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ESTATUTO UNS (Elimina arts. 87º, 88 y 89º, mod. art. 90º

 

 

Resolución AU-8/04

Expediente AU-217/96 1º y 2º cpo.

 

BAHIA BLANCA, 17 de junio de 2004

 

            VISTO:

            La presentación realizada para el tratamiento de la reforma de varios artículos del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur;

 

            El artículo 48º inciso a) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, que habilita a la Asamblea Universitaria a modificar el Estatuto, y el artículo 44º que permite la convocatoria a reunión extraordinaria; y

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que las publicaciones oficiales del Estatuto, tanto impresas como en su versión electrónica, no tienen incorporados los cambios introducidos por la Resolución AU-03/97 del 17 de abril de 1997, lo que da lugar a confusiones;

 

            Que superados los períodos de adaptación, las disposiciones transitorias enunciadas en los artículos 87º, 88º y 89º del Estatuto han perdido vigencia;

 

            Que las consideraciones del artículo 90º del Estatuto, referido a la aplicación de las disposiciones transitorias, deberán ser adaptadas a las nuevas modificaciones, así como también el ordenamiento de su numeración;

 

            Que resulta imprescindible contar con un texto ordenado y actualizado con las modificaciones  realizadas al Estatuto;

 

           

            POR ELLO,

 

La Asamblea Universitaria en sesión especial extraordinaria y en uso de sus facultades

 

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Eliminar los artículos 87º, 88º y 89º del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 2º).- Incorporar al Estatuto de la Universidad Nacional del Sur los artículos aprobados como disposiciones transitorias en las resoluciones de modificación del Estatuto, ordenados consecutivamente a partir del número 87.

 

ARTICULO 3º).- Modificar el texto del artículo 90º del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur en la parte que hace mención a los eliminados artículos 87º, 88º y 89º, reemplazándolos por los números que surjan de la aplicación del artículo 2º de esta resolución.

 

ARTICULO 4º).- Reemplazar la numeración del artículo 90º del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur por la que surja del ordenamiento natural y consecutivo que le corresponda luego de incorporar las cláusulas transitorias enunciadas en el artículo 2º de esta resolución.

 

ARTICULO 5º).- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Nacional del Sur del texto ordenado y actualizado del Estatuto Universitario.

 

ARTICULO 6º).- Comuníquese al señor Rector  por su intermedio al consejo Superior Universitario. Regístrese y archívese.

 

LIC. MARIA DEL C. VAQUERO DE TRELLINI

PRESIDENTA

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

ESTEBAN RODRÍGUEZ

P/JAVIER REYES

SECRETARIO 1º

ASAMBLEA UNIVERSITARIA