PLANES DE ESTUDIO IDIOMAS


Resolución CD537/89.


BAHIA BLANCA , 22 diciembre 1989.


VISTO:

Que los alumnos inscriptos a partir del primer año de vigencia del nuevo Plan de Estudios de la carrera de Contador Público, deberán rendir una "prueba de suficiencia en idioma extranjero", en la forma en que lo reglamente el Departamento de Ciencias de la Ad ministración;Que resulta claro que si el nuevo Plan de Estudios entró en vigencia en el año 1989, la prueba de suficiencia en idioma extranjero será exigible para los alumnos que se inscriban en primer año, no así para todos aquellos alumnos inscriptos en años anteriores a 1989, y que se pasen al nuevo plan; y


CONSIDERANDO:

El proyecto elaborado por el señor Director Lic. Fabio Rotstein y el análisis realizado del mismo;


POR ELLO,

El Consejo Departamental del Depto. de Ciencias de la Administración

RESUELVE:


ARTICULO 1°). La prueba de suficiencia en la traducción de textos técnicos en idioma extranjero consistirá en la traducción escrita de un texto extraído de un libro o publicación periódica correspondiente a temas relacionados con las áreas Contable, Administrativa y Profesional de la carrera de Contador Público. El alumno podrá utilizar un diccionario, el que será previamente aprobado por el examinador o la Comisión Examinadora.


ARTICULO 2°). El idioma extranjero será el Inglés, pero el Consejo Departamental puede determinar otros idiomas, cuando las circunstancias lo permitan y hagan aconsejable. La prueba deberá ser rendida por primera vez antes que el alumno apruebe la materia Nro.18 de su plan curricular.


ARTICULO 3°). El alumno deberá indicar por escrito el idioma elegido si el Consejo Departamental aprobara más de uno e inscribirse en las fechas que anualmente se determinen. La Dirección del Departamento propondrá al Consejo Departamental el examinador/es, o comisión examinadora/s y las fechas de exámenes, los que no serán menos de cuatro (4) por año y por idioma.


ARTICULO 4°). El texto seleccionado por la Comisión Examinadora , será de carácter general tal como la introducción a un capitulo o tema, de modo que se pueda evaluar la idoneidad idiomática sin necesidad de que el alumno tenga conocimientos previos del tema en cuestión.


ARTICULO 5°). El examen será aprobado si:a) El texto traducido tiene una extensión no inferior a cuatrocientas (400) palabras en el idioma original.b) El texto en castellano expresa claramente el concepto del original, respetando los tiempos, géneros declinaciones, modismos y demás elementos estructurales del mismo.


ARTICULO 6°). La prueba se Calificará como "aprobado" o "desaprobado". Los resultados de las mismas no se computarán a los efectos del promedio de notas del alumno.


ARTICULO 7°). Regístrese; dése al Boletín Oficial de la UNS; pase a la Dirección de Alumnos y Estudio; cumplido, archívese.



Lic . FABIO ROTSTEIN

Director Decano Dpto. Cs. de la Administración

Cr. OSCAR M. RADIVOY

Secretario Académico Dpto. Cs. de la Administración