CEMS

CREACION ESCUELA DE CICLO BASICO COMUN

 

 

RESOLUCION AU – 09/11

Expte. 149/2009

 

 

Bahía Blanca, 19 de mayo de  2011.

 

VISTO:         

 

El Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, que en su art. 55º, establece que “Son atribuciones del Consejo Superior Universitario…..proyectar y proponer a la Asamblea Universitaria la creación o supresión de…..institutos o establecimientos de enseñanza preuniversitaria y superior”;

 

          La documentación obrante en los archivos de la UNS, de la que se desprende que en el año 1961 el Consejo Universitario, facultado específicamente al efecto por la Asamblea Universitaria y dentro del marco del Estatuto vigente, creó un Ciclo Básico, común para todos los establecimientos secundarios existentes, el cual, a través del tiempo, ofició como una escuela independiente;

 

           La  Ley 24.195, Federal de Educación, que en 1993 modificó toda la estructura educativa nacional, entre otros aspectos, removiendo los hasta ese momento vigentes regímenes de escuela primaria y secundaria;

 

           La Res. CU-050/1996, que estableció la adecuación institucional y académica de las EEMUNS a la Ley 24.195;

 

            La Res. CU-337/1996 que creó, en el marco de la adecuación citada, la Escuela de Educación General Básica, incorporando a ésta la Escuela de Ciclo Básico existente y diluyendo así su estructura e identidad como tal;

 

            La posterior Ley 26.206 de Educación Nacional, de 2006, que dispuso una nueva estructura para la enseñanza obligatoria a nivel nacional, lo que se traduce en una instancia inicial más las posteriores primaria y secundaria;

 

            La Res. AU-02/10, mediante la cual la UNS comenzó a adecuar sus escuelas preuniversitarias a la Ley 26.206 ahora vigente, creando la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria en el ámbito del CEMS, resultando una unidad pedagógica independiente que no incluye a la escuela que es objeto de la presente resolución;

 

           La Res. CEMS -74/2010, que solicitó al CSU la elevación a la Asamblea Universitaria  de la propuesta de creación de la Escuela de Ciclo Básico Común en el ámbito del Consejo de Enseñanza Media y Superior;

 

 La Res. CSU- 784/2010 que propone a la AU la creación – con base en el nuevo proyecto – de la Escuela de Ciclo Básico Común en el ámbito del CEMS; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que la Ley Nacional de Educación, al demandar de las escuelas una nueva adecuación a regímenes independientes para las enseñanzas primaria y secundaria, da el marco propicio para la creación de una Escuela de Ciclo Básico en el ámbito de la UNS, en el marco del CEMS;

 

              Que la Universidad Nacional del Sur en general, y su Asamblea Universitaria en particular, deben dar cuenta, señalar y sostener un rumbo de compromiso para con sus escuelas pre-universitarias;

 

            Que la formalización de esta estructura (Escuela de Ciclo Básico Común) representa un reconocimiento a un proyecto pedagógico distinguido y elogiado por generaciones de profesores, alumnos y padres de la comunidad de Bahía Blanca, que un equipo docente impulsara desde el año 1958 con un horizonte de iniciativas de cambio para lograr como meta permanente una educación de calidad;

 

            Que la experiencia recogida por años de funcionamiento de la escuela de Ciclo Básico, previo a la adecuación de 1996, mostró que tal organización pedagógica y académica resultó muy exitosa para con sus fines, es decir, lograr que los alumnos alcance los ciclos siguientes, de orientaciones de mayor especificidad, con una formación consolidada y de calidad;

 

             Que la Res. CSU- 337/1996 en forma explícita eliminó la hasta entonces vigente Escuela de Ciclo Básico de la UNS y, por tanto, corresponde a la UNS en este nuevo contexto legislativo volver a crearla;

 

             Que el art. 29 de la Ley 26.206 (“la Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y organizativa”) deja en claro que se debe asegurar que, aún en el contexto de una arquitectura conformada por escuelas independientes, la unidad pedagógica y educativa sea realizable y realizada;

 

POR ELLO:

LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA, reunida  en sesión extraordinaria convocada al efecto,

 RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Crear  la  Escuela  de Ciclo  Básico Común en  el  ámbito del  Consejo de Enseñanza Media y Superior, de acuerdo al proyecto ya tratado en el ámbito del CSU.

 

ARTICULO 2º :Recomendar .al .CSU. que .provea la estructura, herramientas  y  recursos que posibiliten una efectiva y eficaz coordinación pedagógica y organizativa entre los diferentes ciclos que forman las escuelas pre-universitarias de la UNS

 

ARTÍCULO 3º: Pase a Rectorado y por su intermedio  al Consejo Superior  Universitario a todos sus efectos. Tome razón el CEMS. Cumplido, archívese.-

 

Abog. ALEJANDRO CANTARO

PRESIDENTE

ASAMBLEA UNIVERSITARIA

 

GUILLERMO PERA VALLEJOS.

SEC. ASAMBLEA UNIVERSITARIA