MANUAL PROCEDIMIENTO CONVENIOS ESPECIFICOS  (DEROGA TITULO RES.CSU-900/09 ANEXO I)

 

Resolución CSU-103/13

Expediente 116/13

 

Bahía Blanca, 3 de abril de 2013.

 

            VISTO:

            La Resolución Nº900/09 que establece un Manual de Procedimientos para la gestión de Convenios Marco en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, tanto de Cooperación y/o Colaboración como de Pasantías Educativas y Prácticas Profesionales Supervisadas; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que es menester definir normas compatibles con la mencionada resolución en vistos, tendientes a lograr la armonización en los procesos vinculados a Convenios Específicos, generados en la mayoría de los casos por las distintas Unidades Académicas, sin la intervención del Area de Convenios dependiente de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento;

 

            Que en el marco del Manual ya existente, se ha implementado en la citada Secretaría un sistema informático para consulta online del registro de los Convenios suscriptos así como de sus textos, dotando de una mayor celeridad y flexibilidad la respuesta a los diferentes requerimientos;

 

            Que es de suma importancia para la Secretaría, disponer de la información relativa a Convenios Específicos en aras de propiciar el desarrollo de una base de datos de similares alcances a la referida en el párrafo precedente;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 27 de marzo de 2013, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer un Manual de Procedimientos para la gestión de Convenios Específicos en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, Secretaría Generales de Rectorado y Unidades

Académicas, referido como Anexo I de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º).- Derogar el título “Convenios Específicos” correspondiente al Anexo I de la Resolución CSU-900/09.

 

ARTICULO 3º).-Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento para su conocimiento y comunicación a las Secretarías de Rectorado y a las distintas Unidades Académicas e Institutos. Comuníquese al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

A N E X O

Resolución CSU-103/13

 

MANUAL DE PROCEDIMEINTOS PARA LA GESTION DE CONVENIOS ESPECIFICOS EN EL AMBITO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

DISPOSICIONES GENERALES:

 

1 - PROMOTORES: Son promotores de Convenios Específicos y sólo serán consideradas oficiales, las tratativas y preacuerdos gestionados por ellos, los siguientes:

 

a)       Unidades Académicas como promotor primario o agentes bajo su dependencia.-

b)       Rectorado a través de sus Secretarías Generales en el ámbito específico de su incumbencia.

 

2 - Los Convenios Específicos se celebrarán siempre en el Marco de un Convenio General firmado por el señor Rector de la Universidad Nacional del Sur.

 

3 – Para la Universidad del Sur un Convenio Específico cobrará validez únicamente si está homologado y debidamente firmado por las partes.

 

4 – Los Convenios Específicos de Colaboración y/o Cooperación, generados por las Unidades Académicas son tratados y aprobados por Resolución de los respectivos Consejos Departamentales de las mismas y suscriptos por su Director/a Decano/a.

 

5 – Los Convenios Específicos de Colaboración y/o Cooperación, generados por las Secretarías Generales de Rectorado, son aprobados por Resolución de Rectorado y suscriptos por el propio Rector.

 

6 – Deberán tener un tiempo de ejecución concreto, para lo cual deberá consignarse fecha de iniciación y finalización, pudiendo prorrogarse en forma automática si las partes así lo consignan, condicionado a la vigencia del convenio marco de origen.

 

INFORME DE SITUACION (IS)

 

1 – Se entiende por Informe de Situación (IS) del Convenio un informe sintético confeccionado por el área de Convenios de las distintas Unidades Académicas y de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento (SGRIyP) para el caso del Rectorado, donde  conste:

 

  1. Institución con la que se celebró el Convenio
  2. Tipo de Convenio, alcances y áreas de conocimiento involucradas.
  3. Plazo de vigencia del Convenio y/o condiciones de renovación automática.

 

TRAMITE A SEGUIR:

El procedimiento a seguir será el siguiente:

 

UNIDADES ACADEMICAS

 

  1. El docente interesado en firmar un Convenio Específico, deberá iniciar el trámite a través de su Unidad Académica, quien luego de evaluar la solicitud, procederá al armado del respectivo expediente con una nota que exprese la necesidad de la firma del Convenio, el modelo del mismo y una copia del Convenio Marco ya existente.
  2. Una vez aprobado por el Consejo Departamental, la Unidad Académica:

i)                     Confeccionará la resolución de homologación, incluyendo en su giro, el pase a conocimiento de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento (SGRIyP)

ii)                   Confeccionará  los repectivos ejemplares

iii)                  Acordará con ambas partes la firma

iv)                 Archivará un original y enviará un ejemplar con nota de elevación a la otra parte.

v)                   Incorporará copia del Convenio y la nota de elevación en el expediente.

vi)                 Procederá a la carga del mismo en el sistema informático dentro del sitio www.cooperación.uns.edu.ar, incluyendo  el pdf del texto. Para esto los Departamentos dispondrán mediante resolución de Decano, del responsable para la carga en línea de la información requerida en el mencionado sitio. A tales efectos la Secretaría de Relaciones Institucionales y Planeamiento procederá a generar nombre de usuario y contraseña para los funcionarios designados.

vii)                Girará el expediente a Mesa General de Entradas para su archivo.

 

RECTORADO

 

  1. La Secretaría interesada en firmar un Convenio Específico, deberá iniciar el trámite a través de la Secretaría General de Relaciones Institucionales, quien procederá al armado del respectivo expediente con la nota que exprese la necesidad de la firma del Convenio, el modelo del mismo y una copia del Convenio Marco ya existente.
  2. La SGRIyP girará el expediente a la Dirección de Asuntos Jurídicos para que emita su dictamen.
  3. La Dirección de Asuntos Jurídicos devolverá el expediente a la SGRIyP para que, en caso de no existir objeciones legales, confeccione la resolución de homologación de Rectorado. Si hubiera objeciones, el Convenio deberá modificarse según las observaciones realizadas.
  4. Una vez confeccionada la Resolución de Rectorado, la SGRIyP:

 

i)Confeccionará la resolución de homologación

 

ii)Confeccionará los respectivos ejemplares

 

iii) acordará con ambas partes la firma.

 

iv)archivará un original y enviará un ejemplar con nota de elevación a la otra parte.

 

v) incorporará copia  del Convenio y la nota de elevación en el expediente.

 

vi) procederá a la carga del mismo en el sistema informático, incluyendo el pdf del texto.

 

vii)girará el expediente a Mesa General de  Entradas para su archivo.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO