EXTENSION UNIVERSITARIA

CREA BECA DE DIRECCION DE ACCIONES DE EU

 

Resolución CSU-1057/23

Expte. 2325/2022

 

BAHÍA BLANCA, 7 de diciembre de 2023

VISTO:

La resolución CSU-690/2023 que aprueba las bases y condiciones de la X Convocatoria de Proyectos de Extensión, impulsada por la Secretaría General de Cultura y Extensión; y

 

CONSIDERANDO:

Que existe la necesidad de crear un mecanismo más ágil y dinámico para la transferencia, seguimiento y rendición de los fondos asignados a las/os directoras/es de proyectos aprobados en las distintas Convocatorias de Proyectos de Extensión de la Universidad Nacional del Sur;

 

Que la función de extensión de la Universidad Nacional del Sur ha tenido un crecimiento continuo y sostenido en la última década que obliga a generar nuevas figuras administrativas que institucionalicen la función universitaria extensionista;

 

Que resulta esencial para contribuir al fin antes mencionado, la generación de un acto administrativo por el cual se pueda transferir a las/os directoras/es los recursos de los proyectos de extensión universitaria, de manera que puedan contar de forma integral con los fondos que les corresponden al resultar aprobados en una convocatoria de proyectos de extensión;

 

Que las consultas efectuadas a la Secretaría de Políticas Universitarias nos confirman que el porcentaje de los fondos transferidos a la Universidad Nacional del Sur mediante el Programa de Fortalecimiento de la Extensión 2022 y que fueren utilizados para becas y transferencias, satisface los requisitos de la RESOL-2021-600-APN-ME mediante un acto administrativo;

 

Que la figura de becas de dirección de acciones de extensión universitaria, será una herramienta de gran utilidad para las sucesivas resoluciones del Consejo Superior Universitario que aprueben los proyectos de las distintas Convocatorias a proyectos de Extensión Universitaria;

 

Que el mecanismo de Becas de dirección de acciones de extensión fue acordado y revisado por la Comisión Asesora de Extensión —CAE— (Res. CSU-500/2009), integrado por las/os representantes de todas las unidades académicas de la UNS y por el CEMS;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, en su reunión del 6 de diciembre de 2023, el dictamen de su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas. Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Crear la Beca de Dirección de Acciones de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTÍCULO 2º: Definición de Beca de Dirección de Acciones de Extensión. Se entiende por Beca de Dirección de acciones de Extensión Universitaria al estipendio que permite la transferencia de fondos que la Universidad Nacional del Sur realiza a los directoras/res de proyectos de extensión aprobados por el Consejo Superior Universitario en el marco de las distintas Convocatorias; a los fines de dinamizar la ejecución de los recursos destinados a financiar dichos proyectos en armonía con las normas jurisdiccionales de la Universidad Nacional del Sur y con la RESOL-2021-600- APN-ME; y con el objetivo de asemejarlos a la mecánica de uso de recursos que se utiliza en los Proyectos de Grupo de Investigación de la UNS.

 

ARTÍCULO 3º: Beneficiarias/os. Las Becas de Dirección de Acciones de Extensión Universitaria se otorgarán a todas las directoras/es de proyectos que resulten elegidas/os en el marco de las Convocatorias de Proyectos de Extensión, tanto generales como específicas, convocadas por la Secretaría General de Cultura y Extensión y aprobadas por el Consejo Superior Universitario.

 

ARTÍCULO 4º: Incompatibilidades. Las Becas de Dirección de Acciones de Extensión Universitaria no presentan ningún tipo de incompatibilidad.

 

ARTÍCULO 5º: Monto: El importe de la beca mencionado en el artículo 2° será establecido en la resolución de aprobación de Bases y condiciones de las Convocatorias de Proyectos de Extensión, y corresponde al monto asignado a cada Proyecto.

 

ARTÍCULO 6º: Plazos: La transferencia de los fondos correspondientes a la Beca establecida en el artículo 2 será realizada en dos giros durante la ejecución del proyecto. El segundo giro será efectuado, a solicitud de la SGCyEU, una vez rendido el monto recibido en el primer giro.

