PLANES DE ESTUDIO COMISIONES CURRICULARES
Resolución CU123/90.
Expediente CU826/89.
BAHIA BLANCA, 13 junio 1990.
VISTO:
La nota elevada a este Consejo por el Consejero Departamental Francisco GUEVARA, del Departemento de Ingeniería;
La Resolución CU461/89 referido a la formación de las Comisiones Curriculares,
Que la misma establece como requisito, para los alumnos que las integran, un mínimo de 60% de materias aprobadas; y
CONSIDERANDO:
Que para tener el 60% de las asignaturas aprobadas, deben ser alumnos del último año de la carrera, y que, en dos de las tres carreras de ese Departamento, estos alumnos casi no asisten a la Universidad, complicando su acercamiento hacia este tipo de actividad de servicio;
Que alumnos de quinto año (en caso de las ingenierias), y de final del segundo y principios del tercer año (en el caso de Agrimensura) estarían dispuestos a integrar las Comisiones Curriculares;
Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunión del 14 de junio del corriente año, lo dictaminado por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE:
ARTICULO 1°). Exceptuar a las carreras del Departamento de Ingeniería de lo establecido en el artículo 4°, inciso c) de la Resolución CU461/89, relativa a Comisiones Curriculares.
ARTICULO 2°). Para las carreras citadas en el artículo 1°, los alumnos integrantes de las Comisiones Curriculares respectivas, deberán tener como mínimo, el 50% de las asignaturas aprobadas.
ARTICULO 3°). Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento; tomen razón la Dirección de Alumnos y Estudios y el Departamento de Ingeniería. Cumplido, archívese.
Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA
Rector
Lic. JOSE EMILIO ZAINA
Sec.Gral. Consejo Universitario