SINTETIZADAS

 

Resolución CSU-32/18 – 01/3/18 – Expte. 183/18 – Designa a la Dra. Soledad DIAZ en el cargo de Directora de la Editorial de la UNS por un período de 3 años.

 

Resolución CSU-133/18 –Expte. 3237/18 – 13/03/18 – Nuevo Plan “Lic. en Oceanografía”- Perfil y Alcances.

 

ANEXO III

PERFIL DEL EGRESADO DE LA LIC. EN OCEANOGRAFIA

 

El Licenciado en Oceanografía estará capacitado para:

 

·       Realizar el diagnóstico de regiones oceánicas con problemas de contaminación marina

·       Estudiar los recursos oceánicos relacionados con la dinámica de las masas de agua, evaluar los cambios operados por factores de origen natural o antropogénico en todas las escalas espaciales y temporales.

·       Estudiar la circulación oceánica, la localización de frentes oceánicos y costeros y los parámetros oceanográficos en diferentes escalas: espaciales y temporales.

·       Analizar  la cartografía náutica de las diferentes zonas costeras y oceanográficas a distintas escalas mediante la utilización de SIG y el análisis de registros de instrumentos específicos (ecosondas, etc.)

·       Participar en el diseño de políticas tendientes al cuidado y conservación del ambiente.

·       Estudiar las rocas y sedimentos y rasgos topográficos del suelo marino en las cuencas oceánicas actuales, plataformas continentales, etc.

·       Estudiar los procesos de interacción mar-atmósfera y la influencia de los océanos en el clima mundial.

·       Participar en estudios de la flora y fauna marina en las diferentes regiones oceánicas y mares localizados en las plataformas continentales.

·       Participar en la evaluación de los recursos hídricos superficiales marinos.

·       Promover el desarrollo de las investigaciones científicas referentes a recursos biológicos marinos.

·       Llevar a cabo investigaciones en procesos dinámicos del océano (mareas, corrientes oceánicas, olas, etc) y sus interacciones  con la atmósfera, el lecho marino y las costas marinas y con las especies biológicas que lo habitan.

·       Estudiar la composición química del agua de mar y las relaciones entre los compuestos orgánicos e inorgánicos que se encuentran en el océano; llevar a cabo investigación química en los sedimentos, estudiar los procesos de extracción de diversos compuestos del agua de mar.

 

ALCANCES DEL TITULO LICENCIADO EN OCEANOGRAFIA

 

Participar en el estudio de la influencia de la dinámica oceánica (mareas, corrientes oceánicas, olas, etc.) en el lecho marino, en los procesos de interacción mar-atmósfera y su influencia en el clima mundial y como estos afectan los recursos oceánicos (biológicos, hídricos, orgánicos e inorgánicos, etc.)

 

Colaborar en la recolección y procesamiento de datos del ambiente marino a través de la utilización de la cartografía náutica, SIG, teledetección e instrumental oceanográfico específico.

 

Asesorar en los estudios de diagnóstico de la composición físico-química del agua de mar y contaminación marina tendientes al cuidado y conservación del ambiente marino en lo referente a recursos pesqueros y biológicos en general.

 

Las actividades profesionales mencionadas, tanto en tareas de investigación científica como las destinadas al planeamiento de políticas sociales y económicas de organismos públicos e iniciativas de naturaleza privada, referidas al ambiente marino, se podrán ejercer a través de la colaboración en:

 

·       Organismos y servicios permanentes de investigación y estudios integrantes de entidades científicas de vinculación oceanográfica.

·       Instituciones públicas o privadas, en relación a la prestación de servicios en equipos de trabajo referidos al ambiente marino.

·       Organismos públicos o privados, para la prestación de servicios de asesoramiento oceanográfico de carácter permanente o de consultoría.

 

La responsabilidad primaria y la toma de decisiones la ejerce en forma individual y exclusiva el poseedor del título Ingeniero Ambiental, Ingeniero Químico, Ingeniero Civil, Ingeniero Aeronáutico, Ingeniero en Alimentos, Ingeniero en Petróleo con competencia reservada según el régimen del art. 43º de la Ley de -Educación Superior del cual depende el poseedor del título Licenciado en Oceanografía al cual, por sí le está vedado realizar dichas actividades.