CREA LA CARRERA DE “TRADUCTORADO PÚBLICO EN IDIOMA
INGLÉS” (PERFIL Y ALCANCES)
Resolución AU-
08/21
Expte 1674/2020
BAHIA BLANCA, 01 de julio de 2021
VISTO:
Ley de Educación Superior 24.521
Disposición.01-10- de la Dirección
Nacional de Gestión Universitaria- Anexo II;
El Art. 48º inciso g) del Estatuto
de la Universidad Nacional del Sur donde se establece como atribución de la
Asamblea Universitaria crear carreras y títulos a propuesta del Consejo
Superior Universitario;
La resolución del Consejo
Departamental de Humanidades CDH-344/20 mediante la cual se propone la creación
de la carrera "Traductorado Público en Idioma
Inglés" y el título de Traductor/a Público/a en Idioma Inglés, en el
ámbito del Departamento de Humanidades de la Universidad Nacional del Sur;
La Resolución del Consejo Superior
Universitario CSU-445/20 que eleva a la Asamblea Universitaria la creación de
la mencionada carrera y título;
La Ley 12048 y su modificatoria Ley
14185 que regula el ejercicio de la profesión en todo el territorio de la
Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional del Sur
debe estar comprometida con los requerimientos actuales de la sociedad y que la
demanda de traductores profesionales aumenta día a día en un mundo globalizado
e híper conectado como el actual;
Que la UNS está inserta en el
contexto de la ciudad de Bahía Blanca la cual requiere, de manera creciente, la
función de traducción a cargo de un profesional dado que es sede administrativa
de organismos públicos y privados nacionales y provinciales, posee un puerto de
aguas profundas, polos petroquímico y tecnológico, un parque industrial y dos importantes
universidades nacionales que la ubican en un lugar de privilegio con proyección
a escala nacional e internacional;
Que, en Argentina, la carrera de Traductor
Público en Idioma Inglés se dicta en 19 universidades (11 privadas y 8
públicas) y solamente 4 (3 privadas y 1 pública) están radicadas en el ámbito
de la provincia de Buenos Aires. De manera que la Universidad Nacional del Sur
(UNS), por su estratégica ubicación geográfica, se presenta como una
interesante plaza con una extensa área de influencia;
Que el traductor público es el único profesional
habilitado para darle validez legal a una traducción mediante su firma y su
sello para garantizar la seguridad jurídica del acto;
Que las distintas demandas motivaron que el
Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de la Provincia de Buenos Aires
(CTPIPBA) - Regional Bahía Blanca, el día 21 de diciembre de 2015, presentara
la iniciativa para la creación de la carrera;
Que el Departamento de Humanidades transmitió
esta inquietud a los profesores del Área de Lenguas Extranjeras para iniciar un
trabajo en conjunto en el proyecto de creación de carrera;
Que en la elaboración del proyecto trabajó una
Comisión Mixta integrada por representantes del Departamento de Humanidades y
del Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de la Provincia de Buenos
Aires (CDH 382/16);
Que la propuesta respeta y valora la
organización departamental de la Universidad Nacional del Sur y reconoce el
aporte de los distintos campos disciplinares en la formación de los graduados,
incluyendo materias dictadas por el Departamento de Derecho;
Que el proyecto respeta las especificaciones de
resoluciones de marco en lo concerniente a cuestiones de forma (duración de la
carrera para el otorgamiento del título de Traductor, carga horaria mínima,
plan de estudios, nombre del título, etc.;
Que el proyecto especifica el plan de estudios y
los requerimientos de nuevos cargos docentes para la implementación efectiva de
la carrera.
POR ELLO,
LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA
EN SU SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 30 DE JUNIO DE 2021
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Crear en el ámbito de la
Universidad Nacional del Sur la carrera de “Traductorado
Público en Idioma Inglés”.
ARTÍCULO 2º: Otorgar a los egresados de
la carrera creada por el Artículo 1º el título de “Traductor/a Público/a en
Idioma Inglés”, cuyo perfil y alcances se detallan en el Anexo de la presente
resolución.
ARTICULO 3º: Regístrese. Pase a
Rectorado para la gestión y trámites de obtención de validez nacional del
título creado en el artículo 2º. Por su intermedio al Consejo Superior
Universitario. Tome razón el Departamento de Humanidades. Publíquese y archívese.
LUIS MARIA ESANDI
PRESIDENTE
ASAMBLEA UNIVERSITARIA
ANEXO I
PERFIL Y
ALCANCES DEL TÍTULO DE TRADUCTOR/A PÚBLICO/A EN IDIOMA INGLÉS
Perfil del
Traductor/a Público/a en Idioma Inglés
Se espera que el egresado de la
carrera de Traductorado Público en Idioma Inglés sea
un profesional capacitado para interpretar el sentido del mensaje de un
documento escrito o audiovisual en la lengua fuente y comunicarlo eficazmente
en la lengua meta, adaptándolo a la necesidad directa y útil del público
destinatario de la traducción. El traductor público profesional deberá ser
capaz de:
- actuar con solvencia en el ámbito
jurídico, económico, técnico, científico o editorial;
- analizar y sintetizar todo tipo de
textos y discursos en las lenguas de trabajo;
- saber aplicar el metalenguaje
especializado y profesional;
- conocer los fundamentos teóricos
de la lingüística y sus disciplinas;
- conocer las corrientes traductológicas actuales;
- utilizar técnicas de búsqueda de
información y documentación, y saber aplicar las técnicas de edición,
maquetación y revisión textual;
- aplicar las herramientas
informáticas profesionales propias de la traducción e interpretación;
- crear y gestionar bases de datos
terminológicas;
- emplear herramientas informáticas
propias de la traducción y la interpretación, y aplicar los estándares de
calidad en el ejercicio de la profesión;
- tener iniciativa, imaginación y
motivación para afrontar tareas en circunstancias diversas y cambiantes;
- tener la capacidad para trabajar
bajo presión y con constancia, por su cuenta o en equipo, e integrarse en
entornos multiculturales. Alcances del título de Traductor/a Pública en Idioma
Inglés
Alcances del título de
Traductor/a Pública en Idioma Inglés
Los alcances del título de Traductor Público se
encuadran en las disposiciones de la Ley 12048 y su modificatoria Ley 14185,
que “regula el ejercicio de la profesión en todo el territorio de la Provincia
de Buenos Aires” (Art. 1).
Conforme a esta Ley, “es función del traductor
público traducir documentos del idioma extranjero al nacional y viceversa en
los casos en que las disposiciones legales así lo establezcan” (Art. 3) y “el
traductor público actuará como intérprete del o los idiomas en que posea título
habilitante” (Art. 4).
La Ley establece, asimismo, que “cuando un
documento en lengua extranjera deba ser presentado ante la Administración
Provincial o Municipal, descentralizada o no, así como en procesos judiciales,
deberá ser acompañado de su traducción al idioma nacional realizada por
traductor público” (Art. 6).
Además, los egresados de la carrera de Traductorado Público en Idioma Inglés están habilitados
para:
- Realizar traducciones de textos y documentos
de carácter público y privado del inglés al idioma nacional y viceversa en las
áreas científica, técnica, comercial y literaria.
- Actuar como peritos auxiliares de la justicia
en los distintos fueros.
- Actuar como revisores y asesores lingüísticos
en inglés.
- Trabajar como docentes en carreras
relacionadas con la traducción y la interpretación.
- Participar en centros de investigación dentro
de las áreas de su competencia.
- Prestar servicios de terminología y
documentación.
- Dirigir proyectos de traducción y edición.
- Trabajar en equipos interdisciplinarios que requieran de
saberes técnicos o específicos vinculados con la traducción.