La rendición del monto del segundo giro podrá ser realizada hasta un mes luego de culminado el plazo de ejecución del proyecto. Mientras esté pendiente la rendición y/o devolución del monto asignado la/el directora/or no podrá presentarse a otras convocatorias de la misma Secretaría.

El monto no rendido debe ser reintegrado a la SGCyEU. En caso que así no fuera se procederá al inicio de las acciones pertinentes. Mientras tanto no será posible presentarse a otras convocatorias en el ámbito de la UNS o con su aval.

 

ARTÍCULO 7º: Obligaciones de la/del becaria/o de Dirección de Acciones de Extensión Universitaria. La obligación del/la becario/a de Dirección de Acciones de Extensión Universitaria es presentar la rendición de los fondos transferidos según los plazos y formas establecidos por la presente resolución.

 

ARTÍCULO 8°: Rendiciones de los fondos de la Beca y seguimiento. La Secretaría General de Cultura y Extensión será la receptora de las rendiciones correspondiente a la Beca de Dirección de Acciones de Extensión Universitaria y la responsable del seguimiento, control y conservación de la documentación establecida en el Anexo de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 9°: Pase a la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria y, por su intermedio, comuníquese a la Dirección General de Economía y Finanzas. Dese al Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo. Cumplido, archívese. Anexo Res. CSU-1057/23

 

DRA. ANDREA CASTELLANO

VICERRECTORA

DR. JAVIER DARIO OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

ANEXO

Res. CSU-1057/23

 

 

descarga (1)

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA Y EXTENSION UNIVERSITARIA

RENDICIÓN FINAL DE BECA POR ACCIONES DE EXTENSION

 

NOMBRE DEL PROYECTO

 

DIRECTORA/OR:

 

RENDICION DE BECAS DE DIRECCIÓN DE ACCIONES DE EXTENSIÓN

 

NOMBRE DEL PROYECTO:

 

DIRECTORA/OR:

 

1 FONDOS OTORGADOS AL PROYECTO (En letras y números).

 

2 DETALLE DE GASTOS EFECTUADOS POR EL PROYECTO:

 

NO DEBEN PRESENTARSE GASTOS AJENOS AL FIN PARA EL CUAL SE OTORGÓ LA TRANSFERENCIA.

 

NO DEBEN PRESENTARSE RENDICIONES ECONÓMICAS FUERA DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS.

 

DEBEN PRESENTARSE RENDICIONES POR EL MONTO TOTAL DEL SUBSIDIO ASIGNADO.

 

NO SE PUEDEN ADQUIRIR BIENES DE USO, DE CAPITAL O INVENTARIABLES (INCISO 4).

 

REALICE EL LISTADO DE LOS GASTOS REALIZADOS EN BIENES DE CONSUMO (INCISO 2), SERVICIOS NO PERSONALES (INCISO 3) Y ASIGNACIONES A ALUMNAS Y ALUMNOS (INCISO 5), EN LAS TABLAS QUE SE ADJUNTAN.

 

INCLUYA LOS GASTOS EN ORDEN CRONOLÓGICO Y ENUMERE CORRELATIVAMENTE LOS COMPROBANTES.

 

ANEXE TODOS LOS COMPROBANTES ORIGINALES FIRMADOS POR EL DIRECTORA/OR DEL PROYECTO DE EXTENSIÓN.

 

NO SE DEBEN ADJUNTAR FOTOCOPIAS DE COMPROBANTES

 

COMPROBANTES DE GASTOS REALIZADOS

 

PLANILLA N° 1 BIENES DE CONSUMO

 

Incluya los gastos realizados en, por ejemplo: papelería en general, instrumental de vidrio, tintas y útiles de escritorio, insumos informáticos, herramientas varias, etc. En caso de incurrir en gasto de combustible y lubricante deberá utilizarse YPF.

 

Los comprobantes deben reunir los siguientes requisitos:

1. Deberán emitirse a nombre de la Universidad Nacional del Sur (CUIT: 30-54666878-5) e indicar en condición frente al IVA: exento o bien a nombre de la directora o director del proyecto.

2. Deberán estar conformados (es decir, firmados) por la/el directora/or del proyecto.

3. Deberán indicar condición de venta: contado.

4. Solo se aceptarán facturas tipo b, c o ticket fiscal debiendo constar la fecha de adquisición de los bienes o servicios, cantidad, detalle, precios unitarios y totales erogados. se deja constancia de que no se aceptarán facturas a.

5. Si el comprobante fue pagado con tarjeta de crédito, se debe adjuntar una nota en la cual se detalle el motivo de utilizar ese medio de pago.

6. Los comprobantes no deben presentar enmiendas, tachaduras ni borrones que no hayan sido debidamente salvados.

7. El monto de cada comprobante no deberá superar los $ 80.000 a la vez, la sumatoria de los gastos individuales a un mismo proveedor no puede superar los $80.000.

 


 

Comprobante

Número

Fecha

Detalle

Importe($)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL/TRANSPORTE ($)

 

 

 

 


COMPROBANTES DE GASTOS REALIZADOS”

 

PLANILLA Nº 2 SERVICIOS NO PERSONALES

 

Incluya, por ejemplo: gastos de mantenimiento y reparación de maquinarias y equipos, servicios técnicos y profesionales pagados a terceros, asesorías, consultorías y supervisiones profesionales:

En estos casos los comprobantes deben reunir los siguientes requisitos:

1. Deberán emitirse a nombre de la universidad nacional del sur (c.u.i.t. 30-54666878-5) e indicar en condición frente al IVA: exento o bien a nombre de la directora o director del proyecto.

 

2. Deberán estar conformados (es decir, firmados) por la/el directora/or del proyecto.

 

3. Deberán indicar condición de venta: contado.

 

4. Solo se aceptarán facturas tipo b, c o ticket fiscal debiendo constar la fecha de adquisición de los bienes o servicios, cantidad, detalle, precios unitarios y totales erogados. se deja constancia de que no se aceptarán facturas a.

 

5. Si el comprobante fue pagado con tarjeta de crédito, se debe adjuntar una nota en la cual se detalle el motivo de utilizar ese medio de pago.

 

6. Los comprobantes no deben presentar enmiendas, tachaduras ni borrones que no hayan sido debidamente salvados.

 

7. El monto de cada comprobante no deberá superar los $ 80.000 a la vez, la sumatoria de los gastos individuales a un mismo proveedor no puede superar los $80.000.

 

También se pueden abonar pasajes y viáticos:

1. En el caso de pasajes en ómnibus o avión se deberá adjuntar el pasaje junto a una nota que detalle las razones que justifiquen el traslado, y explicar además en caso de que hubiera sido abonado con tarjeta de crédito.

 

2. En el caso de rendición de Viáticos, como documentación de respaldo se deberá constituir una Planilla de Recibo de Fondos de Viáticos que será confeccionada en papel membretado de la Universidad Nacional del Sur y que forma parte del SUBANEXO A de este ANEXO I, que será provista por la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria. En ella deberá constar la liquidación de fondos en concepto de viáticos. Incluirá el nombre y apellido del beneficiario, DNI, CUIT, motivo por el cual corresponde la liquidación de los mismos, cantidad de días, costo por día (de acuerdo a la normativa vigente) y costo total.

Dicha certificación deberá estar firmada por el receptor del viático, con su aclaración correspondiente y la Secretaría General de Cultura y Extensión se encargará de diligenciar la firma del pagador del viatico.

 


 

Comprobante

Fecha

Detalle

Importe($)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL/TRANSPORTE ($)

 

 

 


COMPROBANTES DE GASTOS REALIZADOS

 

PLANILLA Nº 3 ASIGNACIONES A ESTUDIANTES

 

Incluye los gastos de retribuciones otorgadas a alumnas y alumnos. En este caso además de completar la planilla Nª 3 se deberá adjuntar un recibo que figura como SUBANEXO B de este ANEXO I, por cada una/o de las y los estudiantes beneficiarias/os de la retribución:


 

 

Apellido y Nombre

DNI

Legajo

CUIL

Cantidad de Horas

Monto Abonado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL TRANSPORTE ($)

 

 

 

 

 

 

 


 

3.-RESUMEN DE CUENTAS

Complete la siguiente planilla. En el caso que el saldo final resulte positivo, indique el saldo a reintegrar por Tesorería de la Universidad Nacional del Sur.

