DEPARTAMENTO DE COMPLEMENTACION PREVISIONAL

MODIFICACIÓN ORDENANZA (ARTS. 39º Y 40º)

 

Resolución CSU-114/09

Expediente 1578/94

 

BAHIA BLANCA, 16 marzo 2009.

 

            VISTO:

            La Resolución del Consejo Departamental de Complementación Previsional C-41/08 en la cual se solicita la modificación de los artículos 39º y 40º de la Ordenanza, relativos a la auditoría del Departamento y el titulado y organización del total del articulado, según afinidad de temas; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el Consejo Departamental de Complementación Previsional tiene la facultad de proponer modificaciones de la Ordenanza ante el Consejo Superior Universitario (art. 35º de la Ordenanza);

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión del 11 de marzo de 2009, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar la modificación de los artículos 39º y 40º de la Ordenanza del DCP de acuerdo al siguiente detalle:

 

“Artículo 39º).- La auditoría estará a cargo de un profesional rentado, que será seleccionado por el Consejo Superior Universitario de la terna propuesta por el Consejo del DCP, conformada a partir de un llamado público. La designación será por un período de 5 (cinco) años y sus honorarios sufragados por el DCP.”

 

“Artículo 40º).- El Auditor deberá practicar la auditoría sobre los registros y documentos, de acuerdo a las normas dictadas por la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y emitir opinión sobre la razonabilidad de la situación patrimonial, financiera, resultados y estados contables, según se especifica en el Reglamento.”

 

ARTICULO 2º).- Aprobar el titulado y reordenamiento del articulado de la Ordenanza del DCP según consta en el Anexo.

 

ARTICULO 3º).- Pase al Departamento de Complementación Previsional  a todos sus efectos. Cumplido, archívese.

 

LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA

ABOG. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. (Contiene indice titulado y reordenamiento articulado)