PERIODOS PARA ALTAS DE CARGOS DOCENTES (Modif. CSU-590/01)

Resolución CSU-157/02

Expediente CSU-1076/01

BAHIA BLANCA, 15 de abril de 2002.

VISTO:

La resolución CSU-590/01 por la que se establecieron los períodos para las altas en cargos docentes vacantes; y

CONSIDERANDO:

Que en muchos casos es necesario efectivizar el alta en febrero para posibilitar la toma de exámenes;

Que ante las renuncias que se presentan a fines de febrero y principio de marzo, no es posible completar el trámite de concurso en las condiciones actuales;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 27 de marzo de 2002, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º) .- Modificar el artículo 1º de la Res.CSU-590/01, quedando su texto redactado del siguiente modo:

"Artículo 1º.- Las altas en cargos docentes universitarios sólo podrán efectivizarse durante el período comprendido entre el 15 de febrero y el 30 de abril y en los primeros veinticinco días hábiles administrativos posteriores al receso invernal."

ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales Técnica y Académica. Gírese a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Comuníquese a los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO