INCOMPATIBILIDADES AUTORIDADES SUPERIORES (RES.
CSU-174/02 – MODIF. ART. 2º Y 4º) DEROGA CSU-158/06
Resolución
CSU-117/23
Expte X-50/96
BAHÍA
BLANCA, 16 de marzo de 2023
VISTO:
Las
resoluciones CSU 174/02 (aprueba el régimen de incompatibilidades para las
autoridades superiores de la UNS), CSU- 158/06 (modifica la Res. CSU 174/02 en
su art. 2°), CSU953/05 (autoriza a los Departamentos Académicos a remunerar
como Asignación Complementaria a su cargo docente en concepto de Gastos de
Representación a aquellos docentes que fuesen designados en un cargo de segundo
Secretario Departamental - Opción 2); y
CONSIDERANDO:
Que
la resolución CSU-746/16 establece la declaración horaria de las Asignaciones
Complementarias;
Que
la resolución CSU-74/02 establece en su artículo 2° la carga horaria de los
cargos de autoridad con dedicación exclusiva y completa en 40 (cuarenta) y 30
(treinta) horas respectivamente, y no establece la carga horaria de los cargos
de autoridad de Tiempo Parcial, por cuanto éstos fueron creados con
posterioridad;
Que
es necesario entonces reglamentar la carga horaria de los cargos de autoridades
superiores con Tiempo Parcial;
Que
según la resolución CSU-174/02 el ejercicio de un cargo de autoridad superior
es compatible con un cargo docente con dedicación exclusiva, como función
inherente al desempeño de este último y que, en este caso, el ejercicio del
cargo de autoridad superior será únicamente remunerado con los gastos de
representación establecidos en la resolución correspondiente;
Que
se han planteado situaciones de docentes que pueden desempeñarse en un cargo de
autoridad, que tienen la máxima carga horaria semanal por acumulación de
cargos, pero que no poseen dedicación exclusiva, y no pueden optar por que el
cargo de autoridad sea remunerado únicamente con gastos de representación;
Que
se estima conveniente flexibilizar las situaciones mencionadas anteriormente,
para encuadrar las designaciones de Autoridades Superiores de acuerdo a las
necesidades de los Departamentos Académicos y del Rectorado;
Que
permitir esta flexibilización resulta conveniente desde el punto de vista
presupuestario para la Universidad;
Que
la resolución CSU-153/06 establece que en el caso de las autoridades superiores
que conservan su cargo docente con dedicación exclusiva, el ejercicio del cargo
de autoridad superior será remunerado únicamente con un monto equivalente al
sueldo básico de una/un profesora/or titular con
dedicación exclusiva multiplicado por el coeficiente indicado en la tabla
respectiva en concepto de gastos de representación, incluyendo las opciones 1 y
2 del cargo de Segunda/o Secretaria/o Departamental;
Que
la resolución CSU-953/05 autoriza a los Departamentos Académicos a remunerar
como Asignación Complementaria a su cargo docente en concepto de Gastos de
Representación a aquellas/os docentes, independientemente de su dedicación, que
fuesen designados en un cargo de segunda/o Secretaria/o Departamental - Opción
2, pero no habilita esta alternativa para el cargo de segunda/o secretaria/o
Departamental- Opción 1;
Que
resulta conveniente permitir que el cargo de Segunda/o Secretaria/o
Departamental Opción 1 también pueda sea remunerada
como Asignación Complementaria al cargo docente en concepto de gastos de
Representación con independencia de su dedicación;
Que
el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, con modificaciones, en
su reunión del 15 de marzo de 2023, lo aconsejado por sus Comisiones de
Interpretación y Reglamento y de Economía, Finanzas y Edificios;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Modificar el artículo 2º del Régimen de Incompatibilidades para las
Autoridades Superiores de la Universidad Nacional del Sur (resolución
CSU-174/02), quedando su texto redactado del siguiente modo:
ARTÍCULO 2º: Las dedicaciones exclusiva, completa y
de tiempo parcial implican una carga de 40 (cuarenta), 30 (treinta) y 15
(quince) horas semanales respectivamente. Establecer que los cargos de Segundo
Secretario opción 2, remunerados con asignación complementaria en concepto de
gastos de representación, también serán de Tiempo Parcial, y tendrán una carga
horaria de 15 (quince) horas semanales.
ARTÍCULO
2º: Modificar el art. 4º del Régimen de Incompatibilidades para las Autoridades
Superiores de la UNS (resolución CSU-174/02), quedando su texto redactado del
siguiente modo:
ARTÍCULO 4º: El ejercicio de un cargo de autoridad
superior es compatible con un cargo docente con dedicación exclusiva, como función inherente al
desempeño de este último. También es compatible con la acumulación de hasta un
máximo de 3 cargos docentes cuya carga horaria no supere las 40 horas
semanales, como función inherente al desempeño de estos últimos. En estos
casos, el ejercicio del cargo de autoridad superior será únicamente remunerado
con los gastos de representación, estableciéndose así en la resolución de
designación correspondiente.
ARTÍCULO
3º: Autorizar a los Departamentos Académicos a remunerar como Asignación
Complementaria a su cargo docente en concepto de Gastos de Representación a
aquellas/os docentes que fuesen designadas/os en un cargo de Segundo Secretario
Departamental – Opción 1. La remuneración será liquidada de acuerdo a los
índices fijados por la resolución CSU-02/23 o la que la reemplace en el futuro.
ARTÍCULO
4º: Derogar la resolución CSU-158/06.
ARTÍCULO
5º: Pase a conocimiento de las Secretarías Generales, los Departamentos
Académicos, la Subsecretaría de Gestión de Personal y la Dirección General de
Personal. Cumplido, archívese.
DR. DANIEL A. VEGA
RECTOR
DR. JAVIER OROZCO
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO