales y geotérmicos.
18. Planificar,
ubicar, dirigir, supervisar, interpretar estudios y técnicas auxiliares,
evaluar, efectuar y representar gráficamente perforaciones de investigación,
exploración y de explotación con fines hidrogeológicos, mineros, geotérmicos y
geotécnicos.
19. Planificar,
ubicar, dirigir, supervisar y evaluar perforaciones de exploración vinculadas a
hidrocarburos, participar en la planificación, supervisión y ejecución de la
explotación del yacimiento y realizar el control geológico en las distintas
etapas.
20 .Elaborar
y aplicar sistemas de clasificación y tipificación científica y tecnológica de
minerales, rocas, suelos y aguas y asesorar en la utilización de los mismos.
21. Planificar,
dirigir, supervisar estudios de la evolución, degradación y erosión de suelos y
efectuar el reconocimiento, la clasificación, el inventario y la cartografía de
los mismos.
22. Participar
en la elaboración y ejecución de planes y programas de conservación,
mejoramiento y recuperación de suelos y habilitación de tierras.
23. Identificar,
estudiar y evaluar las características de la Plataforma continental sobre la
base de referencias geológicas y participar en el planeamiento y ejecución de
estudios y proyectos oceanográficos.
24. Planificar,
dirigir, supervisar y efectuar levantamientos y carteos topográficogeológicos
de superficie y subterráneos, estudios fotogeológicos e interpretación visual y
digital de imágenes obtenidas por teledetección.
25. Planificar,
dirigir, evaluar y efectuar estudios destinados al manejo, procesamiento,
aprovechamiento y conservación de la información geológica, incluyendo bases de
datos y Sistemas de Información Geográfica.
26. Planificar,
participar, dirigir, evaluar y realizar estudios de impacto, gestión,
restauración, rehabilitación, recomposición y mitigación ambientales y efectuar
auditorías.
27. Planificar
y realizar estudios de emplazamiento geológicos para repositorios,
superficiales y profundos, de residuos sólidos y efluentes urbanos,
industriales, peligrosos y nucleares de baja, media y alta actividad.
Participar en las obras relacionadas.
28. Planificar,
efectuar, asesorar y supervisar la higiene y seguridad vinculada con la
actividad geológica.
29. Participar
en el planeamiento y ejecución de estudios y proyectos de ordenamiento
territorial e intervenir en la fijación de límites jurisdiccionales.
30. Asesorar
acerca del aprovechamiento de los recursos geológicos para la formulación de
políticas, normas, planes y programas de desarrollo.
31. Efectuar
y controlar valuaciones y tasaciones de recursos geológicos y de las alteraciones
causadas a los mismos.
32. Realizar
estudios, consultas, asesoramientos, auditorias, inspecciones, arbitrajes,
pericias e interpretaciones en temas de su competencia en ámbitos públicos y
privados.
33. Intervenir
en la preparación, actualización y redacción de códigos, reglamentos, normas y
estándares de calidad y de todo otro texto o disposición legal relacionada con
la actividad geológica.
34. Participar
en la corrección, certificación y edición de material didáctico y pedagógico
vinculado con la geología.
35. Realizar
estudios, asesoramientos, pericias e interpretaciones en geología forense y
geología médica.
36. Participar
en la confección y monitoreo de licitaciones y pliegos técnicos en temas
relacionados con la geología.
37. Participar
en la confección, monitoreo y evaluación de proyectos de inversión en temas
geológicos.
38. Desempeñar
la docencia en todos los niveles de enseñanza de acuerdo a las disposiciones
vigentes y capacitar recursos humanos en las distintas temáticas geológicas.
39. Planificar,
realizar y dirigir programas y tareas de investigación y desarrollo en temas
geológicos.
40. Dirigir,
participar, supervisar, evaluar y efectuar estudios sobre conservación y
restauración de materiales pétreos del patrimonio cultural, arquitectónico y
monumental.
41. Efectuar,
participar, supervisar, dirigir, asesorar y evaluar cuestiones relativas a la
definición, manejo y preservación de sitios de interés geológico,
paleontológico, espeleológico, paisajístico y turístico.
42. Investigar,
desarrollar, participar y efectuar control de materiales geológicos aplicados a
la industria, construcción, minería, agricultura, medioambiente y servicios.
43. Certificar
en operaciones de importación y exportación, el material geológico y
paleontológico.