 


 

 

PLANILLA 1

PLANILLA 2

PLANILLA 3

TOTAL

ADJUDICADO (1) ($)

 

 

 

 

GASTOS (2) ($)

 

 

 

 

SALDO ($)

 

 

 

 

 

SALDO A REINTEGRAR EN TESORERÍA UNS ($)

 

 

 

(1) Consignar el monto total asignado por Resolución.

(2) Consignar el total de cada una de las planillas de gastos por Incisos

 

 


4- EXISTENCIA DE SALDOS. REINTEGRO.

En el caso que exista un saldo positivo, proceda a reintegrarlo por Tesorería de la Universidad Nacional del Sur a través de la siguiente cuenta:

 

BANCO PATAGONIA

BENEFICIARIO: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

CUENTA CORRIENTE $ Nº 539991087

 

CBU Nº: 0340053100539991087009

 

CUIT Nº: 30-54666878-5

 

Incorpore en el espacio que sigue el recibo comprobante de dicho reintegro.

 

5 - MANIFESTACIÓN EXPRESA

La/El Directora/or del Proyecto de Extensión beneficiaria/o del subsidio, debe aseverar (con carácter de DECLARACIÓN JURADA), que las erogaciones contenidas en la rendición de cuentas presentada, hacen a los fines específicos para los cuales ha sido otorgada la transferencia. En este sentido, la/el Directora/or del Proyecto deberá inicialar cada una de las páginas que componen esta rendición, firmar y aclarar su firma al pié de esta página, consignando además la fecha de presentación de la rendición final de cuentas.

 


POR LA PRESENTE, DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LAS EROGACIONES CONSIGNADAS EN LA PRESENTE RENDICIÓN DE CUENTAS HACEN A LOS FINES ESPECÍFICOS PARA LOS CUALES HA SIDO OTORGADA LA BECA

 

Lugar y Fecha Firma y Aclaración

 

____________                 ____________

 

SUBANEXO A

 

DECLARACIÓN JURADA

RECIBO DE VIÁTICOS

 

En la ciudad de………………………a los………………días del mes de ………de………………, quien suscribe………………………………., titular del Documento Nacional de Identidad Nº…………………………… , LEGAJO Nº …………..CUIT ………………recibo de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR, la suma de PESOS……………………………………………………. (en letras y en números) en concepto de viáticos, de acuerdo al siguiente detalle:

 


 

LUGAR DE ORIGEN

LUGAR DE DESTINO

DESDE (DÍA Y HORA)

HASTA (DÍA Y HORA)

IMPORTE DIARIO

IMPORTE TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FIRMA Y ACLARACIÓN

RECEPTOR DEL VIÁTICO

 

 

FIRMA Y ACLARACIÓN

PAGADOR DEL VIÁTICO

 

 

 


SUBANEXO B

 

DECLARACIÓN JURADA

RECIBO DE ASIGNACION

 

En la ciudad de………………………a los………………días del mes de ………de………………, quien suscribe………………………………., titular

 

del Documento Nacional de Identidad Nº…………………………… , LEGAJO Nº …………..CUIT ………………, como estudiante regular de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR, recibo la suma de PESOS……………………………………………………………………………………………… …………………………………. (en letras y en números) en concepto de retribución, por las siguientes tareas desarrolladas:………………………………………………………………………………………........................................................................................................................

Entre el día ………del mes de ……. del año……y el día ……del mes ……del año……. Con un total de (en letras y números) ………………………horas.

 

 

FIRMA Y ACLARACIÓN DEL RECEPTOR DE LA ASIGNACIÓN

 

FIRMA Y ACLARACIÓN DEL PAGADOR DE LA ASIGNACIÓN

DIRECTORA/OR DEL PROYECTO DE EXTENSIÓN

 

DRA. ANDREA CASTELLANO

VICERRECTORA

DR. JAVIER DARIO OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO