ANEXO DE LA RESOLUCION

CU156/87

FINES Y OBJETIVOS DE LAS ESCUELAS MEDIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR:

Fines de /a Enseñanza Media Uníversitaria:

Para educar coherentemente al alumno se debe propender a la formación de un hombre con verdadero sentimiento nacional y responsable de todo su comportamiento. De modo que la escuela debe pasar de una actitud centrada en los contenidos a una actitud transformadora, apoyada en experiencias concretas en las que el educando desempeñe un papel de verdadero protagonista. De allí que todos los esfuerzos deben tender a un desarrollo de su conciencia histórica como argentino latinoamericano y ciudadano del mundo, capaz de influir socialmente, y con capacidad critica y creativa en el marco de una libertad responsable. De esta manera el alumno se sentirá participe activo de ia educación.

Las Escuelas de la U.N.S., debido a la autonomia con que trabajan y la consecuente situación especial en que se hallan, deben responder específicamente a ciertas f unciones entre otras:

Preparar para los estudios universitarios y terciarios no sólo a través de la capacitación intelectual y detección de vocaciones, sino a través de la orientación y preparación para adaptarse mejor a la vida universitaria. Su vinculación con la U.N.S. debe ser permanente.

Ser centros de investigación y experimentación pedagógicos y como tales deben mantener un permanente perfeccionamiento en la enseñanza; ha de munir a los docentes de un asesoramiento especializado y recabar informaciones de experiencias realizadas por otros establecimientos. Las Escuelas deben proyectarse a fin de promover mejoras en la comunidad local, regional y nacional.

Capacitar al alumno para su inserción laboral; su formación en tal sentido debe abarcar tanto conocimientos como habilidades para atender a los requerimientos de la comunidad. Por lo tanto deben tenerse en cuenta las demandas actuales para el establecimiento de las distintas modalidades.

Objetivos Institucionales de/ Consejo de Enseñanza Media y Superior:

Organizar las Areas de materias afines el Area de orientación escolar y la Asesorla Académica, según Resolución del Consejo Superior Universitario del dla 9 de abril de 1986. Se lograria asi obtener una planificación coherente y eficaz, imprescindible para lograr los fines enunciados precedentemente. Sin este tipo de organización, parece imposibie ilevar a cabo ningún tipo de reforma pedagógica y abordar consecuentemente, las temáticas que exigen definiciones y;o revisiones (objetivos de los ciclos, perfil de sus egresados, evaluación y promoción, ingreso etc).

Llamar a concurso de titulos, antecedentes y oposición para cubrir horas catedras titulares y acrecentamiento para docentes con horas cátedra por concurso, tendiente a lograr una mayor estabilidad y dedicación del personai de las Escuelas. El llamado a concurso debería en lo posible efectuarse, por grupos mínimos de doce (12) horas.

Establecer contactos permanentes y fluidos con los distintos Departamentos de la U.N.S., a fin de determinar conjuntamente contenidos y metodologías acordes con las actuaciones cientificas, técnicas y humanistas.

Establecer contactos especiales con el Afea Pedagógica del Departamento de Humanidades de la U.N.S, para lograr que las Escuelas sean un efectivo Departamento de aplicación para los profesorados de las distintas carreras de la U.N.S.

Capacitar al personal docente de las Escuelas a través de cursos, jornadas, seminarios, etc., para poder implementar y lograr los objetivos propios de las Escuelas.

Proyectar sus experiencias e investigaciones, debidamente evaluadas, a otras áreas educativas nacionales, provinciales, municipales.

Dr. ALBERTO R. CASAL

Rector

Ing Agr AGUEDA SUAREZ

PORTO DE MENVIELLE

Secretaria Consejo Universitario