COMISIONES PARA ANALISIS CURRICULAR POLIMODAL ESCUELA NORMAL SUPERIOR
Resolución CSU-148/01.
Expediente CEMS-2682/98
BAHIA BLANCA, 30 de abril de 2001.
VISTO:
El dictamen de la Comisión ad hoc designada por el Consejo Superior Universitario mediante Res.CSU-711/00 para el análisis de la estructura curricular de las modalidades del nivel Polimodal de la Escuela Normal Superior; y
CONSIDERANDO:
Que las observaciones formales y sustantivas efectuadas en dicho dictamen justifican la constitución de comisiones por áreas de conocimiento a fin de que analicen en detalle los contenidos de los espacios curriculares respectivos, su correspondencia con los propuestos por el Consejo Federal de Educación y las formas de implementar los espacios de definición institucional y opcional, aconsejando las modificaciones necesarias;
Que resulta conveniente la integración de dichas comisiones con docentes de los Departamentos Académicos respectivos y de la Escuela Normal Superior, y -en aquellas áreas del conocimiento no desarrolladas en la UNS- con especialistas invitados;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 25 de abril de 2001, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Constituir las siguientes comisiones para continuar el análisis de la estructura curricular de las modalidades del nivel Polimodal de la Escuela Normal Superior:
Un representante titular y un suplente de cada una de las siguientes unidades académicas.
Un representante titular y un suplente de cada una de las siguientes unidades académicas
Un representante titular y un suplente de cada una de las siguientes unidades académicas:
Un representante titular y un suplente de cada una de las siguientes unidades académicas:
ARTICULO 2º).- Como Coordinadores de las comisiones y enlace con la Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios del C.S.U: actuarán sendos representantes del área de Ciencias de la Educación del Departamento de Humanidades y de la Escuela Normal Superior, con sus respectivos suplentes.
ARTICULO 3º).- Las comisiones tendrán los siguientes cometidos:
Los dictámenes deberán entregarse antes del 30 de junio próximo. Cuando lo consideren conveniente las Comisiones podrán convocar a los docentes de las áreas correspondientes de la Escuela Normal Superior para colaborar en la tarea encomendada.
ARTICULO 4º).- Pase al CEMS para su toma de conocimiento y por su intermedio, comuníquese a las dependencias mencionadas en el artículo 1º. Cumplido, archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
DR. LEANDRO BENGOCHEA
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO