PLANES DE ESTUDIO COMISIONES CURRICULARES


Resolución CU123/90.

Expediente CU826/89.


BAHIA BLANCA, 13 junio 1990.


VISTO:

La nota elevada a este Consejo por el Consejero Departamental Francisco GUEVARA, del Departemento de Ingeniería;

La Resolución CU461/89 referido a la formación de las Comisiones Curriculares,

Que la misma establece como requisito, para los alumnos que las integran, un mínimo de 60% de materias aprobadas; y


CONSIDERANDO:

Que para tener el 60% de las asignaturas aprobadas, deben ser alumnos del último año de la carrera, y que, en dos de las tres carreras de ese Departamento, estos alumnos casi no asisten a la Universidad, complicando su acercamiento hacia este tipo de actividad de servicio;

Que alumnos de quinto año (en caso de las ingenierias), y de final del segundo y principios del tercer año (en el caso de Agrimensura) estarían dispuestos a integrar las Comisiones Curriculares;

Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunión del 14 de junio del corriente año, lo dictaminado por su Comisión de Enseñanza;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Exceptuar a las carreras del Departamento de Ingeniería de lo establecido en el artículo 4°, inciso c) de la Resolución CU461/89, relativa a Comisiones Curriculares.

ARTICULO 2°). Para las carreras citadas en el artículo 1°, los alumnos integrantes de las Comisiones Curriculares respectivas, deberán tener como mínimo, el 50% de las asignaturas aprobadas.

ARTICULO 3°). Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento; tomen razón la Dirección de Alumnos y Estudios y el Departamento de Ingeniería. Cumplido, archívese.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Lic. JOSE EMILIO ZAINA

Sec.Gral. Consejo Universitario