CREACION DE LA CARRERA DE FARMACIA

Resolucion AU7/95

Expedienbs DByB 2050/94 y AU225/95.

BAHIA BLANCA, 27 abril de 1995.

VISTO

El Decreto 256/94 del Poder Ejecutivo Nacional del 1612/94

El proyecto presentado por el Departamento de Biologia y Bioquimica fundamentando la creacion de la carrera de Farmacia;

El dictamen de la Comision de Enseñanza en Biologia y Bioquimica, del Departamento homonimo;

La Resolucion CU-542/94 del Consejo Universitario, del dia 29 de diciembre de 1994 que propone a la Asamblea Universitaria la creacion de la carrera de Farmacia

La presentacidn del Colegio de Farmaceuticos del Partido de Bahia Blanca de fecha 7 de marzo de 1995; y

CONSIDERANDO:

Que la carrera de Farmacia es afin con la carrera de Bioquimica, que se dicta en esta Universidad desde 1956, y se ofrecen unidas o dictadas en paralelo en la mayoria de las universidades nacionales;

Que la creacion de la carrera de Farmacia en el ambito de la Universidad Nacional del Sur contribuye a la descentralizacion del sistema universitario nacional y a la vogorizacion de la universidad del interior, dando respuesta a requerimientos sociales y regionales, comprobados no solo a traves de encuestas realizadas, sino por el hecho de que muchos egresados de Bioquimica de esta Universidad completan sus estudios en otras universidades para recibir el titulo de Farmaceutico, con sacrificio de tiempo, esfuezo economico y desarraigo de la zona;

Que el enfoque que se ha dado a la carrera de Farrnacia que se propone es moderno y apunta a desarrollar una alternativa de insercion laboral en el campo de la industria farmaceutica, propendiendo a la formacion de un profesional idoneo para la investigacion, diseño, sintesis, desarrollo, produccion, control de calidad, fraccionamiento, envasado, esterilizacion, almacenamiento, conservacion, distribucion (cadena de frio), dispensacion, administracion y monitoreo de uso de productos para la salud tales corno : productos medicinales, alimentos, productos cosmeticos, higienicos, radiofarrnacos, reactivos de diagnostico, hemoderivados, productos odontoZogicos, productos veterinarios, biotecnologicos, productos y rnateriales biomedicos que se utilicen y apliquen en el diagnostico, prevencion y tratamiento y curacion de los seres vivientes, y actuar en la promocion de la salud, educacion sanitaria, asesoramiento, monitoreo de medicamentos y farmacovigilancia;

Que el Departamento de Biologia y Bioquimica que impulsa la creacion de la carrera, forma parte a traves de la Bioquimica del "Ente Coordinador de Unidades Academicas de Farmacia y Bioquimica" (ECUAFYB), del que participan unidades academicas de la Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay, y que tiene como uno de sus objetivos delinear los contenidos minimos de los planes de estudio de las carreras de Farmacia y Bioqulmica, con el fin de delimitar claramente las incumbencias profesionales; circunstancia que garantiza que el plan propuesto se ajuste sin ambiguedades a dichas exigencias;

Que existen sobradas razones academicas que aseguran la formacidn integral del profesional, siendo estas:

* Que el sistema departamental que rige en la Universidad Nacional del Sur permite que los Departamentos de Matematica, Fisica y Ciencias de la Computacion dicten materias del Ciclo Basico de Farmacia: Matematica General, Estadistica "B", Fisica General y Computacion;

* Que la UNS cuenta con el Departamento de Qulmica e Ingenieria Quimica, donde se dictan materias del pian propuesto: Quirnica General e Inorganica, Quimica Organica I, II y III, Fisicoquimica General, Quimica Analitica General y Quimica Analitica Instrurnental, y con docentes e investigadores que desarrollan trabajos afines con la carrera de Farmacia;

* Que en el Departamento de Biologia y Bioquimica se dictan con regularidad las rnaterias que forman parte del Ciclo Basico en el aspecto biologico, tales como: Anatomia Humana, Fisiologia Humana, Histologla y Embriologia y las Quimicas Biologicas y que ademas ofrece otras asignaturas afines a las de Farmacia y cuenta con la capacidad y disposiclon de sus docentes para la adecuacion de las mismas a las necesidades de la nueva carrera;

Que existen en el Departamento de Biologia y Bioquimica muchos docentes e investigadores ligados a organismos de prornocion cientifica, ta1es como el Consejo Nacional de Investigaciones Cientificas y Tecnicas (CONICET) o la Comision de Investigaciones Clentificas de la provincia de Buenos Aires (CIC), que cumplen tareas en el Instituto do investigaciones Bioquimicas de Bahia Blanca (INIBIENB) u otros laboratorios de la UNS, lo que posibilita la formacion de recursos humanos en el area de las ciencias biologicas básicas y aplicadas y garantiza el respaldo academico para el desarrollo de un futuro posgrado;

Que el mecanismo propuesto por el Departamento de Biologia y Bioquimica para el dictado de materias especiffcas, (el 20% de la carrera) supone en una primera etapa la contratacion de docentes de primer nivel de la carrera de Farmacia de la Facultad de Farmacia y Bioquimica de la Universidad de Buenos Aires, quienes tarnbien colaboraran en la formacion del futuro personal docente, propendiendo a la reconversion de docentes existentes que pudieran estar interesados,

Que las objeciones a la creacion de la carrera de Farmacia que formula ante la Asamblea Universitaria el Colegio de Farrnaceuticos del partido de Bahia Blanca, que corren agregadas a fs. 90 a fs. 91 del expediente DByB-N.2050/94, no son atendibles porque rneramente se reducen a uno de los aspectos del ejorcicio de la actividad profesional, que abarca un listado de mas de una docena de las habilitaciones que se describen en el tercer considerando de la presente Resolucion,

POR ELLO,

La Asamblea Universitaria en acuerdo tomado en su sesion extraordinaria del dia 19 de

abril de 1995 y en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 39', inciso 9) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur,

RESUELVE:

ARTICULO 1) Crear la carrera de Farmacia en el ambito de la Universidad Nacional del Sur.

ARTICULO 2) Otorgar a los egresados de la carrera creada en el articulo precedente el titulo de grado universitario de Farmaceutico.

ARTICULO 3) Registrese. Pase al Rectorado para la gestion y tramites de obtencion de validez nacional al titulo de grado universitario creado en el articulo 2. Por su interrnedio al Consejo Universitario para su conocimiento y demas efectos. Tomen razon los departamentos y dependencias involucradas, pubilquese y archivese.

ING. CECILIO LUCAS

PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA

FERNANDO PABLO LAGO

SECRETARIO 1° ASAMBLEA UNIVERSITARIA