INCOMPATIBILIDADES AUTORIDADES SUPERIORES (RES. CSU-174/02 – MODIF. ART. 2º Y 4º) DEROGA CSU-158/06

 

Resolución CSU-117/23

Expte X-50/96

 

BAHÍA BLANCA, 16 de marzo de 2023

 

VISTO:

Las resoluciones CSU 174/02 (aprueba el régimen de incompatibilidades para las autoridades superiores de la UNS), CSU- 158/06 (modifica la Res. CSU 174/02 en su art. 2°), CSU953/05 (autoriza a los Departamentos Académicos a remunerar como Asignación Complementaria a su cargo docente en concepto de Gastos de Representación a aquellos docentes que fuesen designados en un cargo de segundo Secretario Departamental - Opción 2); y

 

CONSIDERANDO:

Que la resolución CSU-746/16 establece la declaración horaria de las Asignaciones Complementarias;

 

Que la resolución CSU-74/02 establece en su artículo 2° la carga horaria de los cargos de autoridad con dedicación exclusiva y completa en 40 (cuarenta) y 30 (treinta) horas respectivamente, y no establece la carga horaria de los cargos de autoridad de Tiempo Parcial, por cuanto éstos fueron creados con posterioridad;

 

Que es necesario entonces reglamentar la carga horaria de los cargos de autoridades superiores con Tiempo Parcial;

 

Que según la resolución CSU-174/02 el ejercicio de un cargo de autoridad superior es compatible con un cargo docente con dedicación exclusiva, como función inherente al desempeño de este último y que, en este caso, el ejercicio del cargo de autoridad superior será únicamente remunerado con los gastos de representación establecidos en la resolución correspondiente;

 

Que se han planteado situaciones de docentes que pueden desempeñarse en un cargo de autoridad, que tienen la máxima carga horaria semanal por acumulación de cargos, pero que no poseen dedicación exclusiva, y no pueden optar por que el cargo de autoridad sea remunerado únicamente con gastos de representación;

 

Que se estima conveniente flexibilizar las situaciones mencionadas anteriormente, para encuadrar las designaciones de Autoridades Superiores de acuerdo a las necesidades de los Departamentos Académicos y del Rectorado;

 

Que permitir esta flexibilización resulta conveniente desde el punto de vista presupuestario para la Universidad;

 

Que la resolución CSU-153/06 establece que en el caso de las autoridades superiores que conservan su cargo docente con dedicación exclusiva, el ejercicio del cargo de autoridad superior será remunerado únicamente con un monto equivalente al sueldo básico de una/un profesora/or titular con dedicación exclusiva multiplicado por el coeficiente indicado en la tabla respectiva en concepto de gastos de representación, incluyendo las opciones 1 y 2 del cargo de Segunda/o Secretaria/o Departamental;

 

Que la resolución CSU-953/05 autoriza a los Departamentos Académicos a remunerar como Asignación Complementaria a su cargo docente en concepto de Gastos de Representación a aquellas/os docentes, independientemente de su dedicación, que fuesen designados en un cargo de segunda/o Secretaria/o Departamental - Opción 2, pero no habilita esta alternativa para el cargo de segunda/o secretaria/o Departamental- Opción 1;

 

Que resulta conveniente permitir que el cargo de Segunda/o Secretaria/o Departamental Opción 1 también pueda sea remunerada como Asignación Complementaria al cargo docente en concepto de gastos de Representación con independencia de su dedicación;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, con modificaciones, en su reunión del 15 de marzo de 2023, lo aconsejado por sus Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Modificar el artículo 2º del Régimen de Incompatibilidades para las Autoridades Superiores de la Universidad Nacional del Sur (resolución CSU-174/02), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

ARTÍCULO 2º: Las dedicaciones exclusiva, completa y de tiempo parcial implican una carga de 40 (cuarenta), 30 (treinta) y 15 (quince) horas semanales respectivamente. Establecer que los cargos de Segundo Secretario opción 2, remunerados con asignación complementaria en concepto de gastos de representación, también serán de Tiempo Parcial, y tendrán una carga horaria de 15 (quince) horas semanales.

 

ARTÍCULO 2º: Modificar el art. 4º del Régimen de Incompatibilidades para las Autoridades Superiores de la UNS (resolución CSU-174/02), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

ARTÍCULO 4º: El ejercicio de un cargo de autoridad superior es compatible con un cargo docente con dedicación exclusiva, como función inherente al desempeño de este último. También es compatible con la acumulación de hasta un máximo de 3 cargos docentes cuya carga horaria no supere las 40 horas semanales, como función inherente al desempeño de estos últimos. En estos casos, el ejercicio del cargo de autoridad superior será únicamente remunerado con los gastos de representación, estableciéndose así en la resolución de designación correspondiente.

 

ARTÍCULO 3º: Autorizar a los Departamentos Académicos a remunerar como Asignación Complementaria a su cargo docente en concepto de Gastos de Representación a aquellas/os docentes que fuesen designadas/os en un cargo de Segundo Secretario Departamental – Opción 1. La remuneración será liquidada de acuerdo a los índices fijados por la resolución CSU-02/23 o la que la reemplace en el futuro.

 

ARTÍCULO 4º: Derogar la resolución CSU-158/06.

 

ARTÍCULO 5º: Pase a conocimiento de las Secretarías Generales, los Departamentos Académicos, la Subsecretaría de Gestión de Personal y la Dirección General de Personal. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DR. JAVIER OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO