REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DEL SIGLO XX

 

 

Resolución CSU-15/03

Expediente DH-1960/00

 

BAHIA BLANCA, 3 de marzo de 2003.

 

            VISTO:

            La Res. AU-8/02 por la cual la Asamblea Universitaria aprobó la creación del Centro de Estudios del Siglo XX en el ámbito del Departamento de Humanidades de la UNS; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que es atribución del Consejo Superior Universitario la reglamentación del funcionamiento de los Centros (artículo 55º inc. c);

 

            Que se han cumplido las normas establecidas por Res.CSU-443/01 que reglamenta el artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur;

 

            Que el Consejo Departamental de Humanidades elevó el Reglamento de funcionamiento del  mencionado Centro, por Res.Nº382/00;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento del Centro de Estudios del Siglo XX que consta como Anexo I de la presente.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y al Departamento de Humanidades. Cumplido, archívese

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

 

A N E X O

(Res.CSU-15/03)

 

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DEL SIGLO XX

 

ARTICULO 1º).- El Centro de Estudios del Siglo XX  funcionará de acuerdo con las condiciones generales para el funcionamiento de Centros y Gabinetes pautadas por la Resolución del Departamento de Humanidades Nº 167/80 y tendrá los siguientes propósitos específicos:

 

a)       Implementar y coordinar investigaciones interdisciplinarias en el campo de estudios del siglo XX en la Universidad Nacional del Sur

 

b)      Intensificar el intercambio interdisciplinario con organismos nacionales y del exterior.

 

c)       Asesorar tesistas y becarios.

 

d)      Publicar trabajos producidos por el Centro de Estudios del Siglo XX.

 

e)      Continuar con la organización de un servicio bibliográfico actualizado en la materia.

 

f)         Organizar cursos, seminarios y jornadas destinados al perfeccionamiento de investigadores y terceros.

 

ARTICULO 2º).- Para ser miembro titular del Centro de Estudios del Siglo XX se requiere:

 

a)       Poseer publicaciones que acrediten suficiente experiencia en la investigación sobre asuntos que atañen al Siglo XX.

 

b)      Pertenecer al  claustro de profesores de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO  3º).- Para ser miembro honorario del Centro de Estudios del Siglo XX se requiere:

 

a)       Poseer publicaciones que acrediten suficiente experiencia en la investigación sobre asuntos que atañen al siglo XX.

 

b)      Ser docente e investigador de una universidad u organismo nacional o extranjero de reconocido nivel.

 

ARTICULO 4º).- Para ser miembro asociado del Centro de Estudios del Siglo XX se requiere:

 

a)       Desarrollar tareas de investigación supervisadas por miembros titulares del Centro de Estudios del Siglo XX

 

ARTICULO 5º).- El Centro de Estudios del Siglo XX estará integrado por el Director, un secretario y los miembros pertenecientes al mismo.

            El Director y el Secretario durarán cinco años en sus funciones y podrán ser reelectos. Serán elegidos a simple mayoría entre los miembros del Centro.

 

ARTICULO 6º).- El Director del Centro debe pertenecer al cuerpo académico de la Universidad Nacional del Sur, desempeñar sus tareas en el área de estudios e investigaciones del siglo XX y acreditar antecedentes relevantes en la investigación.

 

ARTICULO 7º).- Serán funciones del Director:

 

a)       Orientar las investigaciones que se desarrollen en el Centro.

 

b)      Coordinar las actividades del Centro.

 

ARTICULO 8º).- Serán funciones del Secretario:

 

a)       Elaborar las actas de las reuniones y coordinar  con el Director las actividades del Centro.

 

b)      Colaborar con el Director en las actividades del Centro.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO