ESCUELAS MEDIAS - INCOMPATIBILIDADES


Resolución CU-157/92.

Expediente 839/61.


BAHIA BLANCA, 22 setiembre 1992.


VISTO:

El informe de la Dirección de Economía y Finanzas de fs. 273 del Expediente R839/61;

Las observaciones legales a la Res. CU277/90, obrante a fs. 262 y 262 vuelta; y


CONSIDERANDO:

Que a pesar que debería haber sido suspendida la ejecución de la resolución observada, los organismos jurisdiccionales responsables la aplicaron;

Que es necesario clarificar el régimen de incompatibilidades del personal docente dependiente del CEMS y ajustarlo a las leyes en vigencia;

Que el Consejo Universitario en su reunión del 9/9/92 aprobó lo dictaminado por su Comisión de Personal;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°).- Derogar la Res. CU-277/90.

ARTICULO 2°). Restablecer la vigencia de la Res. CU132/85 con las modificaciones establecidas en el Decreto 634/89 (36 hs. máximo).

ARTICULO 3°). Otorgar plazo hasta el 30/11/92 para que el CEMS regularice la situación de los docentes que se encuentren en situación de incompatibilidad.

ARTICULO 4°). Todos los docentes y autoridades de los establecimientos dependientes del CEMS presentarán una nueva Declaración Jurada de cargos y horas cátedra antes del 15/10/92 incluyendo, aquellos que ocupan en otras instituciones nacionales o privadas.

ARTICULO 5°). El CEMS será la autoridad de aplicación de la presente resolucion, y deberá imitar al personal dependiente a que adecue su situación en cuanto a acumulación de cargos y horas compatibles debiendo informar al Consejo Universitario a la terminación del plazo de regularización.

ARTICULO 6°).- Solicitar al CEMS y a la Dirección General del Personal que informen las razones por las cuales no se atendió a las observaciones formuladas contra la Res. CU-227/90.

ARTICULO 7°). Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y comunicación al CEMS a fin de que se implementen los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la presente resolución. Gírese a la Secretaría General Técnica y por su intermedio a la Dirección de Economía y Finanzas, Dirección de Personal y al Boletín Oficial a sus efectos. Cumplido, vuelva al Consejo Universitario.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario