VACUNACIÓN /
REFUERZO VIAJES ACADEMICOS
Resolución CSU-106/22
Expte. 489/20
BAHIA BLANCA, 17 de marzo de 2022
VISTO:
Los Decretos N°260 de fecha 12 de
marzo de 2020 y 167/21 de fecha 11 de marzo de 2021 que establecen la
emergencia sanitaria;
La Ley 27573/2020 de vacunas
destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 que otorga
facultades al Poder Ejecutivo para la gestión de las vacunas;
El Estatuto de la UNS y el
Convenio Colectivo de Trabajo; y
CONSIDERANDO:
Que con la reapertura de vuelos
aeronáuticos internacionales y el retorno a la presencialidad,
las/os docentes-investigadoras/es, no docentes y estudiantes de la Universidad
han podido retomar planes de becas y programas de intercambio, financiadas/os
por la propia Universidad, por agencias del Estado o por otros organismos, en
países extranjeros;
Que está en la misma esencia del
concepto de Universidad la internacionalización como forma de difusión y
comunicación del conocimiento;
Que el trabajo conjunto con
miembros de otras comunidades universitarias genera apertura global y
enriquecimiento, no solo para quienes forman parte de estos intercambios sino
para la institución como un todo a través del encuentro entre miradas
diferentes sobre una misma problemática;
Que numerosos países tienen como
requisito de ingreso la constancia de haber completado un esquema de vacunación
reconocido por la OMS u otras agencias;
Que en algunos casos las
diferencias existentes entre los esquemas de vacunación aplicados en la
Argentina y los países de destino, en los que han de desarrollar actividades
los/as integrantes de la comunidad de la UNS, resultan restrictivas para su
concreción;
Que el 23% aproximadamente de las
dosis aplicadas en la Argentina corresponden a Sputnik
V y el 29% a Sinopharm, según los datos que el
Ministerio de Salud tiene registrado en el NOMIVAC según datos de https://www.datos.gob.ar/dataset/salud
vacunas-contra-covid-19- dosis-aplicadas-república-argentina del 22 de febrero de
2022, lo que hace presuponer que un número importante de la comunidad
universitaria ha recibido uno o más dosis de esta vacuna;
Que el Consejo
Superior Universitario aprobó, en su reunión del 16 de marzo de 2022, lo
aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas.
Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;
POR ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Solicitar al Ministerio de Salud a través de las autoridades
de la Región Sanitaria I del Ministerio de Salud de la Provincia, que arbitre
los medios para aplicar la/s dosis necesaria/s de las vacunas aprobadas en la
Argentina, para completar un esquema válido aceptado por el país de destino, a
aquellas/os docentes, no docentes y estudiantes que con motivo de viajes
académicos lo requieran por haber recibido esquemas no aceptados de cualquier
vacuna o combinación.
ARTÍCULO
2º: Delegar en la Secretaría General de Coordinación la
recolección de la documentación respaldatoria del
viaje y del plan de vacunación recibido, que deberá ser vehiculizada a través
del Departamento respectivo, y la confección de la solicitud correspondiente
para ser presentada ante la autoridad sanitaria.
ARTÍCULO
3º: Pase a la Secretaría General de Coordinación y por su
intermedio, comuníquese a todas las Unidades Académicas. Tomen razón las
Secretarías Generales Académica y Técnica. Gírese a la Dirección General de
Boletín Oficial y Digesto para su publicación. Cumplido, archívese.
DR. DANEL A. VEGA
RECTOR
DRA. ANDREA SUSANA CASTELLANO
SEC. GRAL. CSU