VACUNACIÓN / REFUERZO VIAJES ACADEMICOS

 

Resolución  CSU-106/22

Expte. 489/20

 

BAHIA BLANCA, 17 de marzo de 2022

 

VISTO:

Los Decretos N°260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 167/21 de fecha 11 de marzo de 2021 que establecen la emergencia sanitaria;

 

La Ley 27573/2020 de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 que otorga facultades al Poder Ejecutivo para la gestión de las vacunas;

 

El Estatuto de la UNS y el Convenio Colectivo de Trabajo; y

 

CONSIDERANDO:

Que con la reapertura de vuelos aeronáuticos internacionales y el retorno a la presencialidad, las/os docentes-investigadoras/es, no docentes y estudiantes de la Universidad han podido retomar planes de becas y programas de intercambio, financiadas/os por la propia Universidad, por agencias del Estado o por otros organismos, en países extranjeros;

 

Que está en la misma esencia del concepto de Universidad la internacionalización como forma de difusión y comunicación del conocimiento;

 

Que el trabajo conjunto con miembros de otras comunidades universitarias genera apertura global y enriquecimiento, no solo para quienes forman parte de estos intercambios sino para la institución como un todo a través del encuentro entre miradas diferentes sobre una misma problemática;

 

Que numerosos países tienen como requisito de ingreso la constancia de haber completado un esquema de vacunación reconocido por la OMS u otras agencias;

 

Que en algunos casos las diferencias existentes entre los esquemas de vacunación aplicados en la Argentina y los países de destino, en los que han de desarrollar actividades los/as integrantes de la comunidad de la UNS, resultan restrictivas para su concreción;

 

Que el 23% aproximadamente de las dosis aplicadas en la Argentina corresponden a Sputnik V y el 29% a Sinopharm, según los datos que el Ministerio de Salud tiene registrado en el NOMIVAC según datos de https://www.datos.gob.ar/dataset/salud vacunas-contra-covid-19- dosis-aplicadas-república-argentina del 22 de febrero de 2022, lo que hace presuponer que un número importante de la comunidad universitaria ha recibido uno o más dosis de esta vacuna;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 16 de marzo de 2022, lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas. Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Ministerio de Salud a través de las autoridades de la Región Sanitaria I del Ministerio de Salud de la Provincia, que arbitre los medios para aplicar la/s dosis necesaria/s de las vacunas aprobadas en la Argentina, para completar un esquema válido aceptado por el país de destino, a aquellas/os docentes, no docentes y estudiantes que con motivo de viajes académicos lo requieran por haber recibido esquemas no aceptados de cualquier vacuna o combinación.

 

ARTÍCULO 2º: Delegar en la Secretaría General de Coordinación la recolección de la documentación respaldatoria del viaje y del plan de vacunación recibido, que deberá ser vehiculizada a través del Departamento respectivo, y la confección de la solicitud correspondiente para ser presentada ante la autoridad sanitaria.

 

ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General de Coordinación y por su intermedio, comuníquese a todas las Unidades Académicas. Tomen razón las Secretarías Generales Académica y Técnica. Gírese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. DANEL A. VEGA

RECTOR

DRA. ANDREA SUSANA CASTELLANO

SEC. GRAL. CSU