SUPRESION DEL SISTEMA DE CLASES OBLIGATORIAS
Resolución CSP 035/84. Consejo Superior Provisorio.
Expedientes S N° 0328 Año 1970. RN° 0866 Año 1967. SAE N° 0365 Año 1968.
Bahia Blanca, 14 de mayo de 1984
VISTO y CONSIDERANDO:
Que existe consenso entre los Directores de Departamentos y el Rectorado de la Universidad Nacional del Sur sobre la conveniencia de que se eliminen el Sistema de Clases obligatorias en la UNS;
Que no obstante por razones académicas resulta necesario mantener la obligatoriedad de asistencia a clases practicas en determinadas materias;
Que en este sentido en la reunión de fecha 27-3-84 se aprobó el dictamen de la Comision de Interpretación y Reglamento;
Por ello:
El Consejo Superior Provisorio de la Universidad Nacional del Sur
RESUELVE
1°) Suprimir en todas las carreras de la Universidad Nacional del Sur el sistema de clases obligatorias.
2°) Los Departamentos podrán disponer la obligatoriedad de asistencia a clases prácticas de determinadas materias cuando a su juicio existan fundadas razenes para esta exigencia.
3°) Registrese, pase al Departamento de Alumnos y Estudios para su conocimiento y demás efectos; tomen razón los Departamentos Docentes de la Universidad Nacional del Sur. Cumplido, archivese.
Prof. PEDRO GONZALEZ PRIETO
Rector Norma1izador
Dr. RAUL GUILLERMO LOPEZ CAMELO
Sec. Consejo Superior Provisorio