AUTORIDADES SUPERIORES
FIJA REMUNERACIONES
Resolución CSU- 153/06
Expíe. 3409/05
BAHIA BLANCA, 7 de abril de 2006
VISTO:
La Res. CSU-222/05, por la que se
estableció que el análisis de la recomposición de los ingresos de las
autoridades universitarias se realizará en el contexto de la discusión sobre
salarios de todos los agentes de la Universidad;
La Resolución CSU-988/05, por la que
se aprobó la distribución del Presupuesto Universitario correspondiente al
ejercicio 2006; y
CONSIDERANDO:
Que los salarios de las autoridades
superiores de las Universidad Nacional del Sur no se han modificado desde la
sanción del Decreto Nº 283/1994, en el caso de las que perciben el cargo
completo, y desde la Resolución CSU-236/96, en el de aquellas que perciben sólo
gastos de representación;
Que el incremento salarial otorgado al personal
universitario docente y no docente, desde enero de 2004 hasta la fecha, supera
el 50%;
Que ello ha producido un retraso y un
achatamiento de la escala salarial, lo que genera inequidades retributivas
hacia cargos de mayor responsabilidad, siendo necesario atenuar dichos efectos
distorsivos;
Que con los niveles retributivos
actuales los docentes que poseen cargos en el CONICET ven disminuidos en
algunos casos sus salarios al asumir un cargo de autoridad;
Que asimismo, de acuerdo a lo
manifestado en la Res. SPU-328/05, los incrementos saláriales otorgados al
personal permanente de la Administración Pública Nacional han relegado los
salarios que perciben la mayoría de las autoridades superiores de las
instituciones universitarias nacionales, incluso por debajo del salario que
perciben agentes de dicha Administración con iguales o menores
responsabilidades;
Que las atribuciones y los deberes
asignados por el Estatuto a las autoridades universitarias hacen necesario que
se les asigne una remuneración acorde con tales responsabilidades, en el marco
de la escala salarial de todo el personal;
Que de acuerdo con la legislación vigente
corresponde a las instituciones universitarias nacionales fijar su régimen
salarial y de administración de personal, por lo cual el Consejo Superior
Universitario está facultado para fijar las remuneraciones de las autoridades
de la U.N.S;
Que la previsión efectuada en la
partida específica del Presupuesto Universitario 2006, permite otorgar un
aumento como el aprobado mediante la presente Resolución;
Que el Consejo Superior Universitario
aprobó, en su reunión del 30 de marzo de 2006, lo aconsejado por su Comisión de
Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Los cargos
de autoridades superiores de la UNS serán remunerados con un sueldo básico
equivalente al sueldo básico de un profesor titular con dedicación exclusiva
multiplicado por el coeficiente indicado en la siguiente tabla. Esta suma se
incrementará únicamente en concepto de gastos de
representación, los cuales serán equivalentes al 50 % del sueldo básico
obtenido.
CARGO |
DEDICACIÓN |
COEFICIENTE |
Rector
|
Exclusiva |
3,00 |
Vicerrector |
Completa |
2,00 |
Secretario
de Universidad |
Exclusiva |
2,00 |
Secretario
de Universidad |
Completa |
1,50 |
Subsecretario
de Universidad |
Completa |
1,35 |
Director
de Departamento |
Completa |
1,73 |
Vicedirector
de Departamento. |
Completa |
1,50 |
Secretario
de Departamento |
Completa |
1,10 |
Presidente
del C.E.M.S. |
Completa |
1,50 |
ARTICULO 2º: En el caso
de las autoridades superiores que conservan su cargo docente con dedicación
exclusiva, el ejercicio del cargo de autoridad superior será remunerado
únicamente con un monto equivalente al sueldo básico de un profesor titular con
dedicación exclusiva multiplicado por el coeficiente indicado en la siguiente
tabla, en concepto de gastos de representación:
CARGO |
COEFICIENTE |
Vicerrector |
1,76 |
Secretario de
Universidad |
1,44 |
Subsecretario de
Universidad |
1,30 |
Director de
Departamento |
1,61 |
Vicedirector de
Departamento |
1,44 |
Secretario de
Departamento |
1,20 |
2do. Secretario Dptal
(opción 1) |
1,20 |
2do. Secretario Dptal
(opción 2) |
0,58 |
Presidente C.E.M.S. |
1,44 |
ARTICULO 3º: Implementar la
presente resolución a partir del 1 de abril de 2006.
ARTICULO 4º: Pase a la
Secretaría General Técnica, a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas
y de Personal. Cumplido; archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO