AUTORIZA JURAMENTO VIRTUAL A EGRESADOS

PLATAFORMA DIGITAL / ENTREGA DE DIPLOMAS

 

Resolución CSU-163/20

 

BAHÍA BLANCA, 28 de mayo de 2020

 

VISTO:

La resolución R-231/2020, mediante la que el Rector de la UNS, autoriza el teletrabajo en las Direcciones que componen el Sistema de Gestión de la Calidad, para asegurar el cumplimiento de las actividades esenciales durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio;

 

CONSIDERANDO:

Que mediante el DNU-297/2020 el Poder Ejecutivo Nacional estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

 

Que mediante el DNU 325/2020, DNU 355/2020, DNU 408/2020, DNU 459/2020 y DNU 493/2020 se ha prorrogado los términos del DNU 297/2020 hasta el 7 de junio de 2020 inclusive;

Que durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” no podrán realizarse eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que impliquen la concurrencia de personas, lo cual ha significado que la Universidad deba suspender la realización de actos de colación de grado de carácter público y entregas privadas, teniendo ello como consecuencia que los egresados estén imposibilitados de recibir presencialmente los diplomas;

 

Que las medidas de aislamiento social y preventivo adoptadas a nivel nacional continúan prorrogándose en el tiempo en función de la evolución de la situación epidemiológica causada por el COVID-19;

 

Que mediante el artículo 3° de la resolución R-231/2020, el Rector de la UNS solicita a la Dirección de Títulos y Egresados, diseñe un esquema de trabajo que permita garantizar el servicio e instar a tomar las medidas pertinentes en los ámbitos de su competencia adecuando la normativa correspondiente;

 

Que es necesario implementar acciones que permitan salvaguardar los derechos de los egresados en este contexto de aislamiento preventivo y obligatorio;

 

Que, considerando el contexto descripto, es necesario garantizar la recepción de los Juramentos de Práctica, utilizando una plataforma digital que emita la comunicación bidireccional y simultánea de imagen y sonido y la interacción visual, auditiva y verbal entre el egresado y la autoridad universitaria;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, en su reunión del 27 de mayo de 2020, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

Que lo aprobado se enmarca en el Eje Estratégico 1 – Gestión Institucional y Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico Institucional aprobado por Resolución CSU-325/2012;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Autorizar en caso de emergencia pública o situaciones excepcionales que lo justifiquen, la toma de juramento virtual a los egresados de las distintas Unidades Académicas de esta Universidad, utilizando para ello una plataforma digital, la que deberá contemplar las garantías y recaudos técnicos que aseguren una debida interacción entre los participantes del acto.

 

ARTÍCULO 2º: Establecer que, con posterioridad a la toma de juramento y una vez definido un Protocolo de Seguridad específico para la atención al Público, la Dirección de Títulos y Egresados asignará turnos para la firma y entrega personal de los Diplomas y Certificados analíticos respectivos. La entrega se realizará por dependencia administrativa.

 

ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Dirección de Títulos y Egresados, en coordinación con la Dirección de Medios Audiovisuales, la Dirección de Comunicación Institucional, la Dirección General de Sistemas de Información, a instrumentar los mecanismos necesarios para lograr que autoridades y egresados puedan acceder a este procedimiento excepcional, de tal forma que se garantice la recepción de los Juramentos de Práctica, a través de una plataforma digital que permita la comunicación bidireccional y simultánea de imagen y sonido y la interacción visual, auditiva y verbal entre el egresado y la autoridad universitaria, como así también la planificación de todos los aspectos relacionados con las colaciones de grado bajo modalidad virtual.

 

ARTÍCULO 4º: Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección de Títulos y Egresados a sus efectos. Tome conocimiento la Dirección de Medios Audiovisuales, la Dirección de Comunicación Institucional, la Dirección General de Sistemas de Información y los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. MARIO ARRUIZ

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO