ADQUISICION DE PUBLICACIONES PERIODICAS.-
Resolución CU-169/96.
Expediente CU-650/96.-
BAHIA BLANCA, 10 de mayo de 1996.-
VISTO:
La necesidad de establecer mecanismos que agilicen y hagan más eficiente el uso de fondos para la adquisición de publicaciones periódicas; y
CONSIDERANDO:
Que numerosos docentes de la Universidad son miembros de las sociedades científicas que editan estas publicaciones o mantienen contacto fluido con las editoriales respectivas, por lo que resulta conveniente asignarles los fondos para la gestión de compra a través del mecanismo de subresponsable, con cargo a oportuna y documentada rendición de cuentas;
Que el Consejo Universitario aprobó en su reunión de fecha 8/5/96, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO,
EL CONSEJO UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Aprobar el procedimiento para la adquisición de publicaciones periódicas a través de subresponsables que figura como Anexo de la presente resolución.-
ARTICULO 2º).- Pase a conocimiento de la Secretaría General Técnica; a la Dirección General de Economía y Finanzas. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
LIC. GUILLERMO M. LUCANERA
SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO
A N E X O
(Resol.CU-169/96).
NORMAS DE ADQUISICION DE PUBLICACIONES PERIODICAS.
1) Los Consejos Departamentales que decidan la compra de publicaciones mediante este mecanismo, designarán a los docentes responsables con indicación en cada caso del título que suscribirá y el destino provisorio y definitivo del material.
2) El docente responsable de una suscripción solicitará a la editorial una factura pro-forma donde consten título, período de suscripción, costo del material y gastos de envío en dólares estadounidenses, y formas de pago.
3) Recibida la pro-forma, la Dirección del Departamento gestionará la asignación de fondos al subresponsable para hacer frente al pago respectivo, con cargo a oportuna y documentada rendición de cuentas.
4) De acuerdo con la forma de pago elegida, deberá presentarse como rendición la siguiente documentación:
a) Cheque: Fotocopia del mismo y comprobante de compra extendido por un banco o agencia reconocida.
b) Tarjeta de crédito: resumen de cuenta donde conste el pago.
c) Transferencia bancaria: liquidación correspondiente.
5) Cuando se complete la recepción de los números correspondientes a la suscripción anual, el subresponsable los entregará al Director de Departamento, con la nota de donación correspondiente. El Director certificará la recepción y los enviará a su destino definitivo. Dicha certificación y la nota de donación se anexarán a la rendición de los fondos asignados.
6) Los reclamos por falta de recepción del material quedarán a cargo del subresponsable. Si algún número no llegara, a pesar de los reclamos realizados, y la editorial certifica el envío del mismo, el subresponsable efectuará la correspondiente presentación a fin de que se considere como pérdida.-
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
LIC. GUILLERMO M. LUCANERA
SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO